Resolución 3586, por la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en cada mesa de votación, en las elecciones del 2002 - 18 de Octubre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43166217

Resolución 3586, por la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en cada mesa de votación, en las elecciones del 2002

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín44586

DIARIO OFICIAL 44.586 RESOLUCIÓN 3586 05/10/2001 por la cual se fija el número de ciudadanos que pueden sufragar en cada mesa de votación, en las elecciones del 2002. El Registrador Nacional del Estado Civil, en uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas por el artículo 85 del Código Electoral, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con el artículo 207 del Código Electoral, las elecciones de Senado de la República y Cámara de Representantes; y las elecciones de Presidente y Vicepresidente se realizarán el domingo 10 de marzo y 26 de mayo de 2002, respectivamente; Que el inciso primero del artículo 85 del Código Electoral, establece que ¿la Registraduría Nacional, previo concepto favorable del Consejo Nacional Electoral, fijará el número de ciudadanos que podrán sufragar en las distintas mesas de votación¿; Que el honorable Consejo Nacional Electoral, en sesión del 3 de octubre de 2001, emitió concepto favorable sobre el número de ciudadanos que en cada mesa de votación podrán sufragar en las elecciones del 10 de marzo, 26 de mayo de 2002 y segunda vuelta si a ello hubiere lugar, RESUELVE: Artículo 1°. En las elecciones que se celebrarán el 10 de marzo, 26 de mayo de 2002 y segunda vuelta si a ello hubiere lugar, podrán...

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