Resolución 3137, por la cual se autoriza a Colombia Móvil S. A. E.S.P. para celebrar un contrato de empréstito externo con Citibank N. A. actuando como Agente Citibank International PLC. hasta por la suma de setenta y ocho millones doscientos veinte mil dólares (US$78.220.000) de los Estados Unidos de América con garantía de Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S. A. E.S.P. y Empresas Públicas de Medellín E.S.P. - 9 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43216640

Resolución 3137, por la cual se autoriza a Colombia Móvil S. A. E.S.P. para celebrar un contrato de empréstito externo con Citibank N. A. actuando como Agente Citibank International PLC. hasta por la suma de setenta y ocho millones doscientos veinte mil dólares (US$78.220.000) de los Estados Unidos de América con garantía de Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S. A. E.S.P. y Empresas Públicas de Medellín E.S.P.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín45757

El Ministro de Hacienda y Crédito Público, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 10 del Decr eto Reglamentario 2681 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución Ministerial número 2435 del 30 de diciembre de 2003 y su modificatoria número 3091 del 25 de noviembre de 2004, el Ministerio de Hacienda y Crédito Público autorizó a Colombia Móvil S. A. E.S.P. para gestionar la contratación de un empréstito externo hasta por la suma de ciento veinte millones de dólares (US$120.000.000) de los Estados Unidos de América, destinados a financiar parcialmente la provisión, montaje e instalación de equipos de red necesarios para la operación del servicio de telefonía móvil PCS, así como la adquisición de equipos de transmisión y plataformas, junto con las actividades que implica la implementación de esta tecnología, y a Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S. A. E.S.P. y Empresas Públicas de Medellín E.S.P. para garantizar las obligaciones de pago que surjan de la mencionada operación, en proporción a su participación en el capital de Colombia Móvil S. A. E. S. P.;

Que con base en la mencionada autorización y para los fines citados, Colombia Móvil S.A. E.S.P,, gestionó un empréstito externo con Citibank N. A. por la suma de setenta y ocho millones doscientos veinte mil dólares (USD$ 78.220.000) de los Estados Unidos de América;

Que el literal b) del artículo 10 del Decreto 2681 de 1993 establece que la celebración de contratos de empréstito externo por las entidades descentralizadas del orden nacional y de las entidades territoriales y sus descentralizadas requiere autorización para suscribir el contrato, impartida por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público con base en la minuta definitiva del mismo;

Que la Dirección General de Crédito Público y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio del 29 de noviembre de 2004 aprobó los términos de la minuta de contrato de préstamo a celebrarse entre Colombia Móvil S. A. E.S.P. y Citibank N. A., así mismo aprobó los términos de la Minuta de Garantía a celebrarse entre Citibank N. A. y Empresa de Telecomunicaciones de Bogotá S. A. y Empresas Públicas de Medellín E.S.P.,

RESUELVE:

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