Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-05-29 - Normativa - VLEX 878205193

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-05-29

Número de radicado160TH-RES2005-2971
Fecha de publicación29 Mayo 2020
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24 VERSIÓN: 03 PÁGINA: 1 de 38
Oficina Territorial Tahamíes, Carrera 28 A N°. 32-17 Tercer piso, Terminal de
Transportes, Telefax 860 7489, 5312, 5309, 8881, Santa Rosa de Osos - Antioquia,
Correo electrónico: tahamies@corantioquia.gov.co
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160TH-RES
POR LA CUAL SE DECIDE UN PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO
El Jefe de Oficina Territorial Tahamíes de la Corporación Autónoma Regional
del Centro de Antioquia - CORANTIOQUIA, en uso de sus funciones
establecidas en la Resolución No. 040-1607-22528 del 14 de julio de 2016,
modificada parcialmente por la Resolución No. 040-1609-22902 del 30 de
septiembre de 2016 y la Resolución Nº. 040-RES1906-3021 del 12 de junio
del 2019, “POR MEDIO DE LA CUAL SE HACE UN NOMBRAMIENTO”, y
CONSIDERANDO
Qué en los archivos de La Corporación se encuentra radicado el expediente
No. TH4-2018-124, donde obra queja ambiental No. 160TH-COE1803-8947
del 15 de marzo de 2018, donde se consigna que en un predio cerca a la
escuela de Cucurucho, en el municipio de Santa Rosa de Osos, están
haciendo quema de monte nativo, presuntamente por el señor ALBEIRO RUIZ.
Conforme a lo anterior, el día 21 de marzo de 2018, mediante radicado No.
160TH-COE1803-9526, el Grupo de Protección Ambiental y Ecológica de la
Policía Nacional, Departamento de Policía de Antioquia, informó lo siguiente:
De manera atenta me permito informar a esa corporación que el día 20-03-
2018 a las 18:30 horas en la vereda el Cucurucho de Santa Rosa de Osos,
(…) en la vía que de Santa Rosa conduce a Cucurucho, finca el Percal, se
encuentra un aprovechamiento forestal, donde se observa corte de árboles
nativos colombianos como son Roble, Chagulo y Espadero, por parte del señor
Jesús Albeiro Ruiz Medina, identificado con cédula de ciudadanía No.
8.151.537 (…), al cual se le incauta 420 estacones de madera nativa
colombiana, entre las cuales se encontró Roble, chagulo, espadero, se le
solicita documentación que la autorice, pero argumentaron que no tiene
permisos que acredite su aprovechamiento, por lo que se considera como
conducta ilegal, al llegar al sitio solo se ve la madera y no se encuentra en el
momento a ninguna persona realizando trabajos con ella.”
Anexo a la comunicación se adjuntó ACTA DE INCAUTACIÓN DE
ELEMENTOS VARIOS, suscrita por el señor JESÚS ALBEIRO RUIZ MEDINA,
la cual da razón de lo antes expuesto y además de lo siguiente: “Que no tenía
conocimiento sino que no lo tumbaba”
Que el día 23 de marzo de 2018 se radicó con el No. 160TH-COE1803-9717
el Acta Única de Control al Tráfico Ilegal de Flora y Fauna Silvestre No. 131990
del 20 de marzo de 2018, donde el Grupo de Protección Ambiental y Ecológica
de Santa Rosa de Osos, del Departamento de Policía de Antioquia, incautó
Roble de Tierra Fría en cantidad de 1.4 m3, Chagualo en cantidad de 1.4 m3 y
2005-2971
29 mayo de 2020.
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24 VERSIÓN: 03 PÁGINA: 2 de 38
160TH-RES
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Gallinazo en cantidad de 0.50 m3, en el predio EL PERCAL, ubicado en la
Vereda Cucurucho del municipio de Santa Rosa de Osos, al señor JESÚS
ALBEIRO RUIZ MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No.
8.151.537.
De dicho documento se destaca lo siguiente: “Yo no tenía conocimiento de
tumbar eso, yo mandé a tumbar unos palos para cerrarlos para estacones,
para la finca, pero el muchacho tumbó todo eso.”
I. ACTUACIONES JURÍDICO – TÉCNICAS.
Que en atención a la queja ambiental en la fecha del 15 de marzo de 2018 se
realizó el día 21 de marzo de 2018 visita a las instalaciones del vivero de
propiedad del Municipio de Santa Rosa de Osos, conforme a lo cual se elaboró
Informe Técnico N°. 160TH-IT1804-3862 del 17 de abril de 2018, en el cual
se resalta lo siguiente:
“El día 21 de marzo, en las instalaciones del vivero propiedad del municipio de
Santa Rosa de Osos, localizado en zona urbana del mismo, se realiza
evaluación y cubicaje de las maderas incautadas. De esta evaluación técnica,
se obtuvo que, de las maderas incautadas, la correspondiente a la especie
Roble de Tierra Fría (Quercus humboldtii) presenta un volumen de 1.4 m3 . La
correspondientes a la especie Chagualo (Clusia multiflora) presenta un
volumen de 1,4 m3 y la especie Gallinazo (Schizolobium parahyba) arrojó un
volumen de 0.5 m3.
….
La incautación tuvo su origen en la falta de ostentar un permiso de
aprovechamiento forestal, requisito legal obligatorio para realizar
aprovechamiento de especies nativas, (…). En este caso se presenta una
infracción a la normatividad ambiental, además de presentarse afectación al
recurso flora, con el agravante de que una de las especies se encuentra
vedada a nivel nacional.”
Que mediante la Resolución 160TH-RES1807-3869 del 13 de julio de 2018,
notificada el día 25 de julio de 2018, se le impuso al señor JESUS ALBEIRO
RUIZ MEDINA, identificado con la cédula de ciudadanía No. 8.151.537, la
medida preventiva de DECOMISO de 1.4 m³ de madera de la especie Roble
de Tierra Fria (Quercus Humboldtii); 1.4 m³ de Chagualo (Clusia multiflora) y
0.50 m³ de Gallinazo (Schizolobium parahyba), para un total de 3.3 m³
individuos.
Que en consecuencia, se expidió el Acto Administrativo 160TH-ADM1807-
3610 del 13 de julio de 2018, notificado el día 25 de julio de 2018, mediante el
cual se declaró iniciado el procedimiento sancionatorio ambiental en contra del
señor JESUS ALBEIRO RUIZ MEDINA, identificado con la cédula de
ciudadanía No. 8.151.537, con el fin de verificar los hechos u omisiones
constitutivos de infracción a la normatividad ambiental, por las afectaciones
causadas al recurso natural flora, por las actividades de tala de vegetación
nativa sin los respectivos permisos ambientales, para la obtención de madera
2005-2971
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24 VERSIÓN: 03 PÁGINA: 3 de 38
160TH-RES
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nativa, en la vereda Cucurucho del municipio Santa Rosa de Osos,
coordenadas geográficas N 06° 38´5.53” W 75° 31´0.40”.
En el parágrafo del artículo CUARTO de la citada decisión se consignó lo
siguiente: “Adicionalmente deberá realizarse Informe Técnico donde se aclare
el volumen de madera trasladado a las bodegas dispuestas por
CORANTIOQUIA, debido a que no concuerda el volumen incautado con el
Acta de ingreso de Productos Forestales ingresados al C.A.V.”
Que teniendo en cuenta lo anterior, personal de La Corporación realizó el día
4 de julio de 2018 visita al predio EL PERCAL, ubicado en el Municipio de
Santa Rosa de Osos, tal como consta en el Informe Técnico 160TH-IT1809-
9140 del 17 de septiembre de 2018, donde se resalta lo siguiente:
“El predio donde se realizaron las afectaciones y en el que se cumplieron las
incautaciones de madera de Roble de Tierra Fría (esta especie se encuentra
en veda) Quercus Humboldtii, Chagualo (Clusia multiflora) y Gallinazo
(Schizolobium parahyba) por parte de la Policía Nacional, se denomina El
Percal, y es propiedad del señor JESUS ALBEIRO RUIZ MEDINA, identificado
con la cédula de ciudadanía No. 8.151.537, sindicado como el presunto
infractor.
LOCALIZACIÓN DE LOS SITIOS VISITADOS
El predio se localiza en la vereda Cucurucho del Municipio de Santa Rosa de
Osos y corresponde a la zona de vida BOSQUE HUMEDO MONTANO BAJO
(bh-MB) (…)
En la tabla No. 1 que se muestra a continuación, se pueden observar las
coordenadas de uno de los sitios observados dentro del predio, así como su
correspondiente altitud.
Tabla 1. Ubicación geográfica de los sitios visitados
SITIOS Coordenadas
geográficas
Coordenadas planas Altitud
(msnm)
N W Y X
Sitio de talas
y quemas de
roble y otras
especies
38´36.6”
75° 31´2.2”
1.226.631 840.776
2535
Con la visita de campo se pudo evidenciar que en el predio se realizaron talas
y quema de vegetación nativa, entre los que estaban el Roble de Tierra Fría
(esta especie se encuentra en veda) Quercus Humboldtii, Chagualo (Clusia
multiflora) y Gallinazo (Schizolobium parahyba). Las afectaciones se realizaron
con el objeto de sembrar pastos para el establecimiento de ganadería. Se
hallaron evidencias de restos de vegetación calcinada y algunos estacones
recientemente arrumados, (…). El área total de afectaciones se estimó en 0.5
hectáreas. (…)”
2005-2971

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