Resolución 2749, por la cual se autoriza al departamento de la Guajira para celebrar un crédito transitorio interno con el BBV Banco Ganadero S.A., hasta por la suma de $7.500.000.000.00 moneda legal colombiana - 21 de Diciembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43130316

Resolución 2749, por la cual se autoriza al departamento de la Guajira para celebrar un crédito transitorio interno con el BBV Banco Ganadero S.A., hasta por la suma de $7.500.000.000.00 moneda legal colombiana

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín43824

DIARIO OFICIAL 43.824 RESOLUCIÓN 2749 14/12/1999 por la cual se autoriza al departamento de la Guajira para celebrar un crédito transitorio interno con el BBV Banco Ganadero S.A., hasta por la suma de $7.500.000.000.00 moneda legal colombiana. El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren la Ley 358 de 1997 y el Decreto 696 de 1998, y CONSIDERANDO: Que mediante la Ley 358 de 1997 se reguló el artículo 364 de la Constitución Política y se dictaron otras disposiciones en materia de endeudamiento; Que mediante el Decreto 696 de 1998 se reglamentó parcialmente la Ley 358 de l997; Que el artículo 1° de la Ley 358 de 1997 establece que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 364 de la Constitución Política, el endeudamiento de las entidades territoriales no podrá exceder su capacidad de pago; Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 6° de la Ley 358 de 1997, ninguna entidad territorial puede, sin autorización del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, contratar nuevas operaciones de crédito público cuando su relación intereses/ahorro operacional supere el 60% o su relación saldo/ingresos corrientes supere el 80%; Que el indicador intereses/ahorro operacional del departamento de La Guajira sobrepasa el 60%; Que el 3 de noviembre de 1999, el departamento de La Guajira celebró con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público un convenio de desempeño que tiene por objeto vincular la autorización de endeudamiento que otorgue el Ministerio de Hacienda y Crédito Público a la aceptación y compromiso del departamento de La Guajira de cumplir con lo establecido en el mencionado convenio; Que mediante Oficio CI?1088 de diciembre de 1999, la Nación ?Ministerio de Hacienda y Crédito Público- ha autorizado el otorgamiento de un crédito de presupuesto a largo plazo por parte de la Nación al departamento de La Guajira hasta por la suma de siete mil quinientos millones de pesos ($7.500.000.000.00) moneda legal colombiana, destinado a la financiación de los costos que surjan del cumplimiento de las obligaciones previstas en los literales a) y c) del numeral 1 de la cláusula segunda del convenio de desempeño suscrito el 3 de noviembre de 1999, en concordancia con lo dispuesto en el inciso tercero del parágrafo del artículo 2° de la Ley 358 de 1997; Que el Gobernador del departamento de La Guajira solicitó al Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorización para celebrar un...

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