RESOLUCION 199 RD 5109 - 29 de Abril de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 436195798

RESOLUCION 199 RD 5109

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5109 29 ABRIL 2013
EmisorInstituto Distrital de Recreacion y Deporte
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5109 • pP. 1-15 • 2013 • ABRIL 29
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los quince (15) días del
mes de abril de dos mil trece (2013).
CLARISA RUIZ CORREAL
Secretaria Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACIÓN Y DEPORTE- IDRD
- INSTITUTO DISTRITAL DE ARTES-IDARTES
Resolucion Número 199
(Abril 12 de 2013)
“Por medio de la cual se ordena la apertura de
las Convocatorias del Programa Distrital de Es-
tímulos 2013: “BOGOTA CREATIVA Y DIVERSA
del Instituto Distrital de Recreación y Deporte.
EL SUBDIRECTOR TÉCNICO DE PARQUES DEL
INSTITUTO DISTRITAL DE RECREACION Y
DEPORTE- IDRD, Y LA SUBDIRECTORA DE LAS
ARTES DEL INSTITUTO DISTRITAL DE ARTES-
IDARTES
En uso de sus facultades legales, en especial las
conferidas por el Acuerdo 4 de 1978, y el Decreto
1421 de 1993, la Ley 181 de 1995 y la Resolución
023 de 2010, y Resolución 143 de 2011, Resolu-
ción 176 de 2012, Resolución 143 de 2012, y
CONSIDERANDO:
consagra que el ejercicio del deporte, sus mani-
festaciones recreativas, competitivas y autóctonas
tiene como función la formación integral de las
personas, preservar y desarrollas una mejor salud
en el ser humano. El deporte y la recreación, forma
parte de la educación y constituyen gasto público
social. Se reconoce el derecho de todas las per-
sonas a la recreación, a la práctica del deporte y
al aprovechamiento del tiempo libre.
2. Que el Acuerdo 4 de 1978 “Por el cual se crea el
Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte”,
en su Artículo 2.- reza: Funciones. El Instituto
Distrital para la Recreación y el Deporte tendrá
las siguientes funciones:
• Formularpolíticasparaeldesarrollomasivo
del deporte y la recreación en el Distrito
Capital,conel ndecontribuir almejora-
miento físico y mental de sus habitantes,
especialmente de la juventud.
• Coordinarconotrasinstitucionesociales
o privadas, dedicadas a estas materias, el
planeamiento y ejecución de sus progra-
mas.
3. Que la Ley 181 DE 1995 establece que el de-
porte, la recreación y el aprovechamiento del
tiempo libre, son elementos fundamentales de la
educación y factor básico en la formación integral
de la persona.
4. Quela mismaley denelarecreación comoun
proceso de acción participativa y dinámica, que
facilita entender la vida como una vivencia de
disfrute, creación y libertad, en el pleno desarrollo
de las potencialidades del ser humano para su
realización y mejoramiento de la calidad de vida
individual y social, mediante la práctica de activi-
dades físicas o intelectuales de esparcimiento y,
deneelaprovechamientodeltiempolibrecomo
el uso constructivo que el ser humano hace de él,
enbeneciodesuenriquecimientopersonalydel
disfrute de la vida, en forma individual o colectiva.
5. Que en la Política Pública “Bogotá más Activa”
2009- 2019, en la estrategia de Cultura del hábitat,
busca fortalecer la cultura del buen uso y cuida-
do de los parques, como fomentar la creación
de mecanismos de compensación social a la(s)
comunidad(es) que creen, ejecuten y mantengan
programas o eventos que favorezcan la apro-
piación, la visibilización, el uso y cuidado de los
parques.
6. Que la Secretaría de Cultura, Recreación y De-
porte y sus entidades adscritas, han creado el
Programa Distrital de Estímulos, que busca fomen-
tar la promoción de la Cultura, la Recreación, el
Deporte y los Parques, mediante el otorgamiento
de estímulos a organizaciones, colectivos y/o
agrupaciones, personas naturales o jurídicas sin
ánimo de lucro, para el uso, visibilización, promo-
ción, apropiación de los parques, desde el ámbito
cultural, artístico y pedagógico.
7. Que nuestra Constitución Política en su Artícu-
lo 71 dispone que el Estado creará incentivos
para personas e instituciones que desarrollen y
fomenten la ciencia y la tecnología y las demás
manifestaciones culturales, y ofrecerá estímulos
especiales a personas e instituciones que ejerzan
estas actividades.
8. Que dentro de este mismo contexto, la Ley 397
de 1997 prevé en su Artículo 17 que el Estado
fomentará las artes en todas sus exposiciones y
las demás manifestaciones simbólicas expresivas.
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9. Que el Artículo 18 de Ley en mención contempla
que el Estado establecerá estímulos especiales
y promocionará la creación, la actividad artística
y cultural, la investigación y el fortalecimiento de
las expresiones culturales.
10. Que el Instituto Distrital de las Artes –IDARTES
es un establecimiento público del orden distrital,
con personería jurídica, autonomía administrativa
ynancieraypatrimoniopropio,adscritoalaSe-
cretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte
- IDIRD, de cuyo Sector hace parte integrante.
11. Que el objeto del Instituto Distrital de las Artes
– IDARTES es la ejecución de políticas, planes,
programas y proyectos para el ejercicio efectivo
de los derechos culturales de los habitantes del
Distrito Capital, en lo relacionado con la formación,
creación, investigación, circulación y apropiación
de las áreas artísticas de literatura, artes plásticas,
artes audiovisuales, arte dramático, danza y músi-
ca, a excepción de la música sinfónica, académica
y el canto lírico.
12. Que para el cumplimiento de su objeto, se esta-
blecieron en el Acuerdo 440 de 2010 entre otras,
las siguientes funciones básicas:
“(...). b) Ejecutar las políticas, planes, programas
y proyectos para la formación, creación, investi-
gación, circulación y apropiación de la literatura,
las artes plásticas, las artes audiovisuales, el arte
dramático, la danza y la música, exceptuando la
música sinfónica, académica y el canto lírico en
el Distrito Capital.
c) Diseñar y ejecutar estrategias que garanticen
el desarrollo de las expresiones artísticas que
interpreten la diversidad cultural de los habitantes
del Distrito Capital.
d) Ejecutar las políticas, planes, programas y
proyectos orientados a fortalecer los procesos
de participación, planeación, fomento, organiza-
ción, información y regulación del campo de las
áreas artísticas de literatura, artes plásticas, artes
audiovisuales, arte dramático, danza y música, a
excepción de la música sinfónica, académica y el
canto lírico.
13. Que es función del Instituto Distrital para la Re-
creación y el Deporte- IDRD- formular políticas
para el desarrollo masivo del deporte y la recrea-
ciónenelDistritoCapital,conelndecontribuir
al mejoramiento físico y mental de sus habitantes,
especialmente de la juventud y, coordinar con
otrasinstitucionesocialesoprivadas,dedicadas
a estas materias, el Planeamiento y ejecución de
sus programas.
14. Que el Instituto Distrital de las Artes- IDARTES, el
Instituto Distrital de Recreación y Deportes – IDRD
y la Secretaría de Cultura Recreación y Deportes
suscribieron convenio interadministrativo No. 056
de 2012, con el objeto de aunar esfuerzos huma-
nos,técnicos,administrativos ynancieros para
el acompañamiento y orientación en la política de
fomento a través de las convocatorias públicas en
el sector deportivo, de actividad física y artístico
de Bogotá, D. C.
15. Que el sector Cultura, Recreación y Deporte tiene
como misión garantizar las condiciones para el
ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los
derechos a la cultura, a la recreación y al deporte
de los habitantes del Distrito Capital, así como
fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial
y deportivo.
16. Que es oportuno entregar estímulos para premiar
los ganadores de las Convocatorias IDRD – 2013,
concurso “Viernes al Parque” como una forma
de visibilizar y fortalecer el uso de los parques,
para el desarrollo de proyectos que favorezcan
el uso, la visibilizarían, promoción fortalecimiento
y apropiación de los parques en el Distrito desde
el ámbito cultural, artístico y pedagógico.
17. Que para la convocatoria del considerando an-
terior, se otorgarán estímulos-becas económicos
a las propuestas que sean viables y obtengan la
mejor evaluación, y por lo tanto resulten seleccio-
nadas como ganadores, así:
VALOR DEL
ESTíMULO
NUMERO DE
ESTíMULOS
OTORGADOS
VALOR TOTAL DE
LOS ESTíMULOS
FINANCIEROS
$ 8.000.000.00 8 $ 64.000.000.00
18. Que los recursos serán distribuidos entre los selec-
cionados de acuerdo con el criterio del jurado, según
el número de integrantes y el valor establecido por
presentación. Los ganadores ejecutarán la propuesta
premiada con dos (2) presentaciones artísticas en
dos parques zonales cerrados y abiertos del Distrito,
conforme a lo estipulado en la Cartilla del concurso
“Viernes al parque”
19. Que dentro del presupuesto de inversión asigna-
do tanto a IDARTES como el IDRD, para la presente
vigenciascal, seencuentran previstoslos recursos
necesarios para respaldar los estímulos económicos
establecidos como premios dentro del Programa
Distrital de Estímulos 2013, de conformidad con los
compromisos adquiridos en los términos y condiciones
del concurso “Viernes al parque”.
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20. Que para respaldar el desembolso de los estímulos
económicos en comento, el IDRD e IDARTES, cuentan
conloscorrespondientescerticadosdedisponibilidad
presupuestal descritos en la parte resolutiva del pre-
sente acto administrativo, los cuales fueron expedidos
por los responsables de presupuesto de cada entidad.
Que en mérito de lo expuesto:
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Ordenar la apertura del con-
curso “VIERNES AL PARQUE”, de las Convocatorias
que adelanta el IDRD- 2013, dentro del marco del
Programa Distrital de Estímulos “Bogotá Creativa y
Diversa”, de acuerdo a lo estipulado en la cartilla que
forma parte de la presente Resolución, hasta la cuantía
establecida para este concurso.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Entregar los estímulos-becas
para premiar a los ganadores de la convocatoria “Vier-
nes al Parque”, así:
VALOR DEL
ESTIMULO
NUMERO DE
ESTIMULOS
OTORGADOS
VALOR TOTAL DE
LOS ESTIMULOS
FINANCIEROS
$8.000.000.00 8 $64.000.000.00
ARTÍCULO TERCERO.- Para el presente concurso el
Instituto Distrital de Deporte –IDRD, aporta la suma de
cuarenta y cuatro millones de pesos moneda corriente
($44.000.000.00), valor que se encuentra respaldado
conelCerticadodeDisponibilidadPresupuestalNo.
884 de 05 de abril de 2013, expedida por el Respon-
sable de Presupuesto de la entidad.
ARTÍCULO CUARTO.- Para el presente concurso
el Instituto Distrital de las Artes- IDARTES, aporta la
suma de Veinte millones de pesos moneda corriente
($20.000.000.00), valor que se encuentra respaldado
con la Disponibilidad Presupuestal No. 466 del 02 de
abril de 2013, expedida por el Responsable de Presu-
puesto de la entidad.
ARTÍCULO QUINTO.- Los requisitos y condiciones
generalesyespecícas de participación para este
concurso cuya apertura dispone el presente acto, son
los establecidos las cartillas las cuales se anexan y
forman parte integral de la presente Resolución.
ARTÍCULO SEXTO.- Ordenar la publicación en la pági-
nas webs del Instituto Distrital de Recreación y Deporte
y del Instituto Distrital de las Artes- IDARTES, tanto de
la presente Resolución, como de la información con-
cerniente al concurso de la convocatoria: “VIERNES
AL PARQUE”, del Programa Distrital de Estímulos a
los ganadores de las convocatorias que adelanta el
IDRD- 2013, dentro del marco del Programa Distrital
de Estímulos BOGOTÁ CREATIVA Y DIVERSA.
ARTÍCULO SÉPTIMO.- Contra la presente resolución
no prodecen los recursos de Ley.
ARTÍCULO OCTAVO.- La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los doce (12) días del
mes de abril de dos mil trece (2013).
LUIS DAVID GARZÓN CHAVES
Subdirector Técnico de Parques
IDRD
BERTHA QUINTERO MEDINA
Subdirectora de las Artes
IDARTES
Anexos: Cartilla de la Convocatoria “VIERNES AL
PARQUE”

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