Resolución 68-000-047 - 13 de Septiembre de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43227467

Resolución 68-000-047

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Nacional de Vías
Número de Boletín46030

El Director Territorial Santander del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, en uso de las atribuciones legales, en especial las que le confiere la Resolución número 2555 de 1988 y 133 de 1994 de la Dirección General del IGAC, y

CONSIDERANDO:

Que la actualización de la formación catastral, se debe realizar dentro de un período máximo de cinco (5) años, a partir de la fecha en la cual se termina la formación o actualización de un catastro, en concordancia con el parágrafo 1° del artículo 79 de la Ley 223 de 1995;

Que la formación del catastro urbano y rural del municipio de Gámbita, se terminó con Resolución número 68-000-293-1990 (diciembre 27), por medio de la cual se ordenó la inscripción de los predios formados durante el desarrollo de los respectivos trabajos, con vigencia a partir del 1° de enero de 1991, para las zonas urbana y rural;

Que dentro del Programa de Actualización de la Formación Catastral de 2005, se ordenó adelantar la actualización de las zonas urbana y rural del municipio de Gámbita, previo Convenio Interadministrativo número 006 de 2005 de 10 de junio, suscrito entre el Instituto Geográfico Agustín Codazzi y el municipio de Gámbita;

Que en mérito de lo expuesto;

RESUELVE:

Artículo 1°

Ordenar la primera actualización de la formación catastral urbana y rural del municipio de Gámbita, de conformidad con las disposiciones de carácter administrativo, técnico y jurídico vigentes, en especial la Ley 14 de 1983 (julio 6), su Decreto Reglamentario número 3496 de 1983 (diciembre 26), Ley 75 de 1986, Ley 223 de 1995 (diciembre 20) y la Resolución número 2555 de 1988 (septiembre 28) del Instituto Geográfico Agustín Codazzi.

Artículo 2° De la presente resolución envíese copia al señor Alcalde Municipal de Gámbita, de conformidad con el artículo 39 de la Resolución 2555 de 1988.
Artículo 3° Ordénese la publicación de la presente resolución de acuerdo con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

Publíquese y cúmplase,

Dada en Bucaramanga, a los catorce (14) días del mes de junio de dos mil...

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