RESOLUCION 435 RD 6412 - 11 de Octubre de 2018 - Registro distrital - Legislación - VLEX 742887769

RESOLUCION 435 RD 6412

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 6412 11 OCTUBRE 2018
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 51 • Número 6412 • pP. 1-3 • 2018 • OCTUBRE 11
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. - SECRETARÍA
GENERAL
Resolución Número 435
(Octubre 10 de 2018)
“Por la cual se hacen unos nombramientos en
encargo a unos servidores públicos de carrera
administrativa de la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.”
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de las facultades legales y en especial las
conferidas en el Decreto 101 de 2004, Decreto
375 de 2018 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2.2.5.9.7 del Decreto 1083 de 2015
establece que: “Hay encargo cuando se designa
temporalmente a un empleado para asumir, total o
parcialmente, las funciones de otro empleo vacante por
falta temporal o denitiva de su titular, desvinculándose
o no de las propias de su cargo.”
Que el artículo 24 de la Ley 909 de 2004, en relación
con la gura del encargo dispone lo siguiente: “Mientras
se surte el proceso de selección para proveer empleos
de carrera administrativa, y una vez convocado el
respectivo concurso, los empleados de carrera ten-
drán derecho a ser encargados de tales empleos si
acreditan los requisitos para su ejercicio, poseen las
aptitudes y habilidades para su desempeño, no han
sido sancionados disciplinariamente en el último año y
su última evaluación del desempeño sea sobresaliente.
El término de esta situación no podrá ser superior a
seis (6) meses (…)”
Que mediante el Decreto Distrital 426 del 03 de octubre
de 2016, se modicó la planta de empleos de la Se-
cretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C,
por lo cual se generaron vacantes denitivas.
Que para la provisión de las vacantes denitivas y
temporales, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., adelantó el proceso de convocatoria
interna 01-2018, y como resultado de dicho proceso
se realizaron trece encargos.
Que para la provisión de las vacantes denitivas y
temporales, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., adelantó el proceso de convocatoria
interna 02-2018, con ocasión al primer proceso de
encargos realizado y como resultado de dicho proceso
se realizaron cuatro encargos.
Que para la provisión de las vacantes denitivas y
temporales, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., adelantó el proceso de convocatoria
interna 03-2018, con ocasión a las convocatorias ante-
riores y como resultado de dicho proceso se realizaron
dos encargos.
Que para la provisión de los empleos de carácter
temporal para la Ocina de Alta Consejería para los
Derechos de la Victimas, la Paz y la Reconciliación de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C., adelantó el proceso de convocatoria interna 04-
2018, con ocasión a las convocatorias anteriores, sin
postulaciones a dichos empleos.
Que para la provisión de las vacantes denitivas y
temporales, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C., adelantó el proceso de convocatoria
interna 05-2018.
Que la Dirección de Talento Humano, con base en la
información extractada de las historias laborales de los
servidores públicos que manifestaron interés en los
empleos publicados dentro del proceso de convocato-
ria interna 05-2018 adelantado por la Secretaría Gene-
ral de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., (experiencia
laboral, información académica), el Manual Especíco
de Funciones (Resolución 097 de 2018) y el Decreto
Distrital 367 de 2014, determinó los servidores que de
conformidad con lo señalado en el artículo 24 de la Ley
909 de 2004, acreditan las aptitudes, las habilidades y
reúnen los requisitos para acceder a encargo.
Que de conformidad con la Circular No. 03 de 2014
de la Comisión Nacional del Servicio Civil y en cum-
plimiento del principio de publicidad que rige la ad-
ministración pública, la Secretaría General publicó el
estudio de requisitos mínimos sobre los funcionarios
postulados el 28 de septiembre de 2018 en la intranet,
de esta Secretaría, frente al cual no hubo observacio-
nes por parte de los servidores públicos frente a los
resultados del estudio de encargos; sin embargo se
presentó una solicitud que fue estudiada y se citaron
a entrevista el día 02 de octubre de 2018, realizando
la publicación denitiva el mismo día, frente a la cual
no proceden reclamaciones.
Que el régimen de ingreso, permanencia y promoción
propios de la Carrera Administrativa se caracteriza por
sus connotaciones técnicas y por su decidida orienta-
ción hacia la conformación de un cuerpo administrativo
profesionalizado, cuya legitimidad estriba en el mérito
y la capacidad, con lo cual se garantiza que la admi-
nistración realice la provisión de vacantes denitivas
y temporales por encargo en este proceso.
Que con el n de asegurar una adecuada prestación
del servicio y teniendo en cuenta que del estudio reali-

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