Resolución - 3 de Julio de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43223887

Resolución

EmisorVarios - Empresa Social del Estado
Número de Boletín45958

El suscrito Gerente de la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla, en uso de sus facultades legales, y en especial de las conferidas en la Constitución Política Nacional, el Código Contencioso Administrativo, la Ley 10 de 1990, la Ley 100 de 1993, la Ley 715 de 2001, la Ley 790 de 2002, el Decreto 1750 de 2003, y demás normas concordantes, y

CONSIDERANDO:

Que según el artículo 209 de la Constitución política Nacional es un principio rector de la función administrativa la eficacia en las actuaciones que se desarrollan la interior de la administración;

Que de acuerdo al artículo 194 de la Ley 100 de 1993, las Empresas Sociales del Estado tienen la naturaleza especial de entidades públicas descentralizadas, con personería jurídica, patrimonio propio, y autonomía administrativa y financiera;

Que según el numeral 2 del artículo 195 de la Ley 100 de 1993 las Empresas Sociales del Estado tienen como objeto la prestación de los servicios públicos de salud y seguridad social;

Que mediante el artículo 16 de la Ley 790 de 2002 se expidieron disposiciones para adelantar el programa de renovación de la administración pública y se otorgaron facultades extraordinarias al Presidente de la República para escindir entidades administrativas del nivel nacional y señalar su estructura, objetivos y funciones;

Que en ejercicio de las facultades otorgadas por la Ley 790 de 2002 el Presidente de la República expidió el Decreto 1750 de 2003, por medio del cual escindió el Instituto de Seguros Sociales y todas las clínicas y los centros de salud ambulatorias;

Que mediante el artículo 2° del Decreto 1750 de 2003, se creó la Empresa Social del Estado José Prudencio Padilla como entidad descentralizada del orden nacional, con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio;

Que el numeral 1 del artículo del Decreto 1750 estableció como sede de la ESE José Prudencio Padilla en la ciudad de Barranquilla;

Que la ESE José Prudencio Padilla, convocó a oferta de prestación de servicios de alimentos a sus pacientes de las...

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