RESOLUCION 065 RD 5181 - 20 de Agosto de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 457806150

RESOLUCION 065 RD 5181

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5181 20 AGOSTO 2013
EmisorInstituto Para Investigacion Educativa y Desarrollo Pedagogico
33
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 47 • Número 5181 • pP. 1-33 • 2013 • AGOSTO 20
INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL
DESARROLLO PEDAGÓGICO – IDEP
Resolución Número 065
(Agosto 12 de 2013)
“Por medio de la cual se acoge para el Instituto
para la Investigación Educativa y el Desarrollo
Pedagógico el régimen de transición ordenado
por el artículo 162 del Decreto Nacional 1510 de
2013 y se ordena continuar dando aplicación al
Decreto Nacional 734 de 2012 en toda su acti-
vidad contractual hasta el 31 de diciembre de
2013”.
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO
PARA LA INVESTIGACIÓN EDUCATIVA Y EL
DESARROLLO PEDAGÓGICO – IDEP
En uso de sus facultades legales y reglamenta-
rias y en particular las conferidas por el artículo
10 del Acuerdo Distrital N° 26 de 1994 y el artí-
culo 16 de la Resolución 01 del 21 de marzo de
2000 del Consejo Directivo del IDEP, y el artículo
162 del Decreto Nacional 1510 de 2013 y,
CONSIDERANDO:
Que el Gobierno Nacional expidió el Decreto 1510
del 17 de julio de 2013, derogando expresamente los
Decretos 734 de 2012 y 1397 de 2012.
Que el Decreto 1510 del 17 de julio de 2013, que
reglamenta el sistema de compras y contratación
pública, determinó en su artículo 161, que entraría en
vigencia a partir del 15 de agosto de 2013, excepto
para aquellas entidades que se acojan al régimen de
transición establecido en su artículo 162, ídem, cuyos
apartes a aplicar para la expedición del presente acto
se citan literalmente así:
“Artículo 162. Régimen de transición. El siguiente es
el régimen de transición del pre sente decreto:
(…)
2. Aplicación transitoria del Decreto número 734 de
2012. Aquellas Entidades Estatales que, por razones
operativas derivadas de la necesidad de ajustar sus
procedimientos internos de contratación a la nueva
reglamentación, consideren necesario continuar
aplicando las disposiciones del Decreto número 734
de 2012 pueden hacerlo para todos sus Procesos de
Contratación durante el periodo de transición que se
extiende hasta el 31 de diciembre de 2013.
Para el efecto, las Entidades Estatales deben expedir
a más tardar el 15 de agosto de 2013, un acto admi-
nistrativo de carácter general en el cual maniesten
que se acogen a dicho periodo de transición, el cual
debe ser publicado en el Secop. (…)”
Que el Comité de Contratación del Instituto para la
Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico
IDEP, analizó en su sesiones ordinarias de los días
24 de julio y 9 de agosto de 2013, según consta en las
actas Nos 08 y 09 de 2013, la viabilidad de acogerse
al periodo de transición dispuesto en el Decreto 1510
de 2013, adoptando la decisión por unanimidad de
autorizar al ordenador del gasto y responsable de la
contratación para expedir el acto administrativo moti-
vado ordenando que el Instituto se acogería a dicho
periodo y que por tanto las actividades contractuales
del IDEP hasta el 31 de diciembre de 2013 continuarían
rigiéndose por el Decreto 734 de 2012.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Acoger para el Instituto para la
Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico el
régimen de transición ordenado por el artículo 162 del
Decreto Nacional 1510 de 2013 y ordenar continuar
dando aplicación al Decreto Nacional 734 de 2012 en
toda su actividad contractual hasta el 31 de diciembre
de 2013.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Ordenar la publicación del
presente acto administrativo en el Sistema Electrónico
para la Contratación Pública SECOP y en la página
web del IDEP.
ARTÍCULO TERCERO.- Las Ocinas Asesoras de
Planeación y Jurídica del Instituto desde sus com-
petencias, adelantarán los trámites necesarios para
la expedición, adopción e implementación del nuevo
manual de contratación del IDEP, el cual en todo caso
se expedirá una vez Colombia Compra Eciente expida
los lineamientos para su construcción.
ARTÍCULO CUARTO.- El presente acto rige a partir
de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los doce (12) días del
mes de agosto de dos mil trece (2013).
NANCY MARTÍNEZ ÁLVAREZ
Directora General
Instituto para la Investigación Educativa y el Desarrollo
Pedagógico - IDEP

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR