RESOLUCION 547 RD 4725 - 6 de Septiembre de 2011 - Registro distrital - Legislación - VLEX 438362874

RESOLUCION 547 RD 4725

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 4725 6 SEPTIEMBRE 2011
EmisorUnidad Administrativa de Servicios Públicos - Uaesp
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REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 45 • Número 4725 • pP. 1-1 • 2011 • SEPTIEMBRE 6
RESOLUCIÓN DE 2011
REGISTRO
DISTRITAL
AÑO 45
Número 4725
2011 SEPTIEMBRE 6
UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL
DE SERVICIOS PÚBLICOS
Resolución Número 547
(Septiembre 2 de 2011)
“Por la cual se jan y adoptan las tarifas del ser-
vicio público domiciliario de aseo para el Distrito
Capital de Bogotá, de acuerdo con las Resolu-
ciones CRA No. 351 y 352 de 2005 y CRA 482 de
2009, y se dictan otras disposiciones”.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD
ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE SERVICIOS
PÚBLICOS
En uso de sus facultades legales y reglamen-
tarias, en especial las previstas en el Acuerdo
Distrital N° 257 de 2006, y,
CONSIDERANDO:
Que mediante Acuerdo Distrital No. 456 del 21 de
diciembre de 2010, se establecieron los Factores de
Subsidio y los Factores de Aporte Solidario para los
servicios públicos domiciliarios de acueducto, alcan-
tarillado y aseo en Bogotá, Distrito Capital, para la
vigencia 2011 y éste establece que los factores de
subsidios para los suscriptores del servicio público de
aseo en Bogotá D.C., a aplicar en el año 2011, en la
clase de uso residencial para los estratos 1, 2 y 3 son
del 70%, 40% y 15%, respectivamente.
Que el artículo 3ro del citado Acuerdo 456 de 2010
estableció como factores de aporte solidario para los
suscriptores del servicio público de aseo en Bogotá
D.C., en la vigencia 2011, los porcentajes de contribu-
ción en las clases de uso residencial y multiusuarios
residenciales de estratos 5 y 6 en un 50% y 60%, res-
pectivamente; para los Grandes Productores el 90%,
70% y 70% cuando se ubiquen en las zonas norte,
centro y sur, respectivamente y para los usuarios de-
nominados Pequeños Productores y multiusuarios no
residencial, el 50% en la zona norte, 40% en la zona
centro y 15% en la zona sur..
Que la Resolución CRA 351 de 2005, establece los
regímenes de regulación tarifaria a los que deben so-
meterse las personas prestadoras del servicio público
de aseo y la metodología que deben utilizar para el
cálculo de las tarifas del servicio de aseo de residuos
ordinarios.
Que la Resolución CRA 352 de 2010, dene los pará-
metros para la estimación del consumo en el marco de
la prestación del servicio público domiciliario de aseo
y se dictan otras disposiciones.
Que la Resolución CRA 351 de 2005, en su Artículo 9,
jó el Costo de Comercialización por Factura Cobrada
al Suscriptor (CCS), en un costo de comercialización
por suscriptor, máximo de $668 pesos de junio de
2004 mes, que corresponde a $889,68 pesos de julio
de 2011.
Que la citada Resolución en su artículo 10, jó el Costo
de Barrido y Limpieza de Vías y Áreas Públicas (CBL),
en un costo máximo de $13.565 pesos de junio de
2004, por kilómetro de cuneta barrido, que corresponde
a $20.092,77 pesos de julio de 2011.
Que de igual manera la Resolución CRA 351 de 2005,
en su artículo 12, jó el costo de recolección y trans-
porte de la fórmula general incluida en la metodología,
en un valor máximo de $49.472 a pesos de junio de
2004 por tonelada recolectada y transportada, hasta
una distancia máxima de 20 Kilómetros en la ruta
más corta, desde el Centroide del área de servicio en
dirección al sitio de disposición nal, o hasta el sitio de
disposición nal, mas el costo de peajes, que corres-
ponde a $71.995,18 pesos de julio de 2011.

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