Resolución 3478, por la cual se adoptan las políticas y los procedimientos necesarios para identificar, clasificar y determinar las partidas contables que serán objeto de depuración contable conforme a lo indicado en la Ley 716 de 2001. - 8 de Agosto de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43225546

Resolución 3478, por la cual se adoptan las políticas y los procedimientos necesarios para identificar, clasificar y determinar las partidas contables que serán objeto de depuración contable conforme a lo indicado en la Ley 716 de 2001.

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín45994

El Viceministro de Asuntos Multilaterales, encargado de las funciones del despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores, en uso de facultades legales, en especial de la consagrada en la Ley 716 de 2001 y artículo 3° del Decreto 1282 de 2002, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3° del Decreto 1282 de 2002, señala:

"Actuación administrativa. Los representantes legales de las entidades y organismos públicos obligados al saneamiento contable, establecerán las políticas y procedimientos necesarios para garantizar que se identifiquen, clasifiquen y determinen, previo estudio sustentado, las respectivas partidas contables que deberán ser sometidas a consideración de la instancia correspondiente para su castigo o depuración";

Que el Comité de Saneamiento Contable en su sesión del trece (13) de abril de 2005, recomendó la adopción de políticas y procedimientos para proceder al saneamiento contable, las cuales se acogen en su totalidad y en consecuencia,

RESUELVE:

Artículo 1° Adoptar las siguientes políticas y procedimientos para garantizar que se identifiquen, clasifiquen y determinen, previo estudio sustentado, las respectivas partidas contables que deberán ser sometidas a saneamiento contable:

Políticas

  1. La Dirección Administrativa y Financiera con las Coordinaciones de Financiera del Ministerio y del Fondo Rotatorio, liderarán la recopilación de información sobre las operaciones y hechos que afecten directa o indirectamente, a favor o en contra, la Contabilidad de estas Entidades.

  2. Las actuaciones administrativas para el Saneamiento Contable, deberán quedar adecuadamente soportadas en los estudios técnicos-contables necesarios, que la Dirección Administrativa y Financiera por medio de la dependencia o del funcionario a quien le competa la función, adelante en forma previa al estudio jurídico que realizará la Oficina Asesora Jurídica. Estos estudios constituyen los fundamentos con los cuales el Comité recomendará la depuración, estudios que harán parte de las actas de aprobación.

  3. La Gestión Administrativa por medio de la cual se allegará la información y documentación suficiente y pertinente que acredite la realidad y existencia de...

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