RESOLUCION 611 RD 5758 - 20 de Enero de 2016 - Registro distrital - Legislación - VLEX 593987622

RESOLUCION 611 RD 5758

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 5758 20 ENERO 2016
EmisorINSTITUTO DISTRITAL DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5758 • pP. 1-120 • 2016 • ENERO 20
120
Resolución Número 611
(Diciembre 31 de 2015)
‘‘Por la cual se adoptan los Procedimientos
para la Administración y Manejo de Recursos
del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y
Cambio Climático - FONDIGER”.
EL DIRECTOR DEL INSTITUTO DISTRITAL DE
GESTIÓN DE RIESGOS Y CÁMBIO CLIMÁTICO –
IDIGER
En ejercicio de sus facultades y en especial las
conferidas por el Acuerdo Distrital 546 de 2013
y el numeral 5 del artículo 4 del Decreto Distrital
174 de 2014 y,
CONSIDERANDO
Que el artículo 54 de la Ley 1523 de 2012 ordena que
las entidades territoriales constituyan sus propios fon-
dos de gestión de riesgos, como cuentas especiales
con autonomía técnica y nanciera con el propósito de
invertir, destinar y ejecutar sus recursos en la adopción
de medidas de conocimiento y reducción de riesgos
de desastres, preparación, respuesta, rehabilitación
y reconstrucción; además, en el parágrafo de dicha
norma establece que los recursos son de carácter
acumulativo y no podrán ser retirados en ningún caso
por motivos diferentes a la gestión de riesgos.
Que el artículo 12 del Acuerdo Distrital 546 de 2013
creó el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y
Cambio Climático de Bogotá- FONDIGER, como una
cuenta especial del Distrito Capital, con independen-
cia patrimonial, administrativa, nanciera, contable y
estadística, administrado por el IDIGER, para el cum-
plimiento del objeto y alcance del Sistema Distrital de
Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SDGR CC.
Que el parágrafo del citado artículo 12 establece que la
ordenación del gasto y representación del FONDIGER
estará a cargo del Director General del IDIGER.
Que el Decreto Distrital 174 de 2014 reglamenta el
funcionamiento del FONDIGER, y en su artículo 8
establece las funciones de la Junta Directiva, espe-
cialmente el numeral 10 que contempla la aprobación
del Reglamento Operativo de Administración y Manejo
de los Recursos del FONDIGER.
Que mediante el Acuerdo 002 de 2015 de la Junta
Directiva del FONDIGER se aprobó el presupuesto y
se distribuyeron los recursos del FONDIGER para la
vigencia del año 2015.
Que mediante el Acuerdo 003 del 1° de abril de 2015
proferido por la Junta Directiva del FONDIGER se
aprobó el Reglamento Operativo de Administración
y Manejo de los Recursos del FONDIGER, de con-
formidad con el numeral 10 del artículo 8 del Decreto
Distrital 174 de 2014.
Que el numeral 5 del artículo 4 del Decreto Distrital 174
de 2014 establece como función del Director General
del IDIGER: “Garantizar el desarrollo de las actividades
administrativas, nancieras, contables, jurídicas y es-
tadísticas, para el seguimiento y control a la ejecución
de los recursos del FONDIGER”.
Que en la ejecución de los recursos de la vigencia
2015 se desarrollaron procesos y procedimientos que
se requieren unicar para la administración y manejo
de los recursos del FONDIGER.
Que en mérito de lo expuesto, se
RESUELVE:
ARTÍCULO 1. Adoptar los Procedimientos para la
Administración y Manejo de Recursos del Fondo Dis-
trital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático
– FONDIGER, en desarrollo del Reglamento Opera-
tivo de Administración y Manejo de los Recursos del
FONDIGER.
PARÁGRAFO ÚNICO. Hace parte íntegra del pre-
sente acto administrativo el documento denominado
“Procedimientos para la Administración y Manejo de
Recursos del Fondo Distrital para la Gestión de Ries-
gos y Cambio Climático – FONDIGER”.
ARTÍCULO 2. La Ocina Asesora de Planeación
deberá articular los Procedimientos adoptados en la
presente Resolución, a los procesos establecidos en
cada una de las áreas responsables e incorporarlos al
Sistema Integrado de Gestión del IDIGER.
ARTÍCULO 3. La presente Resolución rige a partir de
la fecha de su expedición y deroga las disposiciones
que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los treinta y un (31) días
del mes de diciembre de dos mil quince (2015).
JAVIER PAVA SÁNCHEZ
Director General IDIGER
121
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5758 • pP. 1-121 • 2016 • ENERO 20
Procedimientos para la Administración y Manejo
de Recursos del FONDIGER
2015
Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y
Cambio
Climático - IDIGER
SDGR-MA-01
VERSION 3
31/12/2015
TABLA DE CONTENIDO
1. INTRODUCCIÓN
2. OBJETIVO
3. ALCANCE
4. LOS RECURSOS DEL FONDIGER
5. EL COMPONENTE FINANCIERO
5.1. El Proceso Presupuestal.
5.1.1 La Programación Presupuestal.
5.1.2 La cuota de gasto del FONDIGER en el Pre-
supuesto Anual del Distrito Capital.
5.1.3 Preparación del presupuesto del FONDIGER
5.1.4 Elaboración del proyecto de presupuesto anual
del FONDIGER.
5.1.5 Presentación del Proyecto de Presupuesto
Anual FONDIGER
5.1.6 Presentación del Proyecto de Presupuesto a la
Junta Directiva del FONDIGER
5.1.7 Registro del Presupuesto en PREDIS local.
5.2 La Ejecución.
5.2.1 Los Certicados de Disponibilidad Presupuestal.
CDP.
5.2.2 Los Certicados de Registro Presupuestal. CRP.
5.3 De la ordenación del gasto.
5.3.1 De las cajas menores
5.3.1 De la ordenación del pago
5.4 El Cierre de la Vigencia.
5.4.1 De las cuentas por pagar.
5.4.2 De las reservas presupuestales.
5.4.3 El Cierre de la Vigencia. Los Ingresos.
5.4.4 El Cierre de la Vigencia. Los Gastos.
5.5 Las Modicaciones Presupuestales.
6 Componente del Régimen de Tesorería
6.1 La gestión de los Pagos.
6.2 Las Fuentes de Financiamiento del FONDIGER.
6.3 Las Inversiones.
6.4 El cierre de la vigencia. Tesorería.
7. COMPONENTE DEL RÉGIMEN CONTABLE
8. COMPONENTE DE LA GESTIÓN CONTRAC-
TUAL
8.1 Liquidación de los Convenios
8.2. De los bienes adquiridos con recursos del FON-
DIGER
9. MEDIDAS EXCEPCIONALES EN SITUACIÓN DE
EMERGENCIA DECLARADA
10. LOS PROCESOS FINANCIEROS
10.1. Presupuesto FONDIGER
10.1.2 Políticas de Operación
10.1.3 Glosario
10.1.4. Descripción de Actividades
10.1.5. Formatos y Registros
10.1.6. Diagrama de Flujo
10.1.7. Control de Cambios.
10.1.8. Aprobación.
10.2 La ordenación del gasto.
10.2.1 Frecuencia De Revisión
10.2.2. Documentos Y Registros De Referencia
10.2.3 Control De Cambios
10.2.4 Aprobación
10.3.1. Políticas de Operación
10.3 La ordenación del pago.
REGISTRO DISTRITAL • bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA) • AÑO 50 • Número 5758 • pP. 1-122 • 2016 • ENERO 20
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10.3.2 Glosario
10.3.3 Descripción de Actividades
10.3.4 Formatos y Registros
10.3.5 Diagrama de Flujo
10.3.6. Control de Cambios.
10.3.7. Aprobación.
10.4. Componente de Ordenación del Gasto en el
FONDIGER
10.4.1. Formatos y Registros
10.4.2. Diagrama De Flujo
10.4.3 Documentos y Registros De Referencia
10.4.4 Control De Cambios
10.4.5 Aprobación
11. ACTUALIZACIONES Y MODIFICACIONES DEL
MANUAL
1. INTRODUCCIÓN
El Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio
Climático de Bogotá, D.C.,- FONDIGER, es el instru-
mento nanciero creado mediante el Acuerdo 546 de
2013 y reglamentado por el Decreto 174 de 2014, con
el propósito de apalancar las actividades del Sistema
Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, a
partir de los instrumentos de planicación sectoriales
del Plan Distrital de Gestión de Riesgos, la Estrategia
Distrital de Respuesta y el Plan Distrital de Gestión de
Riesgos y Cambio Climático.
FONDIGER, corresponde a un fondo cuenta con auto-
nomía e independencia para que a través de su Junta
Directiva, se tomen las decisiones sobre la distribución
de los recursos para el Sistema Distrital de Gestión de
Riesgos y Cambio Climático, de manera que se cuente
con nanciación para la realización de las acciones
que permitan el logro de los objetivos establecidos
en el Plan Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio
Climático Decreto 579 del 23 de Diciembre de 2015.
El nanciamiento del FONDIGER según lo establecido
en el artículo 16 del Acuerdo 546 de 2013 está cons-
tituido por los recursos provenientes de:
(i) La cuenta especial de la Secretaría de
Hacienda - Tesorería Distrital denominada
Fondo de Gestión del Riesgo – Ley 1523
de 2012 a la que se reere el parágrafo del
artículo 12 del Decreto No. 164 del 12 de
abril de 2013,
(ii) Los recursos y bienes que el IDIGER trans-
era al FONDIGER,
(iii) Una suma anual de forzosa inclusión en
el presupuesto Distrital no inferior al 0.5%
de los ingresos corrientes tributarios de la
Administración Central de libre destinación,
(iv) Los aportes que puedan efectuar a este
Fondo, las entidades y empresas de carác-
ter internacional, nacional, departamental,
distrital o particular y las personas natura-
les,
(v) Los recursos provenientes de las estra-
tegias de protección nanciera frente al
riesgo de desastres y
(vi) Los rendimientos nancieros que genere
el FONDIGER.
El presente Manual de procedimientos considera: (i)
la esencia del tipo de Fondo que se va a operar, (ii)
la caracterización básica del mismo, (iii) el marco nor-
mativo y (iv) los requerimientos necesarios para que
el Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio
Climático cuente con un instrumento operativo y e-
ciente para cumplir con los propósitos del Plan Distrital
de Gestión de Riesgos y Cambio Climático.
De esta manera se busca dar cumplimiento al artículo
11 del Decreto 174 de 2014, en lo que corresponde
a los procedimientos que permitan aprobar los ins-
trumentos de operación y manejo de los recursos del
Fondo cuenta, como uno de los requisitos para su
puesta en funcionamiento y sus disposiciones son de
aplicación obligatoria para la ejecución, respecto al
uso de los recursos distribuidos.
2. OBJETIVO
El propósito del presente Manual es denir los procedi-
mientos más relevantes para el desarrollo de las activi-
dades en cada una de sus fases, los temas nancieros,
contractuales, de seguimiento y evaluación en cumpli-
miento de las disposiciones del Fondo Distrital para la
Gestión de Riesgos y Cambio Climático - FONDIGER,
creado para los nes anteriormente mencionados y su
contenido se soporta en la normatividad emitida a la
fecha para el desarrollo del FONDO.
3. ALCANCE
La adopción del Manual de Procedimientos está dirigi-
do a las entidades y actores que conforman el Sistema
Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático

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