RESOLUCION 1603 RD 5259 - 13 de Diciembre de 2013 - Registro distrital - Legislación - VLEX 482108930

RESOLUCION 1603 RD 5259

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5259 13 DICIEMBRE 2013
EmisorResgitradura Nacional del Estado Civil
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5259 • pP. 1-61 • 2013 • DICIEMBRE 13
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5259 • pP. 1-60 • 2013 • DICIEMBRE 13
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Que el 20 de Noviembre de 2013, el Agente Liquidador
de los negocios, bienes y haberes de Mariano Enrique
Porras Buitrago, allegó a esta Subsecretaría escrito
con número de radicado 1-2013-71383, mediante el
cual solicita “se amplié la prórroga del término legal de
la liquidación de los negocios, bienes, y haberes del
ciudadano Mariano Enrique Porras Buitrago, ya que a
pesar de los grandes esfuerzos realizados no ha sido
posible terminar de pagar los créditos reconocidos
contra la masa de la liquidación y aún quedan bienes
inmuebles por enajenar, lo cual depende de la dispo-
nibilidad económica de los acreedores poseedores,
quienes insistentemente ha solicitado más tiempo.”
Que en consideración de lo expuesto, se evidencia la
necesidad de ampliar por cuatro (4) meses más el tér-
mino de la prórroga del proceso de liquidación forzosa
administrativa, con el objetivo de culminar en debida
forma este proceso concursal y universal.
En mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
ARTÍCULO PRIMERO.- Ampliar por cuatro (04) meses
más el término de la prórroga de la liquidación forzosa
administrativa de los negocios, bienes y haberes del
señor MARIANO ENRIQUE PORRAS BUITRAGO,
identicado con cédula de ciudadanía No. 19.109.412,
señalado en las Resoluciones No. 1008 de 2011 y
902 del 29 de Mayo de 2013, a partir del día 29 de
noviembre de 2013 hasta el 29 de marzo de 2014, de
conformidad con la parte motiva de esta providencia.
ARTÍCULO SEGUNDO.- Noticar el contenido de la
presente Resolución al Doctor VICTOR EDUARDO
MEDINA JHONSON, identicado con cédula de ciu-
dadanía No. 85.457.268 de la ciudad de Santa Marta
(Magdalena), en calidad de Agente Liquidador de los
negocios, bienes y haberes del señor MARIANO EN-
RIQUE PORRAS BUITRAGO, de conformidad con lo
dispuesto en el Artículo 66 y siguientes del Código
de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo.
ARTÍCULO TERCERO.- Ordenar al Agente Liquidador
VICTOR EDUARDO MEDINA JHONSON ya identica-
do, dar aviso a los acreedores de los negocios, bienes
y haberes del señor MARIANO ENRIQUE PORRAS
BUITRAGO, de la presente Resolución mediante
su publicación en un lugar visible de la ocina de la
intervenida, así mismo, su publicación en un Diario de
amplia circulación nacional y Registro Distrital, por
una sola vez.
ARTÍCULO CUARTO.- La presente Resolución rige a
partir de la fecha de su expedición y contra la misma
no procede recurso alguno de conformidad con lo dis-
puesto en el Artículo 75 del Código de Procedimiento
Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Expedida en Bogotá D.C., a los veintisiete (27)
días del mes de noviembre de dos mil trece
(2013).
JOSÉ ANDRÉS RÍOS VEGA
Subsecretario de Inspección, Vigilancia y Control de
Vivienda
REGISTRADURÍA NACIONAL DEL ESTADO CIVIL
Resolución Número 1603
( Diciembre 10 de 2013)
Por la cual se designan los sitios donde funcio-
narán los puestos de votación y de Inscripción
de Cédulas de Ciudadanía, con motivo de la
elección de Congreso de la Republica y Parla-
mento Andino, a realizarse el 9 de marzo de 2014
en Bogotá Distrito Capital.
EL SECRETARIO DISTRITAL DE GOBIERNO DE
LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. y LOS
REGISTRADORES DISTRITALES DEL ESTADO
CIVIL,
en ejercicio de sus atribuciones legales y en es-
pecial las conferidas mediante los Decretos Nos.
2241 de 1986 (Código Electoral) y 1010 de 2000 y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 2° de la Constitución Política establece
como n esencial del Estado, facilitar la participación
de todos los ciudadanos en las decisiones que los
afecten en la vida económica, política, administrativa
y cultural de la Nación.
que todo ciudadano tiene derecho a participar en la
conformación, ejercicio y control del poder político.
Que de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 46
del Decreto - Ley 1010 de 2000, es función de la Re-
gistraduría Distrital, organizar y vigilar los procesos
electorales y mecanismos de participación ciudadana
que corresponde a su circunscripción electoral.
Que el artículo 10 de la Ley 6ª de 1990, determina:
“Dentro de la cabecera municipal funcionarán jurados
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5259 • pP. 1-63 • 2013 • DICIEMBRE 13
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 48 • Número 5259 • pP. 1-62 • 2013 • DICIEMBRE 13
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de votación en los lugares designados por el Regis-
trador Municipal del Estado Civil, de acuerdo con el
Alcalde, sesenta (60) días antes de la elección res-
pectiva, designación que deberá publicarse mediante
jación en lugar público de la Registraduría Municipal
del texto de la resolución que para tal efecto se dicte.
La Resolución sobre designación de estos lugares de
votación deberá contener la dirección exacta del local
donde funcionarán las mesas, con indicación de la
calle o carrera y el número del edicio o cualquier otro
elemento de identicación que facilite su localización
para el lector. Se deberá dar preferencia a los edicios
públicos tales como centros deportivos, colegios, etc.,
tratando en todo caso de facilitar el control del orden
público y de dar libre acceso a los sufragantes.”
Que el artículo 49 de la ley 1475 de 2011, establece:
“La inscripción para votar se llevará a cabo automáti-
camente al momento de la expedición de la cédula de
ciudadanía. La Registraduría Nacional del Estado Civil
establecerá los mecanismos necesarios de publicidad
y logística para la actualización de la información por
zonicación; en caso de que el ciudadano cambie de
lugar de domicilio o residencia, dicho proceso se llevará
a cabo dentro del año anterior al respectivo proceso
electoral y se cerrará dos (2) meses antes de la res-
pectiva jornada electoral de que se trate.”
expedida por la Registraduría Nacional del Estado Civil,
establece el calendario electoral para las elecciones
de Congreso de la Republica y Parlamento Andino,
que se realizará el 9 de marzo de 2014.
Que es necesario garantizar la seguridad, espacio y
disponibilidad de los lugares donde funcionaran los
puestos de votación, para que los electores en forma
cómoda puedan ejercer su Derecho al sufragio en la
elección que se celebrará el día 9 de marzo de 2014.
Que los Registradores Distritales con el visto bueno del
Alcalde Mayor de Bogotá D.C. y en colaboración con
los Registradores Auxiliares, determinaron los sitios de
votación para la elección de Congreso de la Republica
y Parlamento Andino, que se realizará el 9 de marzo de
2014 y para la inscripción de cédulas de ciudadanía.
Que de acuerdo con el Decreto Distrital 046 de 2006,
se asignó a la Secretaria de Gobierno Distrital, la
función de designar los sitios donde se instalarán los
puestos de votación para las elecciones populares que
se lleven a cabo .
En consideración de lo anteriormente expuesto,
RESUELVEN:
ARTÍCULO PRIMERO.- DESIGNAR los puestos de
votación y de inscripción de cedulas de ciudadanía, en
la ciudad de Bogotá D.C., para la elección de Congreso
de la Republica y Parlamento Andino, que se realiza-
rá el 9 de marzo de 2014, los cuales se relacionan a
continuación:
LOCALIDAD 1 – USAQUEN
PTO. NOMBPRE PUESTO LUGAR DIRECCIÓN PUESTO DE
VOTACIÓN
DIRECCIÓN PUESTO
INSCRIPCIÓN CÉDULAS
01 USAQUEN VIA PÚBLICA Carrera 6 A entre calle 119 y 119
A Vía Pública
Carrera 6 A entre calle 119 y
119 A Vía Pública
02 LA CITA
CENTRO DE ATENCION
DISTRITAL ESPECIALIZADO
SERVITÁ
Calle 165 No 7 – 38 Calle 165 No 7 - 38
03 LA URIBE COLEGIO CALASANZ Carrera 20 A No. 173 A - 10
Entrada al Parqueadero
Carrera 20 A No. 173 A - 10
Entrada al Parqueadero
04 EL VERBENAL II
SECTOR
COLEGIO DISTRITAL
AQUILEO PARRA Carrera 18 A No 187 – 71 Carrera 18 A No 187 - 71
05 LIJACA COLEGIO DISTRITAL UNIÓN
COLOMBIA - SEDE B Calle 189 No. 7 – 05 Calle 189 No. 7 - 05
06 SAN ANTONIO COLEGIO DISTRITAL UNIÓN
COLOMBIA - SEDE A Carrera 7 A No. 182 A – 07 Carrera 7 A No. 182 A - 07
07 BARRANCAS COLEGIO DISTRITAL
AGUSTÍN FERNÁNDEZ Carrera 7 No 155 – 20 Carrera 7 No 155 - 20
08 LAS MARGARITAS PARQUEADERO CENTRO
COMERCIAL CEDRITOS 151 Calle 150 No. 16 – 56 Calle 150 No. 16 - 56
09 CEDRITOS II SECTOR UNIVERSIDAD EL BOSQUE Avenida 9 No. 131 A – 02 Avenida 9 No. 131 A – 02
10 CONTADOR PARQUEADERO CENTRO
COMERCIAL SORPRESAS
Calle 136 A 18 - 06 (Antigua)
Calle 136 A No. 18 A - 04
(Nueva)
Calle 136 A 18 - 06
(Antigua)
Calle 136 A No. 18 A - 04
(Nueva)

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