Resolución 819, por la cual se asignan seis mil ciento cincuenta y dos (6.152) subsidios familiares de vivienda urbana correspondientes a los recursos de Esfuerzo Territorial. - 31 de Diciembre de 2004 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43217706

Resolución 819, por la cual se asignan seis mil ciento cincuenta y dos (6.152) subsidios familiares de vivienda urbana correspondientes a los recursos de Esfuerzo Territorial.

EmisorVarios - Fondo Nacional de Vivienda - Fonvivienda
Número de Boletín45778

El Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda, en uso de las facultades legales y reglamentarias y de conformidad con lo establecido por las Leyes de 1991, de 1989, 546 de 1999, el numeral 9 del artículo y el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003 y el artículo 40 del Decreto 975 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 3ª de 1991, en su artículo 6º define el Subsidio Familiar de Vivienda "(...) como un aporte estatal en dinero o en especie, otorgado por una sola vez al beneficiario con el objeto de facilitarle una solución de vivienda de interés social, sin cargo de restitución siempre que el beneficiario cumpla con las condiciones que establece esta ley (...)";

Que de conformidad con lo establecido en el Decreto 555 de 2003, corresponde al Fondo Nacional de Vivienda administrar los recursos asignados en el Presupuesto General de la Nación en inversión para vivienda de interés social urbana;

Que el numeral 9 del artículo del Decreto 555 de 2003, establece que es función del Fondo Nacional de Vivienda "Asignar subsidios de vivienda de interés social bajo las diferentes modalidades de acuerdo con la normatividad vigente sobre la materia y con el reglamento y condiciones definidas por el Gobierno Nacional (...)";

Que el numeral 3 del artículo del Decreto 555 de 2003 establece que al Director Ejecutivo del Fondo Nacional de Vivienda le compete dictar los actos administrativos necesarios para el cumplimiento de sus funciones;

Que por medio de las Resoluciones 510 del 7 de mayo de 2004 y 735 del 25 de junio de 2004, el Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, realizó la distribución regional de recursos de que trata el capítulo único del Título II del Decreto 975 de 2004, fundada en la exposición de motivos que consta en los respectivos actos administrativos;

Que el Fondo Nacional de Vivienda celebró el 8 de mayo de 2004, con las Cajas de Compensación Familiar del país, reunidas en Unión Temporal, un contrato de Encargo de Gestión, que se distingue con el número 004A y que tiene por objeto el desarrollo por cuenta y riesgo de las Cajas en Unión Temporal de los "(...) procesos de divulgación, comunicación, información, recepción de solicitudes, verificación y revisión de la información, digitac ión, ingreso al RUP (Registro Unico de Postulantes del Gobierno Nacional), prevalidación, apoyo a las actividades de preselección y asignación a cargo del Fondo, seguimiento y verificación de los documentos para hacer efectivo el pago de los subsidios familiares de vivienda en todas sus modalidades, con el fin de garantizar la debida inversión de los recursos, de acuerdo con las leyes y disposiciones que rigen el Subsidio Familiar de Vivienda";

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 38 del Decreto 975 de 2004, se presentaron a través de las Cajas de Compensación Familiar seis mil novecientos noventa y dos (6.992) postulantes y el Fondo Nacional de Vivienda expidió la Resolución 799 del 23 de noviembre de 2004, por la cual se preseleccionaron seis mil ochocientos ochenta y nueve (6.889) hogares dentro del proceso de asignación de subsidios familiares de vivienda urbana correspondientes al Concurso de Esfuerzo Territorial, la cual fue publicada en el Diario Oficial el día 30 de noviembre de 2004;

Que la información remitida por las Cajas de Compensación a través de la página Web del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial para efectos de la asignación, incluye los hogares que demostraron la financiación total de vivienda - cierre financiero. Los soportes de esta información se encuentran físicamente en los archivos de las Cajas de Compensación familiar;

Que el valor de la presente asignación asciende a la suma de cuarenta y cinco mil setenta y un millones ciento ochenta y ocho mil seiscientos dos pesos ($45.071.188.602). Este valor se encuentra amparado con los certificados de disponibilidad presupuestal número 14 del 21 de octubre y número 25 del 29 de diciembre, por un valor de veintiséis mil seiscientos noventa y cinco millones ochocientos sesenta y cuatro mil doscientos treinta y ocho pesos ($26.695.864.238) y nueve mil ciento diez millones trescientos cincuenta y dos mil quinientos siete pesos ($9.110.352.507) de la vigencia fiscal 2004 respectivamente, expedidos por el Coordinador del Grupo de Finanzas y Presupuesto del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Igualmente se compromete la suma de nueve mil doscientos sesenta y cuatro millones novecientos setenta y un mil ochocientos cincuenta y siete pesos ($9.264.971.857), autorizada por la Dirección General de Presupuesto Público Nacional del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, mediante oficio número 35627 del 2 de junio de 2004;

Que en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 45 del Decreto 975 del 2004, la firma Amézquita & Cía. S. A., adelantó la auditoría al proceso y emitió la certificación número 2004-1011 del 29 de diciembre de 2004;

Que la Oficina de Sistemas del Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, mediante memorando número 1450-3102764 del 29 de diciembre de 2004, informó al Director del Fondo Nacional de Vivienda, que se cumplió el proceso descrito en el Decreto 975 de 2004, respecto de las postulaciones presentadas ante las Cajas de Compensación Familiar y que sirven de fundamento para la expedición del presente acto;

Que el Banco Interamericano de Desarrollo, BID, mediante comunicación CCO-4523/2004 de fecha 30 de diciembre de 2004, ha manifestado que con base en la documentación recibida y a lo dictaminado por la firma Auditora Amézquita & Cía. S. A., el Banco no tiene observaciones a la resolución en lo relacionado con los numerales 7 y 8 del Capítulo 2 del Reglamento Operativo del Préstamo 1483-OC-CO- Programa de Vivienda de Interés Social Urbana;

Que para efectos de la culminación del presente proceso de asignación, fueron beneficiarios del subsidio familiar de vivienda aquellos hogares que cumplieron con lo establecido en el artículo 40 del Decreto 975 de 2004 y demás requisitos fijados en la normatividad vigente;

Que teniendo en cuenta lo anterior, es procedente asignar el Subsidio Familiar de Vivienda a aquellos hogares que al día veinte (20) de diciembre de 2004 acreditaron cierre financiero, requisito este cuyo cumplimiento determina que para ellos concluyó el procedimiento administrativo exigido por la normatividad vigente. Respecto de los hogares preseleccionados no incluidos en la presente resolución, se aplicará lo dispuesto en el inciso primero del artículo 40 del Decreto 975 de 2004,

RESUELVE:

Artículo 1º Asignar seis mil ciento cincuenta y dos (6.152) subsidios familiares de vivienda urbana en las modalidades de adquisición de vivienda y construcción en sitio propio, correspondientes a los recursos de bolsa del Concurso de Esfuerzo Territorial, representados por los hogares que se relacionan a continuación del siguiente cuadro resumen del número y valor de subsidios asignados.

DEPARTAMENTO NUMERO VALOR

Antioquia 730 4.941.607.172

Arauca 119 870.441.926

Atlántico 461 3.377.807.825

Bolívar 471 3.540.977.992

Boyacá 53 381.878.000

Caldas 104 780.871.158

Caquetá 60 450.720.000

Casanare 50 374.667.000

Cauca 89 669.102.000

Cesar 339 2.513.159.000

Córdoba 247 1.844.513.661

Cundinamarca 460 3.458.280.000

Guainía 38 285.684.000

Huila 138 1.013.472.500

La Guajira 174 1.234.128.000

Magdalena 394 2.937.992.000

Meta 122 917.196.000

Nariño 258 1.909.117.236

Norte de Santander 159 1.176.453.948

Putumayo 36 270.648.000

Quindío 80 601.440.000

Risaralda 106 796.908.000

Santander 159 1.193.454.000

Sucre 364 2.720.195.886

Tolima 203 1.526.154.000

Valle del Cauca 738 5.284.319.298

TOTAL 6.152 45.071.188.602

ANTIOQUIA

1 CAICEDO CONSTRUCCION SITIO PROPIO DISPERSO CAICEDO 1 98.511.968 ALVAREZ MEJIA JOSE ELKIN 7.518.000

2 CAICEDO CONSTRUCCION SITIO PROPIO DISPERSO CAICEDO 1 70.471.124 CARO GOMEZ LUIS ARBEY 7.518.000

3 CAICEDO CONSTRUCCION SITIO PROPIO DISPERSO CAICEDO 1 3.425.470 GONZALEZ AGUDELO ALBEIRO DE JS. 7.518.000

4 CAICEDO CONSTRUCCION SITIO PROPIO DISPERSO CAICEDO 1 3.506.812 MARIACA MORENO WILLIAM MAURICIO 7.518.000

5 CAICEDO CONSTRUCCION SITIO PROPIO DISPERSO CAICEDO 1 21.508.949 MONTOYA MONTOYA MARIA SENOVIA 7.518.000

6 CAICEDO CONSTRUCCION SITIO PROPIO DISPERSO CAICEDO 1 98.534.504 RIVERA ALFRADY ALBERTO 7.518.000

7 CAICEDO CONSTRUCCION SITIO PROPIO DISPERSO CAICEDO 1 21.585.070 ZAPATA HOLGUIN MONICA YULIETH 7.518.000

8 EL BAGRE CONSTRUCCION DE VIVIENDA EN SITIO PROPIO BARRIO 20 DE JULIO 22.235.700 ACEVEDO MARIA GEORGINA 7.020.610

9 EL BAGRE CONSTRUCCION DE VIVIENDA EN SITIO PROPIO BARRIO 20 DE JULIO 22.809.324 ANGULO CARDOZA TERESA DE JE SUS 7.020.610

10 EL BAGRE CONSTRUCCION DE VIVIENDA EN SITIO PROPIO BARRIO 20 DE JULIO 22.241.363 ANGULO TORREGROZA LUZMILA 7.020.610

11 EL BAGRE CONSTRUCCION DE VIVIENDA EN SITIO PROPIO BARRIO 20 DE JULIO 8.200.623 ARRIETA PALENCIA SAMUEL 7.020.610

12 EL BAGRE CONSTRUCCION DE VIVIENDA EN SITIO PROPIO BARRIO 20 DE JULIO 37.176.623 CASTRO FERIA FANNY DE JESUS 7.020.610

13 EL BAGRE CONSTRUCCION DE VIVIENDA EN SITIO PROPIO BARRIO 20 DE JULIO 22.237.729 MADERA CORDOBA ROSALBA 7.020.610

14 EL BAGRE CONSTRUCCION DE VIVIENDA EN SITIO PROPIO BARRIO 20 DE JULIO 43.893.973 MARTINEZ ANA TORIBIA 7.020.610

15 EL BAGRE CONSTRUCCION DE...

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