RESOLUCION 0860 RD 3428 - 28 de Octubre de 2005 - Registro distrital - Legislación - VLEX 447983602

RESOLUCION 0860 RD 3428

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 3428 28 OCTUBRE 2005
EmisorDepartamento Administrativo de Bienestar Social
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 39 • Número 3428 • pP. 1-45 • 2005 • OCTUBRE 28 45
ARTÍCULO 6: La presente Resolución rige a partir de
su ejecutoria.
Dada en Bogotá D.C., a los siete (7) días del mes
de octubre de dos mil cuatro (2004).
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE.
FANNY SERRANO DÍAZ
Gerente del COL Kénnedy
Resolución Número 0860
(Noviembre 10 de 2004)
"Por medio de la cual se declara la caducidad
del Contrato No. 1352 de octubre 31 de 2003."
LA DIRECTORA (E) DEL DEPARTAMENTO
ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL
DEL DISTRITO CAPITAL
En cumplimiento de las atribuciones legales y en
especial las conferidas en el Decreto
No. 854 de 2001 y,
CONSIDERANDO:
Que entre BOGOTÁ D.C - DEPARTAMENTO ADMI-
NISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL - COL
KÉNNEDY y MANUEL GUILLERMO MARTÍNEZ TO-
RRADO, identificado con la cédula de ciudadanía No.
19.178.613 de Bogotá, en calidad de Contratista y re-
presentante legal de la CORPORACIÓN PARA EL
DESARROLLO HUMANO VIDA, entidad sin ánimo de
lucro, con NIT. No. 830.042.850 - 5, y domicilio en
Bogotá D.C., se celebró el Contrato de Prestación de
Servicios No. 1352 de octubre 31 de 2003, cuyo Obje-
to según la CLÁUSULA PRIMERA es la "PRESTA-
CIÓN, OPERACIÓN, ORGANIZACIÓN Y GESTIÓN
DE LOS SERVICIOS SOCIALES DE FORMACIÓN Y
CAPACITACIÓN DENTRO DEL MARCO DEL PRO-
YECTO 7318 "INTEGRACIÓN FAMILIAR Y COMUNI-
TARIA EN CENTROS DE DESARROLLO COMUNI-
TARIO CDC", EN DESARROLLO DE LOS SERVICIOS
DE: a) EDUCACIÓN NO FORMAL E INFORMAL, b)
CAPACITACIÓN Y RECREACIÓN DEPORTIVA, c)
CAPACITACIÓN Y FORMACIÓN ARTÍSTICO CULTU-
RAL, d) CULTURA CIUDADANA MEDIANTE LA REA-
LIZACIÓN DE TALLERES, CURSOS, EVENTOS Y
UTILIZACIÓN DE ESPACIOS FÍSICOS, EN LAS INS-
TALACIONES DEL CDC BELLAVISTA DEL DABS",
por valor estimado de CIEN MILLONES DE PESOS
($ 100.000.000,oo) M/CTE.
Que el plazo para la ejecución del contrato menciona-
do se estipuló según la CLÁUSULA CUARTA en UN
(1) AÑO, contado a partir del doce (12) de noviembre
de 2003, de acuerdo con el Acta de Iniciación.
Que de acuerdo con la CLÁUSULA DÉCIMA - GARAN-
TÍAS, estipulada en el documento contractual, la COM-
PAÑÍA DE SEGUROS GENERALES CÓNDOR S.A.,
con NIT. No. 890.300.465 - 8, expidió al Contratista la
PÓLIZA DE SEGURO DE CUMPLIMIENTO No.
7785545 de fecha 5 de noviembre de 2003, la cual se
encuentra vigente al momento de la declaratoria de la
caducidad del contrato, con el fin de asegurar el co-
rrecto cumplimiento de las obligaciones del mismo, la
cual respalda los amparos de cumplimiento, buen
manejo de los recursos, prestaciones sociales e
indemnizaciones y calidad del servicio.
Que por medio de la Resolución No. 001 de agosto 4
de 2004, se declaró el incumplimiento del Contrato de
Prestación de Servicios No. 1352 de octubre 31 de
2003, la cual fue notificada personalmente al represen-
tante legal de la CORPORACIÓN PARA EL DESARRO-
LLO HUMANO VIDA, con NIT. No. NIT. No. 830.042.850
- 5, el día 5 de agosto de 2004, y al representante legal
de la COMPAÑÍA DE SEGUROS GENERALES CÓN-
DOR S. A., con NIT. No. 890.300.465 - 8, el día 9 de
agosto de 2004, ante testigos.
Que por medio de la Resolución No. 002 de octubre 7
de 2004, se confirmó en todo su contenido la Resolu-
ción No. 001 de agosto 4 de 2004, la cual fue notifica-
da personalmente al Contratista y al Representante
Legal de la Compañía de Seguros.
Que la Subdirección de Desarrollo Local del Departa-
mento Administrativo del Departamento, y el COL
Kennedy por medio de la Supervisora del contrato y la
Gerente, remitieron a la Oficina Asesora Jurídica, a
través de los Memorandos radicados bajo los Nos. 3-
2004-28176 y 3-2004- 28274 de 2004, el informe de
acompañamiento y seguimiento financiero realizado de
manera minuciosa por el profesional de apoyo de la
Subdirección mencionada, en coordinación con la su-
pervisora del contrato, encontrándose varias irregulari-
dades a los informes presentados por el contratista,
de acuerdo al análisis efectuado en el anexo que hace
parte integrante de ésta resolución ( Folios 187 a 241
de la carpeta de informes), siendo hechos diferentes
a los de la primera declaratoria de incumplimien-
to, evidenciándose irregularidades de tipo financiero
las cuales se resumen, así :
* Existe una diferencia entre los egresos reporta-
dos y los retiros realizados de la cuenta bancaria.
La diferencia con corte julio 31/04 asciende a
$19.967.426, donde el contratista no presenta so-
portes de los gastos realizados.

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