Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-05-05 - Normativa - VLEX 878209501

Resolución de la Corporación Autónoma Regional del Centro de Antioquia, 2021-05-05

Número de radicado160TH-RES2105-2539
Fecha de publicación05 Mayo 2021
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
DIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 1 de 17
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Oficina Territorial Tahamíes
Cra 28 N° 32 17 tercer piso
Terminal de transportes
Santa Rosa de Osos
Tel: 57 (4) 8608881 / 3117056068
tahamies@corantioquia.gov.co
160TH-RES
“POR LA CUAL SE IMPONE UNAS MEDIDAS PREVENTIVAS”
El Jefe de la Oficina Territorial Tahamíes de la Corporación Autónoma
Regional del Centro de Antioquia, de CORANTIOQUIA, en ejercicio de la
delegación otorgada por la resolución No. 040-1607-22528 del 14 de julio
2016, concordada con la resolución No.040-RES1906-3021 de 12 de junio de
2019, y los acuerdos 452 y 453 del 24 de noviembre del 2014, y
CONSIDERANDO
Que con la Ley 99 de 1993, por la cual se establece los fundamentos de la
política ambiental colombiana se crea el Ministerio del Medio Ambiente, se
reordena el Sector Público encargado de la gestión y conservación del medio
ambiente y los recursos naturales renovables, se organiza el Sistema Nacional
Ambiental SINA, y se dictan otras disposiciones.
Que en su Artículo 31) numeral 9) faculta a las Corporaciones Autónomas
Regionales para otorgar concesiones, permisos, autorizaciones, licencias
ambientales, para el uso, aprovechamiento y movilización de los recursos
naturales renovables o para el desarrollo de actividades que afecten o puedan
afectar el medio ambiente.
Que la precitada norma en su Artículo 31) numeral 12) determina que las
Corporaciones Autónomas Regionales ejercen las funciones de evaluación,
control y seguimiento ambiental de los usos del agua, el suelo, el aire y los
demás recursos naturales, lo cual comprenderá el vertimiento, emisión o
incorporación de sustancias o residuos líquidos, sólidos y gaseosos en
cualquiera de sus formas, al aire o a los suelos, así como los vertimientos o
emisiones que puedan causar daño o poner en peligro el normal desarrollo
sostenible de los recursos naturales renovables o impedir o obstaculizar su
empleo en otros usos.
sancionatorio ambiental, donde El Estado es el titular de la potestad
sancionatoria en materia ambiental y la ejerce, sin perjuicio de las
competencias legales de otras autoridades, a través del Ministerio de
Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, las corporaciones autónomas
Que, mediante denuncia verbal por parte de un usuario, después de una visita
técnica de control y seguimiento al territorio realizada el día miércoles 19 de
febrero de 2020, se reporta la tenencia en cautiverio de una Lora en una
vivienda ubicada en la vereda La Muñoz, zona rural del municipio de Santa
Rosa de Osos.
Que, se elabora el Informe Técnico Radicado No. 160THIT-2010- 9391 de 07
de octubre de 2020, se describe entre otros aspectos los siguientes:
160TH-RES2105-2539
SISTEMA DE GESTIÓN INTEGRAL -SGI
RESOLUCIÓN
CÓDIGO: FT-GIC-24
VERSIÓN: 03
PÁGINA: 2 de 17
160TH-RES
Corantioquia está comprometida con el tratamiento legal, lícito, confidencial y seguro de sus datos personales. Por
favor consulte nuestra Política de Tratamiento de datos personales en nuestra página web: www.corantioquia.gov.co
Oficina Territorial Tahamíes
Cra 28 N° 32 17 tercer piso
Terminal de transportes
Santa Rosa de Osos
Tel: 57 (4) 8608881 / 3117056068
tahamies@corantioquia.gov.co
El día miércoles 19 de febrero de 2020, durante la realización de una
visita técnica relacionada con la verificación de tenencia de una lora en
cautiverio en la vereda La Muñoz, del municipio de Santa Rosa de Osos,
el usuario, de forma verbal, afirma que, en un predio cercano a esa
finca, también tienen una lora en cautiverio, para que por favor se realice
la visita, tal y como lo hicieron con él. Por tal motivo, y siguiendo las
indicaciones entregadas por el usuario se arriba a un predio que se
localiza en las coordenadas geográficas 6° 35’ 8,66” N -75° 29’ 42,316”
W y tiene por nombre El Roblal.
Después de varios llamados, sale de la vivienda la señora Beatriz
Lopera con la que se entabla una conversación en la cual se indica que
se tiene conocimiento que en esta vivienda tienen una lora en cautiverio,
doña Beatriz afirma que si es cierto que ella tiene una lora en la vivienda,
pero que no se encuentra en cautiverio, que la lora se encuentra suelta
en un lote con árboles, donde se puede mover libremente y que solo la
encierran en las horas de la noche, después de esto, doña Beatriz
enseña el sitio en el cual se encuentra la lora, se trata de un lote ubicado
a todo el frente de la vivienda, en el lote tienen árboles nativos, palmas
y algunas plantas de mora, la lora se encuentra en la parte alta de uno
de los árboles. Se le pregunta a doña Beatriz por sus datos personales
y cómo, cuándo y donde adquirió el ave, ella afirma que su nombre
completo es Beatriz del Rosario Lopera Gil, se identifica con cédula de
ciudadanía número 21.713.795, tiene 65 años de edad, casada, de
ocupación ama de casa y ubicable en el teléfono 3127557500, afirma
además, que ella tiene el ave hace más o menos 5 años, que se la
regaló una hermana que vive en Medellín y que el ave apareció en la
casa de su hermana, que no tiene más información acerca de la
procedencia de esta ave, la lora es alimentada con mora, guayaba,
chocolate y arepa, no le suministra comida con sal porque según ella,
se le daña el plumaje, además afirma que la Lora solo se deja cuidar de
ella y de uno de sus hijos, que es agresiva con los demás miembros de
la familia.
Anexos:
Fotografías 1 y 2. Lote donde se encontraba la Lora al momento de la
visita. (en la fotografía 1 se puede observar una vara que hacía las
veces de percha por donde la lora se desplazaba de un árbol a otro, ya
que como tenía las alas recortadas no podía volar, en la fotografía 2 se
puede ver el ave pasando de un árbol a otro).
Fotografías 3 y 4. Lora frentiamarilla Amazona ochrocephala, mantenida
en cautiverio por la señora Beatriz del Rosario Lopera Gil.
En la fotografía 3 la flecha señala el corte de las alas, práctica que se
utiliza para impedir que el ave pueda volar y se escape, esta es una de
las razones por las cuales está lora efectivamente se encontraba en
cautiverio.
160TH-RES2105-2539

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR