Resolución 5837, por la cual se señalan para la Administración de Impuestos de Medellín, algunos contribuyentes, responsables y agentes de retención que deben presentar las declaraciones tributarias y efectuar los pagos de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de las retenciones en la fuente, a través del Sistema Declaración y Pago Electrónico - 28 de Julio de 2000 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43139557

Resolución 5837, por la cual se señalan para la Administración de Impuestos de Medellín, algunos contribuyentes, responsables y agentes de retención que deben presentar las declaraciones tributarias y efectuar los pagos de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de las retenciones en la fuente, a través del Sistema Declaración y Pago Electrónico

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
Número de Boletín44102

DIARIO OFICIAL 44.102 RESOLUCIÓN 5837 24/07/2000 por la cual se señalan para la Administración de Impuestos de Medellín, algunos contribuyentes, responsables y agentes de retención que deben presentar las declaraciones tributarias y efectuar los pagos de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de las retenciones en la fuente, a través del Sistema Declaración y Pago Electrónico. El Director General de Impuestos y Aduanas Nacionales, en uso de sus facultades legales y, en especial de las consagradas en el artículo 19 literales b) y n) del Decreto número 1071 de junio 26 de 1999, y el Decreto número 1487 del 12 de agosto de 1999, RESUELVE: Artículo 1°. Selección de contribuyentes. Los contribuyentes que deben presentar las declaraciones tributarias y efectuar los pagos de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y de las retenciones en la fuente, a través del Sistema de Declaración y Pago Electrónico, fueron seleccionados según el nivel de ingresos, volumen de operaciones e importancia en el recaudo. Artículo 2°. Contribuyentes seleccionados para utilizar el Sistema Declaración y Pago Electrónico. Los contribuyentes responsables y agentes de retención relacionados a continuación, pertenecientes a la Administración de Impuestos de Medellín, deberán presentar las declaraciones tributarias de los impuestos administrados por la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales y realizar todos los pagos, por los medios previstos dentro del Sistema Declaración y Pago Electrónico. NIT DV Razón Social 811001904 1 Poblado Country Club S. A. 811007601 0 Emergencia Médica Integral E.M.I. Antioquia S. A. 890901481 5 Federación Nacional de Comerciantes Fenalco Seccional Antioquia 890905080 3 Cámara de Comercio de Medellín 890909246 7 Cooperativa Financiera Belén 890937367 9 Quanta Telecomunicaciones S. A. Artículo 3°. Funcionamiento del Sistema Declaración y Pago Electrónico. Para los contribuyentes, responsables y agentes de retención relacionados en el artículo 2° de la presente resolución, el Sistema Declaración y Pago Electrónico entrará en pleno funcionamiento a partir del 1° de septiembre de 2000, fecha en la cual se iniciará la presentación de declaraciones vía electrónica. Artículo 4°. Calendario de vencimientos y plazos para la presentación y pago de Declaraciones Tributarias por el Sistema Declaración y Pago Electrónico. Los contribuyentes, responsables y agentes de...

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