RESOLUCION 1283 RD 4457 - 6 de Julio de 2010 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438734010

RESOLUCION 1283 RD 4457

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4457 6 JULIO 2010
EmisorSecretaria Distrital de Planeación
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 44 • Número 4457 • pP. 1-3 • 2010 • JULIO 6
SECRETARÍA DISTRITAL DE PLANEACIÓN
Resolución Número 1283
(Junio 28 de 2010)
“Por la cual se modica el numeral 5.2.1.2. del
Manual de Contratación de la Secretaria Distrital
de Planeación y se dictan otras disposiciones”
LA SECRETARIA DE DESPACHO DE LA SECRE-
TARIA DISTRITAL DE PLANEACIÓN
En uso de sus facultades legales, en especial de
las dispuestas en la Ley 80 de 1993, Ley 1150 de
2007, Decreto 2474 de 2008, Decreto Distrital 550
de 2006, y demás normas concordantes y,
CONSIDERANDO:
Que el nuevo procedimiento que se adopta por el
presente instrumento para la selección de contratista
a través de la modalidad de selección – contratación
directa, prevista en el artículo 82 del Decreto 2474 de
2008, atiende a los principios de la función adminis-
trativa de que habla el artículo 209 de la Constitución
Política y a los principios rectores de la contratación
estatal.
Que mediante Resolución No. 0840 del 02 de octubre
de 2008, se adoptó el Manual de Contratación de la
Secretaria Distrital de Planeación.
Que el numeral 5.2.1.2. del Manual de Contratación
de la Secretaria Distrital de Planeación, regula el pro-
cedimiento a seguir para la suscripción de “Contratos
de prestación de servicios profesionales y de apoyo a
la gestión, o para la ejecución de trabajos artísticos”.
Que la primera viñeta del numeral 5.2.1.2. establece
que adicional a los requisitos solicitados en los nu-
merales 4.1.1. al 4.1.3.2., deberá allegarse: “Cuadro
Comparativo de hojas de vida o propuestas con sopor-
tes académicos y experiencia (2 ofertas de personas
naturales o jurídicas con capacidad para ejecutar el
objeto a contratar)”.
Que el artículo 82 del Decreto 2474 de 2008 preceptúa
que: “Para la prestación de servicios profesionales y
de apoyo a la gestión la entidad estatal podrá contra-
tar directamente con la persona natural o jurídica que
esté en capacidad de ejecutar el objeto del contrato
y que haya demostrado la idoneidad y experiencia
directamente relacionada con el área de que se trate,
sin que sea necesario que haya obtenido previamente
varias ofertas, de lo cual el ordenador del gasto deberá
dejar constancia escrita. Los servicios profesionales
y de apoyo a la gestión corresponden a aquellos de
naturaleza intelectual diferentes a los de consultoría
que se derivan del cumplimiento de las funciones de la
entidad. Para la contratación de trabajos artísticos que
solo pueden encomendarse a determinadas personas
naturales, la entidad justicará dicha situación en el
respectivo contrato”.
Que la normativa vigente para la suscripción de “Con-
tratos de prestación de servicios profesionales y de
apoyo a la gestión, o para la ejecución de trabajos
artísticos que solo pueden encomendarse a determina-
das personas naturales”, no exige la obtención previa
de varias ofertas ni la comparación de las mismas ni
de sus soportes documentales, exige vericar que el
contratista seleccionado cuente con la capacidad de
ejecutar el objeto del contrato y la idoneidad y expe-
riencia directamente relacionada con el área de que
se trate.
Que así las cosas, se hace necesario modicar la
primera viñeta del numeral 5.2.1.2. del Manual de
Contratación de la Secretaria Distrital de Planeación
y ajustar este proceso a la normativa vigente, esto
es, a lo dispuesto en el artículo 82 del Decreto 2474
de 2008.
Que en virtud de lo anterior,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1.- Modicar el numeral 5.2.1.2. del Manual
de Contratación de la Secretaria Distrital de Planea-
ción, el cual quedará así:
“5.2.1.2. Contratos de prestación de servicios profe-
sionales y de apoyo a la gestión, o para la ejecución
de trabajos artísticos. 64
Cuando la entidad adquiera bienes o servicios bajo
esta modalidad, deberá darse cumplimiento a los
numerales 4.1.1 al 4.1.3.2. Adicionalmente se debe
allegar 65:
64 art. 82, Decreto 2474/08
65 Procedimiento SDP
Constancia elaborada y suscrita por el
Subsecretario (a) y/o Director (a) y/o
Jefe (a) de la dependencia solicitante, así
como por el (la) Ordenador (a) del Gasto,
en donde se haga constar la capacidad
de ejecutar el objeto del contrato y las
condiciones de idoneidad (formación aca-
démica y experiencia tanto general como
RESOLUCIONES DE 2010

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