RESOLUCION 000022 RD 4365 - 27 de Enero de 2010 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438732506

RESOLUCION 000022 RD 4365

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4365 27 ENERO 2010
EmisorSecretaria Distrital de Desarrollo Económico
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4365 • pP. 1-1 • 2010 • ENERO 27
RESOLUCIÓN DE 2010
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 44
Número 4365
2010 ENero 27
SECRETARíA DISTRITAL DE DESARROLLO ECONÓMICO
Resolución Número 000022
(Enero 25 de 2010)
“Por la cual se complementa el Código de Ética
de la Secretaría Distrital de Desarrollo Económi-
co y se modica el artículo 1°de la Resolución
No. 202 de 2007”
LA SECRETARIA DISTRITAL DE
DESARROLLO ECONÓMICO
En uso de sus atribuciones legales y reglamenta-
rias, en especial de las conferidas en los artícu-
los 23 y 78 del Acuerdo 257 de 2006 y en el
artículo 5 del decreto 552 de 2006,
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con lo establecido en el artículo
209 de la Constitución Política de Colombia: “La fun-
ción administrativa está al servicio de los intereses
generales y se desarrolla con fundamento en los
principios de igualdad, moralidad, ecacia, economía,
celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la des-
centralización, la delegación y la desconcentración de
funciones [...]”
Que en el artículo 21 del Acuerdo 119 de 2004 “Por
el cual se adopta el Plan de Desarrollo Económico,
Social y de Obras Públicas para Bogotá D.C. 2004
- 2008 Bogotá sin indiferencia un compromiso social
contra la pobreza y la exclusión”, fue incluido el Ob-
jetivo de Gestión Pública Humana con el propósito
de “Fortalecer la gestión institucional, haciéndola
humana, sostenible y ecaz, para garantizar la ma-
terialización y el respeto de los derechos humanos
y demás derechos constitucionales y legales como
condición fundamental para el logro de una Bogotá
Sin Indiferencia. Se trata de adecuar y desarrollar la
organización Distrital y de preparar la institucionalidad
para avanzar decididamente hacia la inclusión social
y la satisfacción progresiva de los derechos, así como
de la integración urbano-regional, la reconciliación, la
convivencia ciudadana, la participación y la seguridad
ciudadana, dentro del marco de la descentralización y
desconcentración”.
Que el Decreto Nacional No. 3622 del 10 de octubre
de 2005 “Por el cual se adoptan las políticas de desa-
rrollo administrativo y se reglamenta el capítulo cuarto
de la Ley 489 de 1998 en lo referente al Sistema de
Desarrollo Administrativo”, en su artículo 7º, adopta
como política de desarrollo administrativo la morali-
zación y transparencia en la Administración Pública,
indicando que “se orienta a la formación de valores de
responsabilidad y vocación de servicio que garanticen
el interés general en la administración de lo público y
se promueva la publicidad de las actuaciones de los
servidores públicos; así mismo, se orienta a la pre-
vención de conductas corruptas y a la identicación
de áreas susceptibles de corrupción”.
Que mediante el Acuerdo distrital 244 del 26 de sep-
tiembre de 2006, se establecieron y desarrollaron
principios y valores éticos para el ejercicio de la función
pública en el Distrito Capital.
Que en el artículo 4º del mencionado acuerdo se se-
ñalan los principios y valores básicos que orientarán
la gestión pública distrital, estableciendo como tales la
probidad, el respeto, la responsabilidad, la solidaridad,
el trabajo en equipo y el servicio.
Que el Acuerdo referido, en su artículo 8º establece
los Gestores de Ética, indicando que “en cada enti-
dad distrital se designarán gestores de ética, quienes
serán los dinamizadores del proceso de la gestión
ética y trabajarán en estrecha conexión con el Comité
de Ética que para el efecto establecerá el Gobierno
Distrital […]”

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