RESOLUCION 345 RD 6374 - 17 de Agosto de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 737449301

RESOLUCION 345 RD 6374

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6374 17 AGOSTO 2018
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6374 • pP. 1-2 • 2018 • AGOSTO 17
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observaciones por parte de los servidores públicos
frente a los resultados del estudio de encargos. Se
citaron a entrevista el día 03 de agosto de 2018,
nalmente se realizó la publicación denitiva el día
03 de agosto de 2018, frente a la cual no proceden
reclamaciones.
Que el régimen de ingreso, permanencia y promoción
propios de la Carrera Administrativa se caracteriza por
sus connotaciones técnicas y por su decidida orienta-
ción hacia la conformación de un cuerpo administrativo
profesionalizado, cuya legitimidad estriba en el mérito
y la capacidad, con lo cual se garantiza que la admi-
nistración realice la provisión de vacantes denitivas
y temporales por encargo en este proceso.
Que con el n de asegurar una adecuada prestación
del servicio y teniendo en cuenta que del estudio realiza-
do por la Dirección de Talento Humano se concluye que
en la planta de personal de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., existen funcionarios de
carrera administrativa que cumplen con las condiciones
y requisitos previstos en la norma, para ser encargados,
se procede a su nombramiento en encargo.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º-: Encargar a la servidora que se señala
a continuación, por un término no superior a seis (6)
meses contados a partir de la fecha de posesión:
NOMBRES Y
APELLIDOS
NO. DE CÉDULA
DE CIUDADANÍA
EMPLEO DE CARRERA DEL CUAL ES
TITULAR DENOMINACIÓN DEL EMPLEO A PROVEER
CARGO CÓDIGO GRADO CARGO CÓDIGO GRADO DEPENDENCIA
NELCY FIE-
RRO RUIZ 40.388.952 SECRETA-
RIO 440 09
PROFE-
SIONAL
UNIVERSI-
TARIO
219 01
Dirección del
Sistema Distrital
de Servicio a la
Ciudadanía
PARÁGRAFO: De conformidad con los artículo
2.2.5.1.6 y 2.2.5.1.7 del Decreto Nacional 1083 de 2015
modicado y adicionado por el Decreto 648 de 2017,
la servidora señalada en el artículo 1º de la presente
Resolución, tendrá diez (10) días contados a partir
de la noticación de este acto administrativo, para
manifestar si acepta el nombramiento y diez (10) días
para tomar posesión del cargo, los cuales se contarán
a partir de la aceptación.
ARTÍCULO 2º-: Noticar el contenido de la presente
Resolución a la servidora relacionada en el artículo 1°,
a través de la Subdirección de Servicios Administra-
tivos, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C.
ARTÍCULO 3º-: Comunicar el contenido de la presente
Resolución a la Dirección de Talento Humano, de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., a través de la Subdirección de Servicios Admi-
nistrativos de la misma Secretaría, para los trámites
legales correspondientes.
ARTÍCULO 4º-: El presente nombramiento cuenta con
el saldo de apropiación suciente para respaldar las
obligaciones por concepto de servicios personales y
aportes patronales durante la vigencia scal en curso, de
acuerdo con la certicación expedida por el Subdirector
Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C. de conformidad con lo dispuesto en el
artículo 15 del Decreto Distrital 816 de 2017.
ARTÍCULO 5º-: La presente Resolución rige a partir
de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE, NOTIFÍQUESE, COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D.C. a los catorce (14) días del
mes de agosto de dos mil dieciocho (2018).
FERNANDO JOSÉ ESTUPIÑAN VARGAS
Secretario General (E)
Resolución Número 345
(Agosto 16 de 2018)
“Por la cual se hace un nombramiento en
un empleo vacante de carácter temporal de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., a un servidor de carrera
administrativa en cumplimiento de los
parámetros establecidos en la Sentencia C-288
de 2014 de la Corte Constitucional”
EL SECRETARIO GENERAL ( E ) DE LA
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO
CAPITAL
En uso de las facultades legales, en especial las
conferidas en el Decreto 101 de 2004, el Decreto
Nacional 648 de 2017, Decreto 375 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 21° de la Ley 909 de 2004 consagra
que los organismos y entidades pueden crear en sus
plantas de personal, empleos de carácter temporal o

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