Resolución 307, por la cual se otorga un permiso para realizar los trabajos necesarios para ejecutar las obras de los accesos a la futura estación de servicio Santander, en la variante de Santander de Quilichao, Cauca, Tramo 1, en inmediaciones de la glorieta de Timba, el PR 4+500 y a su vez se autoriza provisionalmente la utilización de la vía nacional para instalar esta infraestructura. - 30 de Septiembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43242188

Resolución 307, por la cual se otorga un permiso para realizar los trabajos necesarios para ejecutar las obras de los accesos a la futura estación de servicio Santander, en la variante de Santander de Quilichao, Cauca, Tramo 1, en inmediaciones de la glorieta de Timba, el PR 4+500 y a su vez se autoriza provisionalmente la utilización de la vía nacional para instalar esta infraestructura.

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Concesiones
Número de Boletín46407

El Subgerente de Gestión Contractual, en ejercicio de las facultades conferidas por el Decreto 1800 del 26 de junio de 2003, en la Resolución número 00063 del 8 de octubre de 2003, la Resolución 000172 del 7 de enero de 2003 del Instituto Nacional de Vías y la Resolución de Delegación 065 del 1° de febrero de 2005,

CONSIDERANDO:

Que el señor William Amílcar Bravo Buitrago con cédula de ciudadanía 98366931 de Cumbitara, Nariño, quien para efectos de esta resolución en adelante se llamará el peticionario, solicitó permiso ante el Instituto Nacional de Concesiones, para realizar las obras de los accesos a la futura estación de servicio Santander, en la variante de Santander de Quilichao, Cauca, Tramo 1, en el PR 4+500 a través del comunicado UTDVVCC-043-2005DM del 24 de febrero de 2005, suscrito por la Directora de Mantenimiento Vial de la UTDVVCC;

Que con oficio INCO-1919 del 10 de marzo de 2005 el Coordinador del Modo Carretero del Inco le solicita al peticionario enviar al Inco los documentos faltantes de acuerdo con la Resolución 00063 del 8 de octubre de 2003 y a la Resolución 2500 del 6 de septiembre de 2004, emitida por el Ministerio de Transporte;

Que mediante comunicado UTDVVCC-005-2005 del 26 de mayo de 2005, radicado en esta entidad con el número 7399 del 31 de mayo de 2005, el concesionario a través del Director de Diseño de Obra y del Director de Proyecto emite concepto técnico y operativo y de viabilidad favorable a la ejecución de la obra solicitada, adjuntando los documentos faltantes solicitados por el instituto en su comunicado INCO1919 del 10 de marzo de 2005, pero faltando, según el numeral 2 del artículo 1° de la Resolución 0063 de 2003 el ¿valor de la recuperación de la vía por eventualidades ocurridas como consecuencia de los trabajos¿ y el concepto técnico y operativo de la interventoría. El concesionario hace la claridad que se deben tener en cuenta las siguientes consideraciones técnicas;

Que el peticionario debe ejecutar las obras objeto del presente permiso sin afectar la infraestructura construida, ya sea andenes, obras (alcantarillas, box), etc.; en caso tal; se deberán reconstruir o prolongar según sea el caso para dar continuidad a su función.

Que tanto la demarcación horizontal como la señalización vertical, deberán ajustarse al Manual de Señalización Vial, Manual sobre Dispositivos para la Regulación del Tránsito en Calles, Carreteras y Ciclorrutas de Colombia de 2004, tal como se ha presentado en los planos;

Que la señalización temporal de obra en la etapa constructiva, deberá cumplir con lo establecido en el Manual sobre Dispositivos para la Regulación del Tránsito en Calles, Carreteras y Ciclorrutas de Colombia de 2004...

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