RESOLUCION 268 RD 6339 - 25 de Junio de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 729978093

RESOLUCION 268 RD 6339

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6339 25 JUNIO 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6339 • pP. 1-101 • 2018 • JUNIO 25
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Certicar que el proyecto “Propuesta
metodológica para identicar a la población en estado
de vulnerabilidad social, para hacerlos beneciarios
del subsidio del mínimo vital de agua”, ejecutado por
la Secretaría Distrital del Hábitat de Bogotá D.C es
considerado de utilidad común.
ARTÍCULO 2.- La presente resolución rige a partir del
siguiente día de su publicación en el Registro Distrital.
Dada en Bogotá, D.C., a los ocho (8) días del mes
de junio de dos mil dieciocho (2018).
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
ARMANDO OJEDA ACOSTA
Secretario Distrital del Hábitat (E.)
Resolución Número 268
(Junio 18 de 2018)
“Por medio de la cual se delegan unas funciones
a cargo del Despacho de la Secretaría Distrital
del Hábitat y se autoriza la utilización de la firma
mecánica del Subdirector de Recursos Públicos
EL SECRETARIO DEL DESPACHO DE LA
SECRETARÍA DISTRITAL DEL HÁBITAT
En ejercicio de las atribuciones conferidas por
la Ley 489 de 1998, el Acuerdo Distrital 257 de
2006, el Decreto Distrital 121 de 2008, el Decreto
Distrital 508 de 2017 y el artículo 12 del Decreto
Ley 2150 de 1995 y,
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política establece
que el desarrollo de los principios de la función admi-
nistrativa se lleva a cabo mediante la descentralización,
delegación y desconcentración de funciones.
Que el artículo 211 de la Constitución Política dispone
que la ley jará las condiciones para que las autorida-
des administrativas puedan delegar en sus subalternos
o en otras autoridades.
Que, en desarrollo de lo anterior, los artículos 9 y 10
de la Ley 489 de 1998 señalan que, mediante acto
de delegación que conste por escrito, las autoridades
administrativas se encuentran facultadas para trans-
ferir de manera especíca el ejercicio de funciones a
sus colaboradores, quienes deberán ser empleados
públicos de los niveles directivo y asesor vinculados
al organismo correspondiente.
Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006
señala que las autoridades administrativas del Distrito
Capital pueden delegar el ejercicio de sus funciones a
sus colaboradores.
Que el literal j) del artículo 5 del Decreto Distrital 121 de
2008 conere al Despacho del Secretario Distrital del
Hábitat la función de expedir los actos administrativos
que se requieran para el cumplimiento de las funciones
y el desarrollo de los procesos establecidos para la
entidad, sin perjuicio de delegar tal responsabilidad
en los servidores públicos de la Secretaría.
Que el artículo 8 del Decreto Distrital 539 de 2012
estableció a cargo de la Secretaría Distrital del Hábitat
la coordinación de la asignación de los aportes a pro-
yectos de iniciativa pública o público-privada que se
convertirán en subsidio en especie para los hogares,
así como el seguimiento a los proyectos.
Que el numeral 2 del artículo 36 de la Resolución 844
de 2014 de la Secretaría Distrital del Hábitat, modi-
cado por el artículo 5 de la Resolución 575 de 2015
de esta entidad, establece que el desembolso de los
recursos de los subsidios distritales de vivienda se
debe realizar de acuerdo con los cronogramas de obra
denido en la etapa de elegibilidad a que se reere el
numeral 1 del mismo artículo.
Que el parágrafo 1 del artículo 50 de la Resolución
844 de 2014 de la Secretaría Distrital del Hábitat,
modicado por el artículo 12 de la Resolución 575 de
esta entidad, dispone que el giro de los recursos para
el proyecto, que se desembolsen con posterioridad al
anticipo, se debe autorizar previo recibo de actas de
avance de la obra, hasta por los montos de inversión
del aporte distrital establecidos en el ujo de caja,
cronograma y plan de inversión.
Que el artículo 35 del Decreto Distrital 623 de 2016
dispone que la Secretaría Distrital del Hábitat deberá
establecer en el reglamento operativo que expida para
la aplicación de dicha norma, entre otras cosas, los
requisitos de los proyectos de vivienda seleccionados
por el Comité Técnico de Selección de Proyectos de
la entidad, y el procedimiento para su seguimiento.
Que el artículo 70 de la Resolución 199 de 2017 de la
Secretaría Distrital del Hábitat dispone que la autori-
zación del giro de los recursos del encargo duciario o
ducia mercantil a los oferentes debe tener en cuenta,
entre otras cosas, el análisis y vericación del crono-
grama de obra del proyecto de vivienda.
Que el artículo 6º de la Resolución 182 de 2018 expe-
dida por la Secretaría Distrital del Hábitat, establece
que no podrá autorizarse al constructor el desembolso
de un porcentaje del valor del subsidio superior al

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