Resolución 2453, por la cual se distribuyen recursos del Sistema General de Participaciones del año 2003 con destino al Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet.
Emisor | Ministerio de Hacienda y Crédito Público |
Número de Boletín | 45679 |
El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales, en especial de lo dispuesto en los numerales 4 y 16 del artículo 3° y el numeral 32 del artículo 6° del Decreto 246 de 2004 y en desarrollo de lo previsto en el Decreto 1584 de 2002,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° del Decreto 1584 de 2002 precisó la metodología que se debe utilizar para la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones que se causen a favor del Fondo Nacional de Pensiones de las Entidades Territoriales, Fonpet;
Que de acuerdo con dicho decreto, los recursos correspondientes al Sistema General de Participaciones que mensualmente se deben girar al Fonpet se deben distribuir entre las entidades territoriales en la misma proporción en que se realice la distribución de los recursos del Sistema General de Participaciones distintos de las asignaciones especiales establecidas en el parágrafo 2° del artículo 2° de la Ley 715 de 2001;
Que los documentos Conpes 68, 69, 71, 72, 73, 74 y 75 de 2003 señalaron la distribución entre las entidades territoriales de las once doceavas partes de los recursos de propósito general, salud y educación del Sistema General de Participaciones de 2003;
Que los documentos Conpes 68, 69 y 71 de 2003 permitieron al Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la Resolución número 1959 del 27 de octubre de 2003 calcular los valores a trasladar al Fonpet por este concepto, correspondientes a los 8 primeros meses transcurridos de 2003 a la fecha de la resolución, quedando pendiente un porcentaje del octavo mes del sector educativo;
Que los documentos Conpes 68, 72, 73, 74 y 75 de 2003 permiten al Ministerio de Hacienda y Crédito Público en la presente resolución calcular los valores a trasladar al Fonpet por este concepto, correspondientes a los 3 últimos meses de 2003 más un porcentaje del octavo mes del sector educativo,
RESUELVE:
Los recursos del Sistema General de Participaciones a que hace referencia el artículo 2° del Decreto 1584 de 2002, correspondiente a la vigencia de 2003 de los tres últimos meses de los sectores de salud y propósito general, y a los tres últimos meses más una fracción del octavo mes del sector educativo, los cuales fueron constituidos como reserva presupuestal a 31 de diciembre de 2003, se distribuyen...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba