Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2016-03-29 - Normativa - VLEX 878205328

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2016-03-29

Fecha de publicación29 Marzo 2016
Número de radicado160SAE-1603-1211
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Alcaldía de Envigado
o Pilibiersit
C5
o Agiopecuaro
RESOLUCIÓN N° 160 SAE F
6
o
3
1 2 1
1
"POR LA CUAL SE MODIFICA UNA AUTORIZACION"
29 PIAR 2015
El Alcalde Municipal de Envigado, en uso de las facultades legales conferidas en
la ley 99 de 1993, delegadas por CORANTIOQUIA mediante Resolución N° 3710
del 14 de diciembre de 2000, modificada por la Resolución N° 12165 del 12 de
noviembre de 2009, según la facultad contemplada en el artículo 54 de la misma
ley, y
CONSIDERANDO
Que por Resolución 160SAE1511-1092 del 26 de noviembre de 2015, notificada
personalmente el 30 de noviembre de 2015 se autorizó a la sociedad
CONSTRUCTORA CAPITAL MEDELLIN S.A.S,
con NIT 811.032.292-3, a través
de su representante legal señor
FELIPE ECHEVERRI JARAMILLO
identificado
con cédula de ciudadanía Nro. 98.541.531, a realizar la tala de doscientos ochenta
y tres (283) árboles de diferentes especies relacionados e identificados en la Tabla
N° 2; ubicados al interior del predio No. 302 identificado con certificado de
matrícula inmobiliaria No. 001-794444 de la oficina de registro de instrumentos
públicos de Medellín, zona sur, localizado en la Vereda El Escobero (expansión)
jurisdicción del Municipio de Envigado, los cuales interfieren con el proyecto
constructivo denominado "Biocity Grand".
Que en el artículo 2 de la Resolución 160SAE1511-1092 del 26 de noviembre de
2015, se resuelve que la sociedad
CONSTRUCTORA CAPITAL MEDELLIN
S.A.S,
con NIT 811.032.292-3, a través de su representante legal señor
FELIPE
ECHEVERRI JARAMILLO
identificado con cédula de ciudadanía Nro. 98.541.531,
debe conservar noventa y seis (96) árboles relacionados e identificados en la
Tabla N° 3, ubicados al interior del predio donde se adelanta el proyecto
constructivo denominado "Biocity Grand".
Que el plazo para adelantar las actividades autorizadas por la Resolución
160SAE1511-1092 del 26 de noviembre de 2015, se estipuló en un término de
noventa (90) días calendario contados a partir de la notificación de la citada
providencia.
Que mediante oficio 160SAE-1602-46 del 11 de febrero de 2016 la sociedad
CONSTRUCTORA CAPITAL MEDELLÍN S.A.S.,
a través de su representante
legal, solicita y justifica una modificación a los tratamientos aprobados por la
Resolución 160SAE1511-1092 del 26 de noviembre de 2015, notificada
personalmente el 30 de noviembre de 2015, argumentando que al rectificar el
trazado de vías obligadas y la topografía se han presentado algunas variaciones y
por lo tanto de los 283 árboles aprobados para tala se van a conservar 39 árboles
y de los 96 que se encuentran para conservar se deben intervenir 2 y se adicionan
al inventario otros 20 árboles que también deben de ser intervenidos, para un total
de 22.
Que la solicitud de modificación y adición presentada por la sociedad
CONSTRUCTORA CAPITAL MEDELLIN S.A.S,
con NIT 811.032.292-3, a través
de su representante legal señor
FELIPE ECHEVERRI JARAMILLO
identificado
con cédula de ciudadanía Nro. 98.541.531, se evaluó por personal técnico de esta
Autoridad Ambiental, derivándose el informe técnico No. 160SAE1603-2827 del 15
de marzo de 2016, el que concluye lo siguiente:
'111~1"111~01•111•901111WSM011~1
Apoya,elingreo de Envigado
al Area Metropolitana
Calle 40 B Sur 37 - 24
Teléfono: 339 40 70
unedioiambiente@envigado.gov.co
Envigado ii Colombia
Código postal: 055420
@<
www.envigadóigovico

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