RESOLUCION 244 RD 5832 - 26 de Mayo de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 641187633

RESOLUCION 244 RD 5832

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5832 11 MAYO 2016
EmisorTransmilenio S.a.
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5832 • pP. 1-15 • 2016 • MAYO 11
EMPRESA DE TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO -
TRANSMILENIO S.A.
Resolución Número 244
(Abril 26 de 2016)
Por medio de la cual se designa el Defensor del
Ciudadano Usuario del Sistema Integrado de
Transporte Público de Bogotá D.C. y su área de
influencia – SITP.
EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE
TRANSPORTE DEL TERCER MILENIO
TRANSMILENIO S.A.
En uso de sus facultades legales y en especial las
conferidas por el artículo 1º parágrafo 1º del Decreto
distrital 392 de 2015, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto distrital 392 de 2015 “Por medio del cual
se reglamenta la gura del Defensor de la Ciudadanía
en las entidades y organismos del Distrito Capital y
se dictan otras disposiciones” prevé en su artículo 1º
que “En todas las entidades y organismos del Distrito
Capital existirá un Defensor de la Ciudadanía el cual
será ejercido por el Representante Legal de la respec-
tiva entidad u organismo distrital, o su delegado, quien
dispondrá las medidas administrativas pertinentes para
garantizar la efectiva prestación de los servicios a la
ciudadanía”.
Que el parágrafo 1° del artículo 1º del mencionado
Decreto dispuso que “Si la función contenida en el
presente artículo decidiera delegarse, sólo podrá ha-
cerse en servidores del nivel directivo de la respectiva
entidad u organismo”.
Que mediante Resolución No. 632 de 27 de octubre
de 2015 emanada de la Gerencia General de TRANS-
MILENIO S.A. se unicaron las normas que regulan
la gura del Defensor del Ciudadano del Sistema
Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C., o su
área de inuencia –SITP-, el cual está orientado a la
protección de los derechos de los ciudadanos usuarios
del SITP, mediante la solución de las controversias que
se susciten entre éstos y todos los actores del Sistema.
Que en armonía con el Decreto distrital 392 de 2015,
el artículo 5º de la Resolución No. 632 de 2015 es-
tablece que la Defensoría del Usuario del Sistema
Integrado de Transporte Público SITP será ejercida por
un servidor público de TRANSMILENIO S.A., del nivel
directivo, que garantice las condiciones de idoneidad,
transparencia, liderazgo, posicionamiento de la gura
y capacidad administrativa y técnica para el desarrollo
de sus funciones, que contará con un equipo de apoyo
y con las herramientas administrativas y técnicas que
garanticen el adecuado cumplimiento de su objeto.
Que mediante Resolución No. 077 de 16 de febrero de
2016 se designó a BIBIANA SALAMANCA JIMÉNEZ
como Defensor del Ciudadano Usuario del Sistema
Integrado de Transporte Público de Bogotá D.C. y
su área de inuencia SITP, quien se encontraba
encargada como Subgerente de Comunicaciones y
Atención al Usuario y el 30 de marzo de 2016 fue nom-
brada como Subgerente de Desarrollo de Negocios de
TRANSMILENIO S.A.
Que teniendo en cuenta lo anterior, se hace necesario
designar un servidor público del nivel directivo de la
planta de personal de TRANSMILENIO S.A. como
Defensor del Ciudadano Usuario del SITP.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º. Designar a MARÍA CONSTANZA
ÁLVAREZ SARMIENTO, quien desempeña el cargo
de Subgerente de Comunicaciones y Atención al
Usuario de TRANSMILENIO S.A. como Defensor del
Ciudadano Usuario del Sistema Integrado de Trans-
porte Público de Bogotá D.C. y su área de inuencia
– SITP, conforme con lo expuesto en la parte motiva
de la presente resolución.
ARTÍCULO 2º. Comunicar el contenido de la presente
resolución a la servidora pública designada, quien
deberá cumplir con lo dispuesto en el Decreto distrital
392 de 2015 y en la Resolución 632 de 27 de octubre
de 2015 emanada de la Gerencia General de TRANS-
MILENIO S.A. y en especial las funciones asignadas
al Defensor del Ciudadano Usuario del SITP.
ARTÍCULO 3º. La presente resolución rige a partir de
su expedición y deroga las disposiciones que le sean
contrarias, en especial la Resolución No. 077 de 16
de febrero de 2016.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los veintiséis (26) días
del mes de abril de dos mil dieciséis (2016).
ALEXANDRA ROJAS LOPERA
Gerente General

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