Resolución 2362, por la cual se autoriza al Departamento del Cesar para celebrar un empréstito externo con la Corporación Andina de Fomento, CAF, por la suma de cuarenta y dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$42.500.000), y a la Nación para el otorgamiento de la respectiva garantía. - 21 de Junio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43237861

Resolución 2362, por la cual se autoriza al Departamento del Cesar para celebrar un empréstito externo con la Corporación Andina de Fomento, CAF, por la suma de cuarenta y dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$42.500.000), y a la Nación para el otorgamiento de la respectiva garantía.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46306

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren los artículos 10 y 24 del Decreto Reglamentario 2681 de 1993 y el artículo 38 de la Ley 344 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial número 3913 del 29 de diciembre de 2005, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó al Departamento del Cesar para gestionar un empréstito externo con garantía de la Nación, con la Banca Multilateral hasta por la suma de cuarenta y dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$42.500.000) o su equivalente en otras monedas, destinados a la financiación parcial del Programa de Transformación Estructural de la Prestación de los Servicios de Agua Potable y Saneamiento Básico, en las condiciones financieras que apruebe la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público;

Que con base en la citada Resolución, el Departamento del Cesar, gestionó un empréstito externo con la Corporación Andina de Fomento, CAF, por la suma de cuarenta y dos millones quinientos mil dólares de los Estados Unidos de América (US$42.500.000);

Que el literal b) del artículo 10 del Decreto 2681 de 1993 establece que para suscribir el contrato y otorgar garantías al prestamista para celebrar un empréstito externo por parte de las entidades territoriales se requiere autorización, impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, con base en las correspondientes minutas definitivas, para lo cual el Departamento del Cesar solicita la respectiva autorización;

Que mediante Ordenanza número 022 del 7 de diciembre de 2005, se autorizó al Gobernador del Departamento del Cesar para i) Negociar y contratar un empréstito externo, hasta por la suma de cuarenta y tres millones de dolares americanos (US$43.000.000), para ser invertidos en la ejecución del proyecto ¿Ampliación y Optimización de los Sistemas de Acueducto, Alcantarillado y Saneamiento Básico en el departamento del Cesar, ii) Constituir las contragarantías a favor de la Nación, así como para suscribir los contratos a que haya lugar en las condiciones que establezca el Ministerio de Hacienda y Crédito Público, iii) Pignorar rentas del departamento y otorgar las garantías y demás condiciones...

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