Resolución 3327, por medio de la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y Requisitos de los diferentes cargos de la planta interna de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores establecido mediante Resolución número 0182 del 22 de enero de 2004. - 27 de Julio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43224978

Resolución 3327, por medio de la cual se modifica parcialmente el Manual Específico de Funciones y Requisitos de los diferentes cargos de la planta interna de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores establecido mediante Resolución número 0182 del 22 de enero de 2004.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín45982

El Viceministro de Asuntos Multilaterales encargado de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores, en uso de sus facultades legales y en especial de las que le confiere el artículo 29 del Decreto 861 de 2000,

RESUELVE:

Artículo 1º Modificar parcialmente el artículo 1º del Manual Específico de Funciones y Requisitos de la planta interna de personal del Ministerio de Relaciones Exteriores, establecido en la Resolución número 0182 del 22 de enero de 2004:

Despacho del Viceministro de Relaciones Exteriores

  1. Identificación

    Denominación Director Técnico

    Código 0100

    Grado 18

    Naturaleza del cargo LN

    Número de empleos 1

    Dependencia Dirección de Soberanía Territorial y Desarrollo Fronterizo

    Superior inmediato Viceministro de Relaciones Exteriores

  2. Descripción de funciones

  3. Someter a consideración del Viceministro de Relaciones Exteriores los asuntos relacionados con la caracterización de las fronteras marítimas y terrestres y todo lo concerniente a la soberanía marítima, terrestre, aérea, las cuencas hidrográficas internacionales y los ríos fronterizos.

  4. Proponer al Viceministro de Relaciones Exteriores los planes y programas de desarrollo para las zonas de frontera y coordinar su ejecución con las entidades competentes del orden nacional y regional en materia de asuntos fronterizos y hacer el seguimiento correspondiente.

  5. Apoyar a las autoridades competentes en las actividades necesarias para garantizar la soberanía en las zonas de frontera.

  6. Participar en la preparación de las negociaciones de los tratados sobre límites territoriales de la República y vigilar el cumplimiento de los tratados vigentes sobre la materia.

  7. Coordinar las tareas relacionadas con la definición y revisión de la legislación sobre inmuebles en zonas fronterizas.

  8. Inspeccionar las zonas fronterizas y tramitar las denuncias sobre incidentes de acuerdo con las instrucciones que imparta el Ministro o el Viceministro.

  9. Atender en coordinación con la Dirección General Marítima, el Ministerio de Defensa Nacional y demás entidades competentes, todo lo relacionado con la explotación, conservación y contaminación de los recursos del mar, de las zonas costeras y las eventuales infracciones de buques de bandera extranjera en las áreas de dominio marítimo de la Nación.

  10. Atender todo lo relacionado con las Comisiones Binacionales para la caracterización de los límites fronterizos.

  11. Elaborar los informes de carácter interno y reservado, de uso exclusivo del Ministerio, para la conducción de la política exterior del país, en materia de soberanía territorial.

  12. Mantener debidamente...

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