Resolución 3001, por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 3292 del 19 de mayo de 1998 - 25 de Noviembre de 1999 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43128225

Resolución 3001, por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 3292 del 19 de mayo de 1998

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín43793

DIARIO OFICIAL 43.793 RESOLUCIÓN 3001 22/11/1999 por la cual se modifica el artículo 1° de la Resolución 3292 del 19 de mayo de 1998. La Directora General de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y en especial de las otorgadas por el literal w) del artículo 19 del Decreto 1071 del 26 de junio de 1999, y la Resolución 1418 de 1997 del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, y CONSIDERANDO: Que el artículo 2º del Decreto 1071 de 1999 señala que la representación legal de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales estará a cargo del Director General, quien podrá delegarla de conformidad con las normas legales vigentes; Que según el artículo 5º del Decreto 1071 de 1999, la DIAN desarrollará todas las actuaciones administrativas necesarias para cumplir con las funciones de su competencia; Que la Resolución 3292 del 19 de mayo de 1998, en su artículo primero conforma los Comités Paritarios de Salud Ocupacional, a nivel nacional, atendiendo la estructura orgánica anterior contemplada en el Decreto 1693 de junio 27 de 1999, por lo cual se hace necesario realizar su actualización; Que el Decreto 1265 de 13 de julio de 1999, organiza internamente la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, modificando su estructura y creando en el artículo 2º, numeral segundo, la Subsecretaría de Recursos Físicos y la Subsecretaría de Recursos Financieros, y que en los artículos 4º, 5º y 6º se crean las Divisiones de Recursos Físicos y Financieros en las Administraciones Especiales, Locales y Delegadas de Impuestos y Aduanas; Que los Comités Paritarios de Salud Ocupacional de la entidad los integran, entre otros, los Subsecretarios de Recursos Físicos y Financieros en el nivel central y en las administraciones los jefes de estas divisiones, RESUELVE: Artículo 1°. Modificar el artículo primero de la Resolución 3292 del 19 de mayo de 1998, el cual quedará así: Los Comités Paritarios de Salud Ocupacional en el nivel central, en las Direcciones Regionales y en las Administraciones Especiales, Locales y Delegadas estarán integrados así: 1. En el nivel central por: ¿ Director de Impuestos Nacionales o su suplente, quien lo presidirá. ¿ El Subsecretario de Desarrollo Humano o su suplente. ¿ El Subsecretario de Recursos Financieros o su suplente. ¿ El Subsecretario de Recursos Físicos o su suplente. ¿ Cuatro (4) representantes de los funcionarios con sus...

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