RESOLUCION 1029 RD 4331 - 2 de Diciembre de 2009 - Registro distrital - Legislación - VLEX 445774522

RESOLUCION 1029 RD 4331

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4331 2 DICIEMBRE 2009
EmisorEmpresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 43 • Número 4331 • pP. 1-2 • 2009 • DICIEMBRE 2
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de propiedad de la misma, por tanto al ser instalado
en el predio del usuario, se le deberá entregar a éste
en custodia. En tal caso, el usuario responderá por
cualquier pérdida, hurto o daño imputable al mismo
o a un tercero.
Que adicionalmente, como el cambio de los medidores
que se efectúe se realizará por mejoramiento en la
tecnología, el medidor que sea retirado no será so-
metido a pruebas de laboratorio. Sin embargo, como
el medidor que se retira es de propiedad del usuario,
a éste se le deberá entregar el aparato.
Que de conformidad con el literal g) del artículo 15 del
Acuerdo 01 de 2002, corresponde al Gerente General
establecer el precio y la forma de pago de los bienes
y obras accesorias a los servicios de acueducto y
alcantarillado.
Que mediante la Resolución 0158 de 2008 el Geren -
te General delegó en los Gerentes Corporativos, los
asuntos relacionados con sus propias competencias
y la determinación de las tarifas de los servicios pres-
tados por sus respectivas dependencias, conexos con
los servicios públicos domiciliarios.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO 1°.- Las zonas diseñarán e implementarán
un programa piloto con equipos de tecnologías avan-
zadas consistente en la instalación de medidores de
alta precisión a usuarios clasicados como Grandes
Consumidores, tendiente a controlar las perdidas a
partir de la minimización del riesgo de fallas en la
medición.
PARÁGRAFO: Dentro del mencionado Programa
también se incluye el programa piloto de medidores
electromagnéticos instalados a Grandes Consumido-
res en las Zonas 2 y 5.
ARTÍCULO 2°.- Dentro de esta prueba piloto, el costo
del medidor y su instalación, para los usuarios clasica-
dos como Grandes Consumidores que se encuentren
dentro de dicho programa, será a cargo de la Empresa
con recursos del Programa de Control Pérdidas, por
tanto será de su propiedad.
PARÁGRAFO: Dado que el cambio obedece a una
prueba piloto por actualización tecnológica de los apa-
ratos de medida, el cambio se efectuará sin necesidad
de mediar prueba de laboratorio.
ARTÍCULO 3°.- El medidor que sea retirado, por ser de
propiedad del usuario, debe ser entregado a éste.
ARTÍCULO 4°.- El nuevo medidor y todos sus compo-
nentes que se instalen dentro del programa que aquí
se establece, se entregará al usuario bajo la gura de
custodia, en tal sentido, éste responderá por cualquier
pérdida o deterioro que el aparato sufra, como conse-
cuencia de hechos suyos o de terceros.
Parágrafo primero: Los elementos y equipos instalados
son libres de mantenimiento, no obstante el Acueducto
a través del Laboratorio de Medidores, realizará de
forma periódica la vericación de su funcionamiento.
Parágrafo segundo: Los elementos y componentes
del equipo, que se deterioren y/o presenten daños
con el paso del tiempo y que se consideren como
desgaste normal del mismo, serán reemplazados por
la Empresa de Acueducto a su cargo, en el momento
que se requiera.
ARTÍCULO 5°.- La presente resolución rige a partir
de la fecha de su publicación, y deroga todas las dis-
posiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., al primer (1o.) día del mes
de diciembre de dos mil nueve (2009).
GLORIA CECILIA ARISTIZABAL F.
Gerente Corporativo de Servicio al Cliente
Resolución Número 1029
(Diciembre 1 de 2009)
Por medio de la cual se jan políticas para el
pago a terceros.
EL GERENTE CORPORATIVO FINANCIERO DE
LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARI-
LLADO DE BOGOTÁ ESP,
en ejercicio de sus facultades, en especial la
contenida en el parágrafo del artículo 1º de la
resolución 158 de 2008 de la Gerencia General y,
CONSIDERANDO:
Que en el artículo primero de la resolución 158 de
2008, el Gerente General del Acueducto de Bogotá
delegó en el Gerente Corporativo Financiero la facultad
de emitir actos administrativos relacionados con las
actividades propias de su área.
Que la resolución 527 del 7 de julio de 2007 “por la
cual se ajusta el manual especíco de funciones y
competencias laborales de los Empleados Públicos de
la EAAB ESP”, señala como propósito general de las

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