Resolución 276, por medio de la cual se modifica el Plan General de Contabilidad Pública, PGCP adoptado mediante la Resolución 400 de 2000, en lo relativo a los métodos de valuación, la estructura del Catálogo General de Cuentas en lo referente a las valorizaciones de las propiedades planta y equipo y, el ajuste por inflación de los mismos
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación |
Número de Boletín | 44599 |
DIARIO OFICIAL 44.599 RESOLUCIÓN 276 18/10/2001 por medio de la cual se modifica el Plan General de Contabilidad Pública, PGCP adoptado mediante la Resolución 400 de 2000, en lo relativo a los métodos de valuación, la estructura del Catálogo General de Cuentas en lo referente a las valorizaciones de las propiedades planta y equipo y, el ajuste por inflación de los mismos. El Contador General de la Nación, en uso de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confieren el artículo 354 de la Constitución Política, la Ley 298 del 23 de julio 1996, el Decreto 1914 de 1996 , y CONSIDERANDO: Que la información contable pública debe cumplir con los postulados de confiabilidad y utilidad establecidos en el Plan General de Contabilidad Pública, PGCP, por lo cual se hace necesaria la actualización periódica de los avalúos de los bienes inmuebles, excepto los bienes históricos y culturales y los recursos naturales y del ambiente; Que para efectos de revelación contable, es necesario complementar las metodologías incorporadas en el numeral 1.2.7.1. del Plan General de Contabilidad Pública, PGCP, para la actualización de los bienes inmuebles, excepto los bienes históricos y culturales y los recursos naturales y del ambiente; Que es factible definir metodologías técnicas de actualización alternas al costo reexpresado, para el caso de los bienes inmuebles, excepto los bienes históricos y culturales y los recursos naturales y del ambiente; Que dada la estructura del Catálogo General de Cuentas, es necesario que el registro contable del avalúo se soporte detalladamente, a nivel de subcuenta, para obtener información desagregada de las valorizaciones o desvalorizaciones resultantes de la aplicación de las metodologías admitidas, RESUELVE: Artículo 1°. Adicionar como método de reconocido valor técnico para efectos de revelación contable, el denominado ¿Técnica residual¿, definiéndolo de la siguiente manera: Método (técnica) residual. Es el que busca establecer el valor comercial del bien, normalmente para el terreno, a partir de estimar el monto total de las ventas de un proyecto de construcción, acorde con la reglamentación urbanística vigente y de conformidad con el mercado del bien final vendible, en el terreno objeto de avalúo. Para encontrar el valor total del terreno debe descontarse, al monto total de las ventas proyectadas, los costos totales y la utilidad esperada del proyecto constructivo. Es indispensable que además de la...
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