Resolución 482, por la cual se prorroga el plazo a algunas entidades para presentar la información financiera, económica y social correspondiente al tercer trimestre de 2006. - 8 de Noviembre de 2006 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43243574

Resolución 482, por la cual se prorroga el plazo a algunas entidades para presentar la información financiera, económica y social correspondiente al tercer trimestre de 2006.

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Contaduría General de la Nación
Número de Boletín46446

El Contador General de la Nación, en uso de sus atribuciones Constitucionales y legales, en especial de las que le confiere la Ley 298 de 1996 y el Decreto 143 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Resolución 550 del 19 de diciembre de 2005, se establecen los plazos, requisitos y otras obligaciones relacionadas con la presentación de la información financiera, económica y social a la Contaduría General de la Nación;

Que el artículo 3° de la mencionada resolución, señala que el 31 de octubre del año respectivo, es el plazo máximo para presentar la información financiera, económica y social correspondiente al tercer trimestre;

Que el citado acto administrativo, establece que a partir de la fecha de corte correspondiente al 30 de junio de 2006, los entes públicos y privados que hacen parte del ámbito de aplicación del Plan General de Contabilidad Pública, definido en el artículo 2° de la Resolución 400 de 2000 reportarán la información básica en los nuevos formularios adoptados mediante la Resolución 550 del 19 de diciembre de 2005;

Que las entidades que se relacionan en el artículo 1° de la parte resolutiva del presente acto, manifestaron dificultades administrativas y técnicas para presentar la información financiera, económica y social correspondiente al tercer trimestre del 2006;

Que es obligación de la Contaduría General de la Nación incorporar la información del tercer trimestre de 2006 para efectos de consolidar la información financiera, económica y social, y proveer información a los usuarios estratégicos y a la ciudadanía en general;

Que en virtud de lo anterior, es necesario prorrogar el plazo, para que las entidades que se relacionan en el artículo 1° de la parte resolutiva del presente acto, presenten la información correspondiente al tercer trimestre de 2006,

RESUELVE:

Artículo 1° Prorrogar el plazo hasta el día quince (15) de noviembre de 2006, para que las entidades que se relacionan a continuación, presenten la información financiera, económica y social correspondiente al tercer trimestre de 2006.

Departamento de Antioquia

Departamento del Caquetá

Departamento del Cesar

Departamento del Magdalena

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