Resolución de la Agencia Nacional de Tierras, 15-12-2021 - Normativa - VLEX 907773619

Resolución de la Agencia Nacional de Tierras, 15-12-2021

Fecha de publicación19 Julio 2022
Fecha15 Diciembre 2021
Número de resolución29088
Al contestar por favor cite estos datos:
Radicado No. 20223200857541
Fecha: 11/07/2022
PUBLICACIÓN EN PÁGINA WEB DE LA ENTIDAD
AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS -ANT-
Resolución No. 29088 del 15 de diciembre de 2021
Procedimiento Único (Decreto Ley 902 de 2017)
“LA MARÍA”
La Calera, Cundinamarca
FMI No. 50N-20035541
LA SUBDIRECCIÓN DE PROCESOS AGRARIOS Y GESTIÓN JURÍDICA DE LA AGENCIA NACIONAL DE TIERRAS
–ANT-
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 37 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso
Administrativo (Ley 1437 de 2011) y ante el desconocimiento de terceros que puedan resultar afectados con las
actuaciones administrativas proferidas por esta Dependencia, con el f‌in de salvaguardar sus derechos, se procede a:
PUBLICAR
El acto administrativo que se relaciona a continuación, proferido por la Subdirección de Procesos Agrarios y Gestión
Jurídica de la Agencia Nacional de Tierras - ANT:
Resolución No. 29088 del 15 de diciembre de 2021, "Por la cual se decide NO iniciar la segunda parte de la fase
administrativa del Procedimiento Único de que trata el Decreto Ley 902 de 2017 adelantado sobre los terrenos que
conforman el predio denominado “LA MARIA”, identif‌icado con Folio de Matrícula Inmobiliaria No. 50N-20035541,
ubicado en jurisdicción del municipio de La Calera, departamento de Cundinamarca".
La presente publicación se encontrará disponible en la página web de la Agencia Nacional de Tierras – ANT
www.ant.gov.co, por un término de diez (10) días calendario contados a partir del día diecinueve (19) de julio de 2022
a las ocho (8:00) a.m., hasta el día veintiocho (28) de julio de 2022 a las cinco (5:00) p.m.
BEATRIZ JOSEFINA NIÑO ENDARA
Subdirectora de Procesos Agrarios y Gestión Jurídica
Anexo: Copia digital de la Resolución No. 29088 del 15 de diciembre de 2021.
Proyectó: María Fernanda Cañón - Consultora Corprogreso - Convenio FAO -ANT.
Revisó: Jorge Humberto Osorio - Abogado Líder Equipo Sur Amazonía SPA y GJ.
AGENCIANACIONALDETIERRASANT
RESOLUCIONNo.*29088*DEL2021-12-15
PorlacualsedecideNOiniciarlasegundapartedelafaseadministrativadelProcedimiento
ÚnicodequetrataelDecretoLey902de2017adelantadosobrelosterrenosqueconformanel
prediodenominadoLAMARIA,identificadoconFoliodeMatrículaInmobiliariaNo.
50N-20035541,ubicadoenjurisdiccióndelmunicipiodeLaCalera,departamentode
Cundinamarca.
LASUBDIRECCIÓNDEPROCESOSAGRARIOSYGESTIÓNJURÍDICA
DELAAGENCIANACIONALDETIERRAS-ANT-
Enejerciciodelasfacultadeslegalesyreglamentariasqueleconfiereelartículo48delaLey
160de1994,losnumerales24°delartículoydelartículo21delDecretoLey2363de
2015,elartículo58delDecretoLey902del2017ysureglamentooperativo,contenidoenla
ResoluciónNo.740del13dejuniode2017,modificadayadicionadaporlasResoluciones
números108de29deenerode2018,3234del09dejuliode2018,12096del16deagostode
2019,915del12defebrerode2020y20211000087126del28dejuniode2021,y
CONSIDERANDO
I.COMPETENCIA
MedianteelDecreto2365de2015sesuprimióelInstitutoColombianodeDesarrolloRural-
INCODER,y,atravésdelDecretoLey2363de2015secreólaAgenciaNacionaldeTierras
ANT.Deestamanera,porministeriodelaley,elobjetoyfuncionesquedesarrollabael
INCODERfuerontransferidasalaANT,enlorelacionadoconlagestiónytrámitedelos
procedimientosadministrativosespecialesagrarios.
Enelmismosentido,loscapítulosXyXIdelaLey160de1994,facultaronalInstituto
ColombianodeDesarrolloRural-INCODER-hoyAgenciaNacionaldeTierras-ANT-,para
clarificarlasituacióndelastierrasdesdeelpuntodevistadelapropiedad,conelfinde
determinarsihansalido,ono,deldominiodelEstado,delimitarlastierrasdepropiedaddela
Nacióndelasdelosparticulares,determinarcuándohayindebidaocupacióndeterrenos
baldíosyextinguirelderechodedominioopropiedadsobrelosprediosrurales.
Asuvez,elDecretoLey2363de2015,enelnumeral24delartículo4yartículo21,conformea
lanuevainstitucionalidaddelsectoragrario,dispusoqueeltrámiteenprimerainstanciadelos
procedimientosadministrativosespecialesagrarioscontempladosenlaLey160de1994,serán
adelantadosporlaSubdireccióndeProcesosAgrariosyGestiónJurídicadelaAgencia
NacionaldeTierra(ANT),bajolasdisposicionesprevistasenelDecretoLey902defecha29de
mayode2017.
AtravésdelDecretoLey902de2017,seadoptanmedidasparafacilitarlaimplementaciónde
laReformaRuralIntegralcontempladaenelAcuerdoFinalenmateriadetierras,
específicamenteelprocedimientoparaelaccesoyformalizaciónyelFondodeTierras.Deesta
manera,seregulanlosaspectosesencialesdelProcedimientoÚnicoyseestablecenlas
generalidadesdeesteenzonasfocalizadasynofocalizadas.
Asimismo,losnumeralesydelartículo58ibidem,facultaronalaANTparaadelantarel
ProcedimientoÚnico,entrelosasuntosatratar,seencuentranlosatinentesaldeslindede
tierrasdelaNación,clarificacióndesdeelpuntodevistadelapropiedad,recuperaciónde
baldíosindebidamenteocupadosyextincióndelderechodedominio,referidosenlaLey160de
1994.
Porsuparte,elartículo69ibídem,disponequeelDirectorGeneraldelaANT,fijarálos
ReglamentosoperativosacordesalProcesoÚnicodelaPropiedadensufaseadministrativa,

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