RESOLUCION 858 RD2856 - 21 de Abril de 2003 - Registro distrital - Legislación - VLEX 448965730

RESOLUCION 858 RD2856

Número de BoletínREGISTRO DISTRITAL 2856 21 ABRIL 2003
EmisorSecretaria de Educacion
REGISTRO DISTRITAL  bOGOTÁ dISTRITO CAPITAL (COLOMBIA)  AÑO 37  Número 2856  pP. 1-4  2003 ABRIL 21
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COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE
MARGARITA PEÑA BORRERO
Secretaria de Educación
Resolución Número 858
(Marzo 18 de 2003)
Por la cual se asignan unas responsabilidades y
se delegan algunas competencias en materia de
ordenación del gasto y del pago en la Secretaría
de Educación y se dictan otras disposiciones
LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN
DE BOGOTÁ, D.C.
en uso de sus atribuciones legales, en especial
las conferidas por el artículo 209 de la Constitu-
ción Política, el artículo 9º de la Ley 489 de 1998,
el artículo 14 del Decreto 679 de 1994, en concor-
dancia con el Decreto 985 de 1994, el artículo 60
CONSIDERANDO:
Que el Parágrafo del artículo 209 de la Constitución
Política dispone que las autoridades administrativas
deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cum-
plimiento de los fines del Estado.
Que de conformidad con el artículo 9º de la Ley 489 de
1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo
dispuesto en la Constitución Política, podrán mediante
acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones
a sus colaboradores o a otras autoridades, con funcio-
nes afines o complementarias.
Que de acuerdo con el artículo 60 del Decreto 854 de 2
de noviembre de 2001, expedido por el Alcalde Mayor
de Bogotá, se autoriza a la Secretaria de Educación
para delegar las funciones de carácter contractual.
Así mismo el artículo 87 del Decreto 714 de 1996, por
el cual se compilaron los Acuerdos 24/95 (art 87) y 20/
Distrital, faculta al jefe de la respectiva entidad para
delegar la ordenación del gasto en funcionarios del ni-
vel directivo, las cuales serán ejercidas teniendo en
cuenta las normas consagradas en el Estatuto Gene-
ral de Contratación de la Administración Pública y dis-
posiciones legales vigentes en virtud de la autonomía
presupuestal a que se refieren la Constitución Política
y la ley.
Que para la ejecución del Plan Sectorial de Educación
se hace necesario que cada uno de los proyectos ten-
ga un responsable encargado de su coordinación, im-
plantación y seguimiento y, adicionalmente, en desa-
rrollo de estos mismos proyectos, delegar, en cumpli-
miento de los principios de eficacia, economía y cele-
ridad, todos los actos inherentes a la actividad con-
tractual.
Que las funciones de los responsables de proyectos
deben ser claras y de conocimiento general.
Que los proyectos de inversión necesitan coordinación
entre sus planes de acción y las áreas funcionales de
la Secretaría, para la eficiente ejecución de sus activi-
dades.
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Delegar en los Subsecretarios
la ordenación del gasto en cuantía hasta de 1000
S.M.M.L.V. en los proyectos de inversión del Plan de
Desarrollo Bogotá para Vivir Todos del Mismo Lado,
de acuerdo con la siguiente relación:

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