Resolución conjunta número 001 de 2014, por medio de la cual se declara en ordenación la Cuenca Hidrográfica del río Medio y Bajo Suárez - 11 de Noviembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 543710902

Resolución conjunta número 001 de 2014, por medio de la cual se declara en ordenación la Cuenca Hidrográfica del río Medio y Bajo Suárez

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, (CAR), Corporación Autónoma Regional de Boyacá, (Corpoboyacá), Corporación Autónoma Regional de Santander, (CAS)
Número de Boletín49332

El Director General de la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca, (CAR), el Director General de la Corporación Autónoma Regional de Boyacá, (Corpoboyacá) y la Directora General de la Corporación Autónoma Regional de Santander; (CAS), en uso de sus facultades legales y estatutarias, en especial de las consagradas en el artículo 24 del Decreto número 1640 de 2012,

CONSIDERANDO:

Que según el artículo 31 (numeral 18) de la Ley 99 de 1993, corresponde a las corporaciones autónomas regionales "ordenar y establecer las normas y directrices para el manejo de las cuencas hidrográficas ubicadas dentro del área de su jurisdicción, conforme a las disposiciones superiores y a las políticas nacionales^.

Que el parágrafo del artículo 215 de la Ley 1450 de 2011 y el artículo 18 (parágrafo 1º) del Decreto número 1640 de 2012, atribuyen a las corporaciones autónomas regionales y de desarrollo sostenible, la facultad de formular los planes de ordenación y manejo de las cuencas hidrográficas.

Que el artículo 18 del Decreto número 1640 del 2012 establece que el plan de ordenación y manejo de la cuenca hidrográfica, es el instrumento para planear "el uso coordinado del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna y el manejo de la cuenca entendido como la ejecución de obras y tratamientos, en la perspectiva de mantener el equilibrio entre el aprovechamiento social y económico de tales recursos y la conservación de la estructura fisicobiótica de la cuenca y particularmente del recurso hídrico".

Que el artículo 316 del Decreto-ley 2811 de 1974, correspondiente al Código Nacional de Recursos Naturales y de Protección al Medio Ambiente, estableció que se entiende por ordenación de una cuenca, "la planeación del uso cotidiano del suelo, de las aguas, de la flora y la fauna, y por manejo de la cuenca, la ejecución de obras y tratamientos".

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 24 del Decreto número 1640 de 2012, la declaratoria en ordenación de las cuencas hidrográficas se realizará mediante resolución motivada por cada corporación autónoma regional, y tiene por objeto dar inicio al proceso de ordenación respectivo; así mismo, debe incluir la delimitación de la misma, en la base cartográfica del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, (IGAC), a la...

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