Resolución 8 1553 - 4 de Enero de 2001 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43146530

Resolución 8 1553

EmisorMinisterio de Minas y Energía
Número de Boletín44280

DIARIO OFICIAL 44.280 RESOLUCIÓN 8 1553 26/12/2000 por la cual se decreta una expropiación. El Ministro de Minas y Energía, en desarrollo de sus facultades legales, en especial la conferida en el numeral 12, artículo del Decreto 1141 de 1999, y CONSIDERANDO: Que el artículo 4° del Código de Petróleos declara de utilidad pública la industria del petróleo en sus diversos ramos, esto es, exploración, explotación, refinación, transporte y distribución; como consecuencia de lo anterior, a petición de parte legítimamente interesada, el Ministerio de Minas y Energía puede decretar las expropiaciones necesarias para el desarrollo y ejercicio de dicha industria; Que el artículo 4° del Código de Petróleos, en concordancia con lo consagrado en el numeral 12, artículo del Decreto 1141 de 1999, establece que es función del Ministro de Minas y Energía expedir las resoluciones de expropiación; Que el doctor David Arce Rojas, obrando en calidad de Apoderado de la compañía GHK Company Colombia, mediante documento radicado 0036 del 28 de noviembre de 2000 solicitó de este Ministerio ¿de acuerdo con lo señalado en los artículos 4° y 84 y siguientes del Código de Petróleos¿ decretar la expropiación parcial del predio rural denominado El Refugio, de propiedad del señor Luis Adilfo Rojas Muñoz, ubicado en la Vereda Aceros y Pital del municipio de Guaduas, departamento de Cundinamarca; Que con la referida solicitud se presentaron documentos, entre otros los que señala el artículo 84 del Código de Petróleos, así: 1. Poder otorgado por la compañía GHK Company Colombia al doctor David Arce Rojas. 2. Certificado de Existencia y Representación Legal de la compañía GHK Company Colombia, expedido el 27 de noviembre de 2000 por la Cámara de Comercio de Bogotá. 3. Folio de Matrícula Inmobiliaria 162-0008980, expedido el 26 de septiembre de 2000 por la Oficina de Registro, Seccional Guaduas. 4. Certificado Catastral número 000280 del 16 de noviembre de 2000, correspondiente al predio El Refugio. 5. Fotocopia de la Escritura Pública número 134 del 7 de marzo de 1990, otorgada por la Notaría Unica del Círculo de Villeta, Cundinamarca. 6. Comunicación del 25 de octubre de 2000 enviada por la Representante Legal de la Compañía GHK Company Colombia al señor Luis Adilfo Rojas Muñoz. 7. Carta del 1° de noviembre de 2000 enviada por el señor Luis Adilfo Rojas Muñoz a la compañía GHK Company Colombia. 8. Copia de la Escritura Pública 2050 del 27 de julio de 1995, otorgada por la Notaría Dieciséis del Círculo de Bogotá, por la cual se protocoliza el Contrato de Asociación número 320, denominado Sector Río Seco. 9. Copia de la Escritura Pública 270 del 9 de febrero de 1993, otorgada por la Notaría Dieciséis del Círculo de Bogotá, por la cual se protocoliza el Contrato de Asociación número 295, Sector Dindal; Que en la solicitud presentada por el Apoderado de la Compañía GHK Company Colombia, dando cumplimiento a lo dispuesto en los artículos 84 y siguientes del Código de Petróleos, manifestó lo siguiente: "... 1. Declaración que el solicitante tiene interés en la industria del petróleo 1.1 El artículo 4° del Código de Petróleos declara de utilidad pública la industria del petróleo en todos sus ramos de exploración, explotación, refinación, transporte y distribución, y faculta al ministerio de Minas y Energía para decretar, a petición del interesado, las expropiaciones necesarias para el ejercicio y desarrollo de tal industria, como medida previa para adelantar el juicio de expropiación ante la autoridad judicial competente. 1.2 La Empresa GHK Company Colombia, suscribió con la Empresa Colombiana de Petróleos, Ecopetrol, los Contratos de Asociación denominados Dindal (Anexo No. 1) y Río Seco (Anexo No. 2) según las Escrituras Públicas números 270 del 9 de febrero de 1993, protocolizada en la Notaría 16 del Círculo de Bogotá, D. C. y 2050 del 27 de julio de 1995, protocolizada en la Notaría 16 del Círculo de Bogotá, D. C., que en síntesis consiste en la exploración y explotación de hidrocarburos que se puedan encontrar dentro de la zona determinada en los mismos. 1.3 La Empresa Seven Seas presentó ante el Ministerio de Minas y Ene rgía el aviso para la construcción de un oleoducto de uso privado entre las poblaciones de Guaduas y La Dorada. Aviso que fue aprobado mediante la Resolución número 6024 del día 14 del mes de abril de 1998. 1.4 El Ministerio de Minas y Energía mediante la Resolución número 645 del día 15 del mes noviembre de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR