Resolución 470, por la cual se ordena la apertura de una licitació - 9 de Marzo de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43234361

Resolución 470, por la cual se ordena la apertura de una licitació

EmisorVarios - Fondo del Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia
Número de Boletín46205

El Director General del Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles N acionales de Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las que confiere el artículo 11 de la Ley 80 de 1993, y

CONSIDERANDO:

Primero. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 4° del Decreto número 1591 de 1989, ¿por el cual se crea el Fondo de Pasivo Social de Ferrocarriles Nacionales de Colombia¿, dispone que: ¿Los servicios que le corresponda atender al Fondo deberán prestarse a través de contratos celebrados con terceros. En consecuencia, la planta de personal que adopte será la estrictamente necesaria para el cumplimiento de sus funciones administrativas y las derivadas del proceso de contratación¿.

Segundo. Que de conformidad con lo establecido en el artículo 24, literal l) de la Ley 80 de 1993, los contratos que celebren las entidades estatales para la prestación de servicios de salud podrán adjudicarse mediante un procedimiento de contratación directa, de conformidad con las reglas contenidas en las normas reglamentarias vigentes, entre otras, el Decreto 2170 de 2002. De conformidad con el artículo 20 de este último decreto establece que las entidades estatales que requieran la prestación de servicios de salud, deberán obtener por lo menos dos ofertas de personas naturales o jurídicas que presten dichos...

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