RESOLUCION 2672 RD2515 - 16 de Noviembre de 2001 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449420014

RESOLUCION 2672 RD2515

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2515 16 NOVIEMBRE 2001
EmisorInstituto de Desarrollo Urbano
109
Regist. Dist.
Bogotá, Distrito Capital
(Colombia)
No. 2515 Pp. 1-109
2.001-Noviembre-16
Año 35
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C., a los cuatro (4) días del
mes de Octubre del año 2001.
JULIA MIRANDA LONDOÑO
Directora.
INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO
Resolución Número 2672
(Octubre 29 de 2001)
«Por la cual se modifica parcialmente la
Resolución No. 2150 del 30 de Agosto del
2001 la cual adopta el Programa de
Reasentamiento para la población afectada por
la construcción de la Avenida Ciudad de Cali
en el sector Rincón de Suba, entre la Cra. 91 y
la Carrera 100 A, en los Barrios Villas del
Rincón, Japón, San Cayetano, Rincón Frontera
y telecom Arrayanes».
La Directora General del Instituto de Desarrollo
Urbano en ejercicio de sus funciones legales y
estatutarias, en especial las conferidas por el
Acuerdo 19 de 1972 y el Decreto 323 de
2001 y,
CONSIDERANDO
Que el mencionado Decreto Distrital 619 señala en el
numeral 3° del artículo 294: Reasentamiento por Obra
Pública: Las entidades que desarrollen actividades y pro-
yectos definidos en el artículo 58 de la Ley 388 de 1997,
que implique traslado de población, deben incluir en los
presupuestos de cada uno de los proyectos a desarrollar
los costos de la formulación y ejecución del plan de ges-
tión social respectivo, tanto para la población trasladada
como para la receptora y aquella que continúe residien-
do en el área de influencia del proyecto respectivo. Toda
entidad que adelante una obra, proyecto o intervención
que implique desplazamiento de población deberá reali-
zar un estudio socioeconómico que permita determinar
sus características e identificar y evaluar los impactos
causados a los diferentes grupos humanos que intervie-
nen: población a reubicar, residente y receptora.
Que el artículo 4 de la Resolución 2093 del 17 de agos-
to de 2001 Por la cual se establecen criterios y pautas
para la elaboración e implementación de Programas de
Reasentamiento por obra pública- dispone que en la Re-
solución especifica que adopte el Programa de
Reasentamiento para cada proyecto en particular, debe-
rán consignarse las acciones especificas que realizará el
Instituto para facilitar el traslado de las familias.
Que la Resolución 2093 del 17 de agosto del 2001 se
modificó mediante la Resolución No 2656 del 26 de
Octubre del año 2001, en cuanto al ámbito de aplica-
ción y funciones del Comité de Reasentamiento, inclu-
yendo como población beneficiaria de los programas de
reasentamiento a las personas que residan o exploten el
inmueble dependiendo de éste su sustento, tanto para
las afectaciones parciales como totales de las áreas de
los predios requeridos para la obra pública.
Que mediante la resolución 2150 del 30 de Agosto se
adoptó el Programa de Reasentamiento para la pobla-
ción afectada por la construcción de la Avenida Ciudad
de Cali en el sector Rincón de Suba, entre la Cra 91 y la
Carrera 100 A, en los Barrios Villas del Rincón, Japón,
San Cayetano, Rincón Frontera y Telecom Arrayanes.
Este Programa de Reasentamiento establece las accio-
nes especificas que realizará el Instituto para facilitar el
traslado de las familias afectadas por la construcción de
la Avenida Ciudad de Cali en los Barrios Villas del Rin-
cón, Japón, San Cayetano, Rincón Frontera y Telecom
Arrayanes
Que el alcance de la presente Resolución debe incluir a
aquellas personas no residentes pero que dependen eco-
nómicamente del predio requerido por el IDU y sobre el
cual están en condiciones de instaurar el proceso de
pertenencia respectivo.
Que en la zona requerida para la vía se encuentra asen-
tada la comunidad denominada Los Carbonerospo-
blación altamente vulnerable que requiere las debidas
garantías para poder ser traslada y ser reubicada en con-
diciones mínimas de vida.
Que en consecuencia de lo anterior, se hace necesario
modificar la Resolución 2150 del 30 de Agosto del 2001
con el ánimo de obtener una cobertura total de la po-
blación afectada por la obra y cuyos predios adolecen de
la falsa tradición que no permite adelantar los procedi-
mientos establecidos en las Leyes 9 de 1989 y 388 de
1997.
Que se hace necesario modificar la Resolución en men-
ción en el componente económico, su reconocimiento y
pago.

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