Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-04-21 - Normativa - VLEX 878205976

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-04-21

Número de radicado160AS-RES2104-2193
Fecha de publicación21 Abril 2021
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL - SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 11
160AS-RES2104-2193
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POR LA CUAL SE ARCHIVA UN EXPEDIENTE
El Jefe de la Oficina Territorial de Aburrá Sur de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia CORANTIOQUIA, en uso de las facultades
otorgadas por el Acuerdo 452 de 2014 y Resolución 040-RES2101-427 de 29
de enero de 2021,
CONSIDERANDO
Que mediante el Acto Administrativo No. 160AS-ADM1807-3544 del 11 de julio
de 2018, se dispuso:
“PRIMERO: AVOCAR conocimiento del trámite de Autorización para la
ocupación de Cauce permanente de la quebrada la Calabacera, obrante en el
expediente AS8-2018-80, compuesto por cincuenta y tres (53) folios, a nombre
del MUNICIPIO DE ITAGUI, identificado con NIT. 890.980.093-8, actuando a
través de su secretario de infraestructura, el señor OSCAR MAURICIO
CHAVERRA MONSALVE, identificado con C.C. No. 8.032.605.
SEGUNDO: CONVALIDAR, el Auto No. 00-000725 del 28 de febrero de 2018,
por medio del cual el AREA METROPOLITANA DEL VALLE DE ABURRA
admite e inicia solicitud presentada por el MUNICIPIO DE ITAGUI, identificado
con NIT. 890.980.093-8, actuando a través del Secretario de Infraestructura, el
señor OSCAR MAURICIO CHAVERRA MONSALVE, identificado con C.C. No.
8.032.605, de Ocupación de Cauce permanente de la quebrada la Calabacera,
con la construcción de obra consistente en un canal trapezoidal y Boxcoulvert
para mitigar riesgo por inundación de los habitantes de los sectores aledaños,
a la altura de la vereda el Porvenir, del municipio de Itagüí-Antioquia”.
Que posteriormente mediante la Resolución No. 160AS-RES1809-4933 del 11
de septiembre de 2018, se resolvió:
ARTICULO 1º. Otorgar al MUNICIPIO DE ITAGUI, con NIT. 890.980.093-8,
representado legalmente el alcalde LEON MARIO BEDOYA LOPEZ
Identificado con C.C. No. 98.539.426, la ocupación de cauce de la fuente
hídrica, quebrada la Calabacera con la construcción trapezoidal y box
culvert para mitigara el riesgo por inundación de los habitantes de los
sectores aledaños, a la altura de la vereda el Porvenir de Municipio de
Itagüí, Departamento de Antioquia. El permiso de ocupación de cauce
permanente se otorga por la vida útil de la obra, para este caso es de 25
años.
ARTICULO 2º. EL MUNICIPIO DE ITAGUI, con NIT. 890.980.093-8, deberá
construir la obra autorizada de conformidad con las características técnicas
y con sus respectivos planos, definidos en los estudios técnicos
presentados:

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