Resolución 467, por la cual se asignan setenta y ocho (78) Subsidios Familiares de Vivienda Urbana correspondientes a la aceptación de recursos de reposición interpuestos contra la Resolución número 106 del 3 de agosto de 2005 de la Bolsa Ordinaria. - 5 de Junio de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43237335

Resolución 467, por la cual se asignan setenta y ocho (78) Subsidios Familiares de Vivienda Urbana correspondientes a la aceptación de recursos de reposición interpuestos contra la Resolución número 106 del 3 de agosto de 2005 de la Bolsa Ordinaria.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín46290

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda en uso de las facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido por el artículo 6 de la Ley 3ª de 1991, los numerales 1° y 9° del artículo 3° y el numeral 3° del artículo del Decreto 555 de 2003 y el artículo 40 del Decreto 975 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 3ª de 1991, en su artículo 6 define el Subsidio Familiar de Vivienda ¿(...) como un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitarle una solución de vivienda de interés social, sin cargo de restitución siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que establece la ley (...)¿;

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 1 del artículo del Decreto 555 de 2003, corresponde al Fondo Nacional de Vivienda, administrar los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana;

Que el numeral 9° del artículo del Decreto 555 de 2003, establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda ¿Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional¿;

Que el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003 establece que al Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, le compete dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de las funciones de este;

Que el artículo 48 del Decreto 975 de 2004, establece que ¿los postulantes no beneficiados que se sientan afectados por el resultado de los procesos de preselección y asignación de subsidios adelantados por el Fondo Nacional de Vivienda podrán interponer ante dicha entidad, en los términos y condiciones establecidos por la ley, los recursos a que haya lugar contra las...

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