Resolución 3961, por la cual se reglamenta la expedición del certificado para sufragar (Formulario E-12), para el evento electoral del 25 de octubre de 2003. - 22 de Octubre de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43199395

Resolución 3961, por la cual se reglamenta la expedición del certificado para sufragar (Formulario E-12), para el evento electoral del 25 de octubre de 2003.

EmisorVarios - Registraduría Nacional del Estado Civil
Número de Boletín45348

La Registradora Nacional del Estado Civil, en uso de las facultades que le confiere el artículo 266 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que es función del Registrador Nacional del Estado Civil, garantizar el ejercicio del sufragio de todos los ciudadanos que legalmente se encuentran habilitados para votar;

Que de conformidad con lo señalado por el artículo 40 de la Constitución Política, todo ciudadano tiene derecho a participar en la conformación, ejercicio y control del poder político, elegir y ser elegido, y participar en elecciones, plebiscitos, referendos, consultas populares y otras formas de participación democrática;

Que el día 25 octubre de 2003, se celebrará en el territorio nacional las votaciones del referendo constitucional convocado por el Gobierno Nacional, mediante el Decreto 2000 de 2003;

Que el artículo 117 del Código Electoral, establece "El ciudadano cuya cédula de ciudadanía apta para votar aparezca erróneamente cancelada por muerte tendrá derecho a sufragar en la mesa especial que para el efecto señale el Registrador del Estado Civil o su Delegado, una vez lo autorice este funcionario mediante certificación que se la expedirá con la sola presencia física del ciudadano y su identificación mediante la cédula de ciudadanía. Del mismo modo se procederá en los demás casos de error u omisión una vez que ésta y aquél resulten debidamente comprobados.

En las certificaciones aludidas, que se expedirán en papel de seguridad, se hará constar el motivo de la autorización. Copia de ellas deberá enviarse a la Registraduría Nacional. La Registraduría Nacional dispondrá que funcionarios de la organización electoral pueden expedir tales certificaciones de manera que se facilite el ejercicio del sufragio";

Que para efectos de la realización de los eventos electorales, se requiere el desplazamiento de servidores públicos, tales como, funcionarios de la Organización Electoral, Fiscales, Jueces de la República, Agentes del Ministerio Público, con miras a garantizar el desarrollo transparente de los comicios.

Que en concepto del...

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