Resolución 2739, por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 607 de abril 5 de 2006 - 3 de Enero de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43245328

Resolución 2739, por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 607 de abril 5 de 2006

EmisorMinisterio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial
Número de Boletín46500

El Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en el numeral 16 del artículo del Decreto 216 de febrero 3 de 2003, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto 3137 de 12 de septiembre de 2006 se modificó la estructura del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, creando el Viceministerio de Agua y Saneamiento, el cual asumió entre otras, las competencias correspondientes a la Dirección de Agua Potable y Saneamiento Básico;

Que mediante Resolución 1348 de 22 de diciembre de 2000 se conformó el Comité Evaluador de Exenciones Tributarias, el cual fue objeto de modificación mediante Resolución 1512 de 16 de diciembre de 2004, en cuanto a su denominación, integración, funciones y convocatoria;

Que mediante Resolución 607 de 5 de abril de 2006, se modificó la Resolución 1512 de 16 de diciembre de 2004, en cuanto a la integración del Comité Evaluador de Beneficios Tributarios;

Que de conformidad con el artículo 1° de la Resolución 607 de 5 de abril de 2006 el Director de Agua Potable, Saneamiento Básico y Ambiental, hacía parte integrante del Comité Evaluador de Beneficios Tributarios;

Que en consecuencia, se hace necesario modificar parcialmente l a Resolución 607 de 5 de abril de 2006;

En mérito de lo anterior,

RESUELVE:

Artículo 1° Modificar el artículo 1° de la Resolución 607 de 5 de abril de 2006, que modificó la Resolución 1512 de 16 de diciembre de 2004, el cual quedará así:

El Comité Evaluador de Beneficios Tributarios, del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, estará integrado por los siguientes miembros:

Viceministro/a de Ambiente quien lo presidirá, o su delegado.

Viceministro/a de Agua y Saneamiento, o su delegado.

Director/a de Licencias, Permisos y Trámites Ambientales.

Director/a de Desarrollo Sectorial Sostenible.

Director/a de Ecosistemas.

Jefe/a de la Oficina Asesora jurídica.

El Coordinador/a del Grupo de Análisis Económico.

Parágrafo 1°. El Director de la Unidad...

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