Resolución 003947 ,noviembre 9,por la cual se adjudica un terreno baldío - 18 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43925020

Resolución 003947 ,noviembre 9,por la cual se adjudica un terreno baldío

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de Desarrollo Rural
Número de Boletín47146

El Jefe de la Oficina de Enlace Territorial N° 4 del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, en ejercicio de las facultades legales y en especial las conferidas por el numeral 8 del artículo 21 de la Ley 1152 de 2007y el Decreto 3362 de 2007, y CONSIDERANDO: Que Baudilio Villacorte Portilla identificado con cédula de ciudadanía número 5369445, en su condición de ocupante, presentó ante el Incora, el 15 de octubre de 2001 solicitud de adjudicación de un terreno baldío denominado El Tesoro, ubicado en la vereda Bella Vista , jurisdicción del municipio Orito, departamento de Putumayo, con un área de 60.9846 hectáreas .

Mediante auto de fecha 13 de agosto de 2002, el Gerente Regional aceptó dicha solicitud y ordenó iniciar los procedimientos tendientes a la titulación de ese predio, para lo cual se conformó el Expediente 5050813521 (folio 3).

Mediante oficio de fecha 13 de agosto de 2002, se comunicó a Corpoamazonia y al Ministerio Público, el auto de aceptación de la solicitud.

Para dar cumplimiento a lo contemplado en el Decreto 2664 de 1994, vigente a la fecha de trámite, el 13 de agosto de 2002 se hizo la publicación en el boletín del Programa de titulación de Baldíos (folio 4), se fijó el aviso, en las oficinas del Incora y en la Alcaldía Municipal de Orito, por un término de 5 días hábiles (folios 13 y 15).

El mismo aviso se publicó por dos veces, con intervalo no menor de cinco (5) días calendario, en la emisora radial Colombianísima (folio 14);

Que mediante auto de fecha 2 de marzo de 2006 se ordenó practicar diligencia de inspección ocular al predio objeto de solicitud de adjudicación, para el 14 de junio de 2006 a las3:00p.

m. (folio24);

Que en la hora y fecha antes indicadas, se practicó la diligencia de inspección ocular al predio conforme a lo establecido en el artículo 19 del Decreto 2664 de 1994, según se observa en el acta respectiva (folios 32 y 33), sin presentarse oposición;

En la Diligencia de Inspección Ocular se estableció que la ocupación es adelantada directamente por el peticionario y este lleva cinco (5) años o más, ocupando el predio El Tesoro, de conformidad con lo previsto en el Decreto 2664 de 1994, artículo 8o, inciso 2° y que a pesar de que la extensión del predio es inferior a la UAF definida por la Junta Directiva del Incora para la zona relativamente homogénea donde se ubica, el terreno es susceptible de adjudicar con base en la excepción establecida en el numeral 2 del artículo 1° del Acuerdo 014 de 1995, expedido por ese mismo organismo del Incora, dado...

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