Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-09-23 - Normativa - VLEX 878198610

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-09-23

Número de radicado160AN-RES2109-6060
Fecha de publicación23 Septiembre 2021
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 5
160AN-RES2109-6060
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Carrera 65 No.44A-32
Medellín Colombia
Tel: 57 (4) 493 88 88
aburanorte@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE DECLARA EL DESISTIMIENTO TACITO”
El Jefe de la Oficina Territorial Aburrá Norte de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
conferidas en la Ley 99 de 1993 y el Acuerdo Corporativo No.586 del 14 de
agosto del 2020, en concordancia con la Resolución No.040-RES-2101-427
del 29 de enero de 2021 y el Memorando No.040-MEM2104-3047 del 30 de
abril del 2021,
CONSIDERANDO
Que mediante Convenio Interadministrativo No.4800001383 de 2006, suscrito
entre la Corporación y la Secretaría de Desarrollo Rural del municipio de
Medellín, cuyo objeto consistió en la legalización de los permisos de
concesiones y vertimientos para 5.059 sistemas de tratamiento de aguas
residuales en los corregimientos del municipio, dentro de los cuales se incluyó
la solicitud de permiso de vertimientos a nombre de la señora LUZ NEILA
GALLEGO BEDOYA, identificada con cédula de ciudadanía número
43.009.451, presentado en Formulario Único Nacional de Solicitud de Permiso
de Vertimientos Nro. 130AN-2729 del 18 de septiembre de 2006, para las
aguas residuales domésticas generadas en su predio ubicado en la vereda El
Plan-corregimiento Santa Elena del municipio de Medellín Antioquia.
Expediente AN7-2006-282274.
Que mediante Acto Administrativo con radicado número 130AN-6652 del 22
de septiembre de 2006, notificado el 20 de enero de 2010, se admitió e inició
el trámite de permiso de vertimientos presentado por la señora LUZ NEILA
GALLEGO BEDOYA, identificada con cédula de ciudadanía número
43.009.451.
Que al realizar el análisis del expediente AN7-2006-282274, no se evidencia
que la usuaria haya realizado acciones que permitan determinar el interés en
continuar con el trámite de solicitud de permiso de vertimientos, voluntad que
se ve reflejada en que ha dejado transcurrir más de quince (15) años sin
presentar interés alguno en la continuación de su trámite, como tampoco se
ha presentado a la oficina territorial para averiguar por el mismo.
Que una de las consecuencias del abandono del trámite por parte de la
usuaria, es el desistimiento tácito, figura jurídica que consiste en la perdida de
efectos de la solicitud y por ende terminación de la actuación.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR