Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2020-11-06
Número de radicado | 160ZF-RES2011-6262 |
Fecha de publicación | 06 Noviembre 2020 |
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 110
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Municipio: Vegachí Antioquia
Tel: 57 (4) 4938888 ext. 7100
Correo electrónico: Zenufana@corantioquia.gov.co
“POR LA CUAL SE OTORGA UNA LICENCIA AMBIENTAL”
El Jefe de la Oficina Territorial Zenufaná De La Corporación Autónoma
Regional Del Centro De Antioquia en cumplimiento de sus funciones de
conformidad al Acuerdo del Consejo Directivo N° 452 del 24 de noviembre de
2014, y
CONSIDERANDO
Que por Acto Administrativo 160ZF-1611-9177 del 21 de noviembre de 2016 se
dispuso admitir e iniciar el trámite de Licencia Ambiental presentada por la
Sociedad MAXXGENERAMOS S.A.S E.S.P identificada con el Nit 900.803.375-
8, para el proyecto PCH LA ALBANIA a desarrollarse en la vereda EL Recreo
del Municipio de Remedios Antioquia. Expediente ZF3-2016-7
Que como consecuencia de la evaluación de la información presentada, se
generó el informe técnico 160ZF-IT1707-7417 del 18 de julio de 2017 mediante
el cual se concluyó que bajo la evaluación con la metodología del Ministerio de
Ambiente y Desarrollo Sostenible, el Estudio de Impacto Ambiental para el
proyecto “Pequeña Central Hidroeléctrica Albania” para el aprovechamiento
hidroenergético del rio Ité a su paso por la vereda El Recreo del Municipio de
Remedios, requiere información complementaria para su evaluación y
definición de viabilidad ambiental.
2015, se procedió a realizar la reunión de requerimientos por una única vez, a
la sociedad MAXXGENERAMOS S.A.S E.S.P identificada con el Nit
900.803.375-8, la cual quedó plasmada bajo el radicado 160ZF-ACT1708-3033
del 3 de agosto de 2017.
Que por Acto Administrativo 160ZF-RES1708-4028 del 3 de agosto de 2017 y
previa solicitud realizada por el usuario, según radicado 160ZF-COE1707-
22160, se procedió a suspender los términos dentro del proceso de
licenciamiento ambiental adelantado dentro del expediente ZF3-2016-7, a favor
de la sociedad MAXXGENERAMOS S.A.S E.S.P identificada con el Nit
900.803.375-8, para el proyecto PCH LA ALBANIA a desarrollarse en la vereda
EL Recreo del Municipio de Remedios Antioquia.
Que la suspensión se dispuso hasta que la resolución que decida sobre el
levantamiento de veda regional esté ejecutada, momento a partir del cual
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empezaran a correr nuevamente los términos sin necesidad de acto
administrativo que así lo decrete.
Que mediante los radicados 160ZF-COE1709-29380, 160ZF-COE1910-35768,
160ZF-COE1911-40650 y 160ZF-COE2005-13262 la sociedad
MAXXGENERAMOS S.A.S E.S.P, presento información en atención a los
requerimientos.
Como consecuencia, se procedió a realizar evaluación técnica, plasmándose
en el informe 160ZF-IT2010-9775 del 19 octubre de 2020, lo evidenciado:
Situación encontrada y/o análisis de información:
A continuación, se realiza el análisis y evaluación de cada uno de los puntos de
los cuales el interesado presenta en respuesta a los requerimientos mediante
radicado N° 160ZF-COE2005-13262 del 21 de mayo de 2020.
No
Requerimiento
1
Aclarar y/o corregir las siguientes imprecisiones que se
encuentran en el texto:
a. En las características del proyecto se deduce que su
capacidad instalada es de 11,50 MW para una
producción media anual de 60 GWh/año, pero en el
resumen numeral 1.2, “Descripción del proyecto” se
indica que la capacidad instalada es de 12,20 m para
una generación media anual de 64 GWh/año
b. En el numeral 3,1 del resumen “Áreas de estudio y
área de influencia” se indica que otra alternativa de
comunicación del proyecto con Medellín es la ruta
Anorí- Yarumal – Medellín, es claro que esto no
corresponde al proyecto PCH Albania
c. En uso del agua hacer referencia a los usos actuales
de las fuentes hídricas utilizadas y/o afectadas por el
proyecto, ya que en el documento se refiere al uso de
agua en el municipio de Remedios.
d. En el numeral 2.2.1.9 “Zonificación ambiental del
medio socioeconómico”, la tabla y la figura de la
Zonificación ambiental debe corresponder a este medio
y no al biótico.
e. Las fórmulas para la cuantificación de impactos
ambientales deben coincidir con las que se utilizaron
en el capítulo 5 “Evaluación Ambiental” del EIA.
f. Corregir la paginación del documento ya que en este
se salta de la página 31 a la página 109 y en adelante
se mantiene la paginación con este número.
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Resumen: En respuesta al requerimiento el documento
describe que:
a. La energía media anual generada para este proyecto
es de 59,92, ósea aproximadamente 60 GWh/año.
b. Para acceder al proyecto se emplea la vía que
comunica al municipio de Medellín con la cabecera
municipal de Remedios, un recorrido de 187 Km y de la
cabecera municipal hasta la PCH el cual tiene un
recorrido de 47.66 Km, cruzando por las veredas Juan
Bran, Martaná, La Honda, La Cruz, La ceiba y El
Recreo.
c. En la tabla 3-1 y figura 3 del documento respuesta, se
muestran los usuarios identificados en el área de
influencia del proyecto PCH La Albania, además del
uso que estos le están dando al recurso.
d. Se actualizó la zonificación ambiental del proyecto
PCH La Albania, esta se presenta en el anexo 2.
e. Se presenta nuevamente la evaluación de impactos
ambientales del proyecto en el anexo 1.
f. Se elaboró el documento mejorando la edición,
formato, numeración y demás aspectos relacionados
con la presentación.
Observación: Una vez verificada la respuesta al requerimiento
tanto en el documento respuesta como en cada uno de los
anexos descritos, se evidencia que se efectuaron los
respectivos cambios, dando cumplimiento a lo establecido en
el Acta 160ZF-ACT1708-3033.
Conclusión: Adecuadamente cubierto
2
● Corregir y/o complementar la siguiente información:
a. Relacionar en los antecedentes, el trámite y
certificación de aprobación del programa de
arqueología preventiva y autorización de intervención
arqueológica por parte del Instituto Colombiano de
Arqueología e Historia – ICANH
b. Incluir en el marco normativo, como norma general, la
Resolución 1415 de 2012 del MADS, relacionada con
la presentación del Geodatabase.
c. De acuerdo con la metodología utilizada, a la
recolección de datos y confiabilidad de estos, presentar
un análisis del grado de incertidumbre de la
información.
d. En el numeral 1.3.1 “Criterios para el planteamiento del
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