RESOLUCION 2428 RD2718 - 18 de Septiembre de 2002 - Registro distrital - Legislación - VLEX 449163334

RESOLUCION 2428 RD2718

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2718 18 SEPTIEMBRE 2002
EmisorSecretaria de Educacion
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 35 • Número 2718 • pP. 1-13 • 2002 SEPTIEMBRE 18 13
debiéndose en todo caso seleccionar el nombre de
uno de los establecimientos educativos que la confor-
man.
Parágrafo. Si el nombre de uno de estos estableci-
mientos educativos ha sido definido mediante ley, or-
denanza o acuerdo, este se conservará como la deno-
minación definitiva de la institución integrada.
ARTÍCULO 4º. Planta de personal. La Dirección de
Recursos Humanos y la Gerencia de CADEL corres-
pondiente, organizarán la planta de personal directivo,
docente y administrativo, dentro del mes siguiente a la
fecha de vigencia de la presente resolución, con base
en los parámetros establecidos.
ARTÍCULO 5º. Unificación del Fondo de Servicios
Educativos. Los ordenadores de gasto de los estable-
cimientos educativos que se integran liquidarán los res-
pectivos Fondos de Servicios Docentes (actualmente
Fondos de Servicios Educativos), dentro de los dos
meses siguientes a la fecha de vigencia de la presente
resolución de integración, de conformidad con el proce-
dimiento establecido, con excepción del fondo de ser-
vicios educativos del COLEGIO DISTRITAL DE USME,
el cual se mantendrá como fondo de servicios educati-
vos de la institución integrada.
ARTÍCULO 6º. Unificación de inventarios. La Direc-
ción de Servicios Administrativos, en coordinación con
el Ordenador de Gasto de la institución educativa inte-
grada, unificará los inventarios de bienes, dentro de los
tres meses siguientes a la fecha de vigencia de la
presente resolución, con el fin de lograr la mejor utiliza-
ción de los recursos disponibles.
ARTICULO 7º. Unificación del Gobierno Escolar y
de las organizaciones en la institución educativa.
De acuerdo con los procedimientos establecidos en las
normas vigentes, el rector de la institución educativa
integrada promoverá y desarrollará acciones que ase-
guren la unificación de los diferentes órganos del Go-
bierno Escolar, y de las asociaciones de padres de fa-
milia y de estudiantes de la institución integrada, den-
tro de los dos meses siguientes a la fecha de vigencia
de la resolución de integración.
ARTÍCULO 8º. Articulación del PEI. De acuerdo con
los procedimientos establecidos en las normas vigen-
tes, el rector promoverá y desarrollará acciones que
aseguren la unificación del Proyecto Educativo
Institucional, dentro de los ocho meses siguientes a la
fecha de vigencia de la resolución de integración, en
especial lo concerniente al plan de estudios, al manual
de convivencia y al sistema de evaluación y promo-
ción, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 230 de
2002. Esta información deberá consignarse en la he-
rramienta informática PRISMA.
ARTÍCULO 9º. Reestructuración de la oferta educa-
tiva. El rector presentará a la Gerencia de CADEL, an-
tes del 30 de agosto de 2002, la propuesta de reestruc-
turación de la oferta educativa para el año 2003.
ARTÍCULO 10º. Selección de uniforme. La institu-
ción seleccionará el uniforme único de diario y el de
educación física de los estudiantes de acuerdo con lo
establecido por la Secretaría de Educación en la Reso-
lución 5505 del 28 de agosto de 2001. En todo caso,
los estudiantes de los establecimientos educativos o
jornadas integradas conservarán su actual uniforme has-
ta cuando sea necesario reemplazarlo por deterioro.
ARTÍCULO 11º. Organización de archivos. La insti-
tución integrada organizará los archivos históricos y los
de gestión académica y administrativa, dentro de los
seis meses siguientes a la expedición de la presente
resolución.
ARTÍCULO 12°. Expedición de certificaciones. La
institución educativa integrada mediante la presente re-
solución expedirá los certificados académicos, las cons-
tancias de estudio y las constancias sobre los títulos
obtenidos por los estudiantes que cursaron y aproba-
ron estudios en los centros educativos que se integran.
ARTÍCULO 13°. La presente resolución constituye el
reconocimiento de carácter oficial de la INSTITUCION
EDUCATIVA DISTRITAL USME - FRANCISCO ANTO-
NIO ZEA - MARIA AUXILIADORA.
ARTICULO 14°. La presente resolución rige a partir de
la fecha de expedición.
Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de
agosto del año 2002
COMUNIQUESE Y CUMPLASE
Original firmado por la Dra. Margarita Peña
Borrero
MARGARITA PEÑA BORRERO
Secretaria de Educación
Resolución Número 2428
(Agosto 20 de 2002)
"Por el cual se deroga la Resolución No. 2103 del
18 de julio de 2002, y se integran el Colegio
Distrital Nuevo Kennedy, el CED Pastranita y el

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