Resolución 330, por la cual se revoca directamente la Resolución número 208 del 30 de junio de 2000 por medio de la cual se ordena la apertura del concurso público de méritos número 001 de 2000 para la Interventoría Técnica, Administrativa y Financiera del contrato de Concesión de Infraestructura y de Obras de Conservación - Red Atlántica. - 29 de Septiembre de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43141891

Resolución 330, por la cual se revoca directamente la Resolución número 208 del 30 de junio de 2000 por medio de la cual se ordena la apertura del concurso público de méritos número 001 de 2000 para la Interventoría Técnica, Administrativa y Financiera del contrato de Concesión de Infraestructura y de Obras de Conservación - Red Atlántica.

EmisorEmpresas Industriales y Comerciales del Estado - Empresa Colombiana de Vías Férreas
Número de Boletín44178

DIARIO OFICIAL 44.178 RESOLUCIÓN 330 26/09/2000 por la cual se revoca directamente la Resolución número 208 del 30 de junio de 2000 por medio de la cual se ordena la apertura del concurso público de méritos número 001 de 2000 para la Interventoría Técnica, Administrativa y Financiera del contrato de Concesión de Infraestructura y de Obras de Conservación - Red Atlántica. El Presidente de la Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, en uso de sus facultades legales, en especial de las conferidas por el artículo 73 del Código Contencioso Administrativo y los artículos 24, 25, 26, 28 y 30 de la Ley 80 de 1993, y CONSIDERANDO: Primero. Que La Empresa Colombiana de Vías Férreas, Ferrovías, y la sociedad Ferrocarriles del Norte de Colombia S.A. Fenoco S.A., suscribieron el contrato de concesión de infraestructura y de obras de conservación de la Red Atlántica; Segundo. Que el objeto del contrato de concesión mencionado en el considerando inmediatamente anterior de esta Resolución es: "El presente contrato de concesión tiene por objeto otorgar en concesión, para su rehabilitación-reconstrucción, conservación, operación y explotación, la infraestructura de transporte férreo de la red del Atlántico, para la prestación del servicio del transporte ferroviario de carga, infraestructura que está conformada por los tramos: Bogotá (Km 5)-Belencito (Pk 262), La Caro (Pk 34)- Lenguazaque (Pk 110), Bogotá (Km 5)-Dorada (Pk 200), Dorada (Pk 200)- Barrancabermeja (Pk 444), Barrancabermeja (Pk 444)-Chiriguaná (Pk 724), Chiriguaná (Pk 724)-Ciénaga (Pk 934), Ciénaga (Pk 934), -Santa Marta (Pk 969), y Puerto Berrío (Pk 333)-Medellín (Bello) (Pk 509), incluyendo los bienes inmuebles, bienes muebles, y el material rodante consignados en los Anexos del pliego de condiciones que dio origen al presente contrato. La presente concesión de infraestructura conlleva también la concesión de las obras de conservación respecto de los tramos mencionados, en los términos previstos en el artículo 30 de la Ley 105 de 1993"; Tercero. Que de conformidad con la cláusula 24 del contrato de concesión la rehabilitación o reconstrucción de la infraestructura entregada debería iniciarse dentro de los 6 meses siguientes a la firma del acta de iniciación de la concesión; Cuarto. Que el Acta de Iniciación de la concesión cuya interventoría se pretendía contratar en virtud del concurso público de méritos No. 001 de 2000, se suscribió el día 3 de marzo del año 2000, y por lo tanto el...

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