Resolución 5519, por la cual se establecen y modifican los derechos para las actuaciones a favor del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, contemplados en el Decreto número 2567 del 28 de noviembre de 2001 y se derogan unas resoluciones - 14 de Diciembre de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43168558

Resolución 5519, por la cual se establecen y modifican los derechos para las actuaciones a favor del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, contemplados en el Decreto número 2567 del 28 de noviembre de 2001 y se derogan unas resoluciones

EmisorMinisterio de Relaciones Exteriores
Número de Boletín44646

DIARIO OFICIAL 44.646 RESOLUCIÓN 5519 07/12/2001 por la cual se establecen y modifican los derechos para las actuaciones a favor del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, contemplados en el Decreto número 2567 del 28 de noviembre de 2001 y se derogan unas resoluciones. El Ministro de Relaciones Exteriores, en ejercicio de las facultades legales, en especial las que le confieren el Decreto Extraordinario número 20 de 1992, el Decreto 2105 del 8 de octubre de 2001, y el artículo 5° del Decreto 2567 del 28 de noviembre de 2001, y CONSIDERANDO: Que el artículo 5° del Decreto Extraordinario 20 del 3 de enero de 1992 ¿por el cual se determina la naturaleza jurídica del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores y se asignan sus funciones¿, establece que el patrimonio del Fondo Rotatorio estará formado por: 1. El producto del servicio de expedición de pasaportes y demás servicios a su cargo. 2. El producto de los servicios remunerados que preste. 3. El producto de las actuaciones consulares que causen derechos sin perjuicio de lo que deba recaudar con destino a la Nación o a otras entidades, de acuerdo con la ley. 4. El producto de los depósitos bancarios y de inversiones en el país o en el extranjero. 5. Los excedentes por diferencia en el tipo de cambio provenientes de los recursos en moneda extranjera, manejados por el Fondo. 6. Las partidas que se le asignen en el presupuesto de rentas y ley de apropiaciones. 7. Los ingresos provenientes de la venta, permuta, arrendamiento, remate y administración de bienes, tanto de su propiedad como del Ministerio de Relaciones Exteriores. 8. Las donaciones que reciba. 9. Los demás bienes que a cualquier título y por cualquier concepto adquiera; Que el artículo 5° del Decreto 2567 del 28 de noviembre de 2001 ¿por el cual se modifican las actuaciones que causan derechos a favor del Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores¿, señala que el Ministerio de Relaciones Exteriores adoptará las medidas necesarias para su aplicación y fijará las tarifas para las actuaciones consulares descritas en el mismo; Que el artículo 28 del Decreto 2107 del 8 de octubre de 2001, ¿por el cual se dictan disposiciones sobre la expedición de visas, control y regularización de extranjeros y se dictan otras disposiciones en materia de inmigración¿, establece las clases y categorías de visas y por lo tanto se hace necesario señalar los derechos a favor del Fondo Rotatorio del Ministerio de...

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