RESOLUCION 041 RD 5067 - 19 de Febrero de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 434902494

RESOLUCION 041 RD 5067

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5067 19 FEBRERO 2013
EmisorUnidad Administrativa de Servicios Públicos - Uaesp
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5067 • pP. 1-35 • 2013 • FEBRero 19
se pactará de conformidad con el régimen tributario del
eventual contratista.
PARÁGRAFO 3°. Los centros de gestión deberán
indicar en los estudios previos correspondientes, la
justicación del valor aplicado dentro de los rangos
aquí previstos, teniendo en cuenta aspectos como la
experiencia en cargos de dirección, manejo de perso-
nal, nivel de los estudios presentados, publicaciones,
entre otras variables que tengan relación con la nece-
sidad del servicio a contratar. No se podrán pactar los
máximos cuando no concurran los elementos antes
anotados, y se justique en la clase, especialidad y
complejidad del objeto a contratar.
PARÁGRAFO 4°. Atendiendo a circunstancias propias
del mercado laboral u otras con incidencia en la con-
tratación de prestaciones de servicios profesionales y
de apoyo a la gestión, la presente tabla de honorarios
podrá ser modicada o derogada mediante acto ad-
ministrativo.
ARTÍCULO SEGUNDO. Ordenar los centros de ges-
tión dar aplicación de las equivalencias entre estudios
y experiencia, siempre y cuando el caso amerite.
ARTÍCULO TERCERO. Comunicar a todas las depen-
dencias de la entidad el texto de la presente resolución,
la cual rige a partir de su expedición.
Dada en Bogotá, al primer (1°) día del mes de
febrero de dos mil trece (2013).
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
ADRIANA CÓRDOBA ALVARADO
Veedora Distrital
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Número 041
(Enero 31 de 2013)
Por la cual se establecen lineamientos para la
suscripción de contratos de arrendamiento de
locales ubicados en la periferia del Cementerio
Central y Norte y se efectúa una delegación
LA DIRECTORA GENERAL DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS
PÚBLICOS
En uso de sus facultades legales y reglamenta-
rias, en especial las conferidas por el Acuerdo 1
de 2012 expedido por el Consejo Directivo de la
Unidad y,
CONSIDERANDO:
Que mediante la Resolución 648 del 11 de noviembre
de 2011, se establecieron parámetros para la admi-
nistración de los locales ubicados en la periferia de
los Cementerios Distritales del Norte, Sur y Central,
teniendo en cuenta los considerandos expuestos en
detalle dentro del referido Acto Administrativo.
Que en el Artículo 2° de esa Resolución se dispuso que
“las diferentes dependencias de la entidad coordinarán
las actividades necesarias con miras a regularizar la
situación de los ocupantes de los locales comerciales
ubicados en la periferia de los Cementerios Central,
Sur y Norte del Distrito Capital”.
Que en el parágrafo 2° del artículo citado, la Unidad
resolvió: “Para la suscripción de los contratos de
arrendamiento respecto de los locales ubicados en
la periferia de los cementerios Central, Sur y Norte,
tendrán prelación aquellos arrendatarios que tengan
suscrito contrato con la EDIS, hayan cumplido con las
obligaciones de pago por el uso y disfrute de dichos
espacios y se encuentren actualmente haciendo uso de
tal derecho” y en el parágrafo 3, que “para la identica-
ción del actual tenedor del respectivo local la Dirección
Operativa realizará las gestiones pertinentes.”
Que según comunicación 2012-450-0005381 del 20 de
enero de 2012, la Unidad informó a los arrendatarios
y/u ocupantes de los locales comerciales ubicados
en la periferia de los Cementerios Distritales del Sur,
Norte y Central, el proceso de regularización en locales
comerciales.
Que luego de realizados los estudios pertinentes por
parte de la Lonja de Profesionales Avaluadores según
informe del 20 de diciembre de 2012 producido en
desarrollo del Contrato No. 171 de 2012, celebrado
entre esa rma y la UAESP, debidamente revisado por
la Subdirección de Alumbrado y Servicios Funerarios,
la Entidad mediante Acto Administrativo estableció
las tarifas de los cánones de arrendamiento para los
locales comerciales localizados en los Cementerios
Central y Norte de propiedad del Distrito Capital
Que el artículo 9° de la Ley 489 de 1998 autoriza a las
autoridades administrativas a transferir el ejercicio de
funciones a sus colaboradores o a otras autoridades
con funciones anes o complementarias, en virtud de
lo dispuesto en la Constitución Política y de conformi-
dad con esa Ley, que de acuerdo con el parágrafo del
artículo 2° de la misma, referido al ámbito de aplicación,
corresponde a una regla aplicable a las entidades te-
rritoriales, por cuanto dispone que “las reglas relativas
a los principios propios de la función administrativa,
sobre delegación y desconcentración (…) se aplica-

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