Resolución 380, por la cual se modifica la Resolución número 255 del 22 de marzo de 2006, a través de la cual se ¿dictan disposiciones sobre información política, propaganda electoral contratada y acceso gratuito al servicio de televisión para la elección presidencial de 2006¿.
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Comisión Nacional de Televisión |
Número de Boletín | 46265 |
La Junta Directiva de la Comisión Nacional de Televisión, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas en los artículos 4° y 5º literal a) de la Ley 182 de 1995, y en concordancia con los artículos 22, 23, 24, 25 y 29 de la Ley 996 de 2005,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el artículo 2º de la Ley 182 de 1995, los fines del servicio de televisión son formar, educar, informar veraz y objetivamente y recrear de manera sana, con cuyo cumplimiento se busca satisfacer las finalidades sociales del Estado, promover el respeto de las garantías, deberes y derechos fundamentales y demás libertades, fortalecer la consolidación de la democracia y la paz y propender por la difusión de los valores humanos, expresiones culturales y de carácter nacional, regional y local;
Que de acuerdo con la misma disposición, dichos fines deben cumplirse con arreglo a principios, tales como la imparcialidad en la información, la separación entre opinión e información en concordancia con los artículos 15 y 20 de la Constitución Política, el respeto al pluralismo político, religioso, social y cultural y el respeto a los valores de igualdad consagrados en el artículo 13 de la misma, entre otros;
Que la Ley 996 de 2005 en su artículo 24 permite la propaganda electoral contratada en los concesionarios y operadores privados de televisión para las elecciones presidenciales;
Que la Comisión Nacional de Televisión a través de la Resolución 255 del 22 de marzo de 2006, de conformidad a las facultades otorgadas en la ley, dictó disposiciones sobre propaganda electoral gratuita y contratada en el servicio de televisión para la elección presidencial para el período constitucional 2006-2010;
Que la citada resolución, en su artículo 7°, limita la emisión de mensajes de propaganda electoral y se hace necesario traer claridad y precisión sobre el alcance de la norma;
Que en virtud de lo anterior, la Comisión Nacional de Televisión, determinó necesario precisar las condiciones bajo las cuales se puede emitir este tipo de mensajes, por lo cual,
RESUELVE:
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