Resolución 2399, por la cual se imparte una autorización. - 24 de Diciembre de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43187214

Resolución 2399, por la cual se imparte una autorización.

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín45044

La Ministra de Cultura, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por la Ley 489 de 1998 y el Decreto 2209 de 29 de octubre de 1998,

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 0874 de junio 5 de 2001, modificada en su artículo 1° por la Resolución número 2613 de 21 de diciembre del mismo año, se delegó en el Secretario General del Ministerio de Cultura, la competencia para adelantar la actividad contractual del Ministerio y ordenar el gasto y pagos sin límite do cuantía;

Que mediante Decreto 2209 de 29 de octubre de 1998, en su artículo 13 se señala: ¿(...) La celebración, perfeccionamiento, renovación, ampliación, modificación o prórroga de los contratos suscritos con las entidades administradoras de los recursos y la celebración, perfeccionamiento, renovación, ampliación, modificación o prórroga de los contratos suscritos con cargo a los recursos administrados por terceros, deberá contar con las autorización escrita del jefe del respectivo órgano, entidad o persona jurídica que financie gastos con recursos del Tesoro Público; (...)¿

Que por lo anterior y con el ánimo de dar celeridad y eficacia a la actividad contractual que debe adelantar el Ministerio de Cultura para el cabal desarrollo de los diversos proyectos que gestione en el cumplimiento de sus fines, se hace necesario impartir autorización expresa al Secretario General para que en lo sucesivo pueda desarrollar cada una de las acciones contempladas en el artículo 13 del Decreto 2209 de 29 de octubre de 1998;

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1°

Autorizar expresamente al Secretario General del Ministerio de Cultura para que adelante la celebración, perfeccionamiento, renovación, ampliación, modificación o prórroga de los contratos suscritos con las entidades administradoras de los recursos, así como la celebración, perfeccionamiento, renovación, ampliación, modificación o prórroga de los contratos suscritos con cargo a los recursos administrados por terceros.

Artículo 2° La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese, comuníquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 23 de diciembre de 2002.

La Ministra de Cultura,

María Consuelo Araújo Castro.

(C.F.)

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